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Ezio Costa Cordella
POR UNA CONSTITUCIÓN ECOLÓGICA
Replanteando la relación entre sociedad y naturaleza

Costa, Ezio
Por una Constitución Ecológica / Ezio Costa Cordella
Santiago de Chile: Catalonia, 2021
ISBN: 978-956-324-876-0
ISBN Digital: 978-956-324-877-7
DERECHO
340
ECOLOGÍA HUMANA
304.2
Diseño de portada: Nicole Talle www.nicoletalle.com Diseño y diagramación eBook: Sebastián Valdebenito M. Corrección de textos: Hugo Rojas M. Dirección editorial: Arturo Infante Reñasco
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Primera edición: agosto, 2021
Registro de propiedad intelectual: 2021-A-7228
ISBN: 978-956-324-876-0
ISBN Digital: 978-956-324-877-7
© Ezio Costa Cordella, 2021
© Catalonia Ltda., 2021
Santa Isabel 1235, Providencia
Santiago de Chile
www.catalonia.cl – @catalonialibros
Índice de contenido
Portada
Créditos
Índice
Agradecimientos
I. Introducción
II. ¿Por qué una Constitución Ecológica?
1. Historia de un sacrificio
2. Las constituciones y el pacto social
3. La crisis climática y ecológica
4. Poder e impotencia del Derecho
5. Una Constitución Ecológica
III. Un Estado al servicio del medio ambiente
6. El territorio como elemento del Estado
7. La protección del medio ambiente como principio fundamental
8. La justicia ambiental e intergeneracional como principios
9. La obligación de proteger el clima y de adaptarnos
IV. Distribución del poder y protección del medio ambiente
10. Vengo de la cordillera al mar
11. Nuestro lugar en el mundo
12. De las regiones y provincias, a una división por cuencas
13. Las ciudades y el derecho a la ciudad
14. ¿Quién decide el desarrollo local?
15. Desarrollo local, decisiones locales
16. La mejor decisión es la que se delibera: Los derechos de acceso
17. Por una defensoría de la naturaleza
18. Agencias: Técnica, democracia y protección ambiental
V. Derechos ambientales
19. El derecho al medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado
20. El derecho humano al agua
21. Los derechos de acceso
VI. Pensar en la naturaleza
22. El valor intrínseco (o inherente) de la naturaleza
23. Los derechos de la naturaleza
24. Reconocimiento de los animales
25. Los bienes comunes
26. La función ecológica de la propiedad
VII. Cambiar nuestro modo de vida
27. Buscando el buen vivir
28. La valoración del cuidado
29. Hacia un nuevo modelo económico de desarrollo
VIII. Reflexiones finales
Notas
Para Victoria, con amor
y para Aurora, con esperanza
Agradecimientos
Las ideas que se desarrollan en este libro son de muchas personas. Son de todos y todas quienes se han preocupado por la protección ambiental y desde sus distintas labores y espacios han ido aportando al desarrollo del movimiento ambiental.
Son, además, fruto de varias reflexiones colectivas en las que he podido participar desde al menos el año 2004, pero con mucha mayor intensidad desde la revuelta de octubre de 2019. Ahí comenzamos (las organizaciones, defensores y defensoras ambientales) a conversar sobre el tema en cabildos, asambleas, charlas, talleres, etc.
En el año 2020, los esfuerzos se formalizaron y tuve la fortuna de participar en encuentros regionales referidos a la Constitución Ecológica con cientos de personas en todas las regiones de Chile. Mientras tanto, la Sociedad Civil por la Acción Climática (SCAC), que es una red compuesta por más de 130 organizaciones sociales, ambientales, políticas, académicas y sindicales, hacía lo propio mediante conversaciones internas sobre los puntos que deberían estar en una Constitución Ecológica, lo que quedó plasmado en un documento con los resultados de esas conversaciones.1
Con la ONG FIMA2 organizamos encuentros con académicas/os y activistas en los que profundizamos sobre los puntos que nos parecían más importantes. Tuvimos el orgullo de contar con grandes pensadores/as a nivel mundial, como la abogada ecuatoriana Natalia Greene, el académico español José Esteve Pardo, el líder político ecuatoriano Yaku Pérez, el relator de la ONU para el medio ambiente David Boyd, la economista española Carlota Pérez, el intelectual italiano Ugo Mattei, entre otros. Todas sus intervenciones son posibles de ver en video.3 En paralelo, producimos un podcast en el que tratamos los temas de Constitución Ecológica con diversas personalidades nacionales, incluidos líderes ambientalistas como Dominique Espiñeira, Gonzalo Soto y Lorena Donaire, así como los y las poetas Mauricio Redolés, Daniela Catrileo y Rosabetty Muñoz, entre otros.4
Por último, y aunque mi participación en esto fue mucho menor, también se formó una “Red por el Constitucionalismo Ecológico”, en la que académicos y académicas de diversas disciplinas y ciencias vertieron sus ideas y conceptos para lograr una Constitución Ecológica.
Pero le debo especiales agradecimientos a Sofía Rivera, quien colaboró directamente conmigo en todo el trabajo de este libro; a Aurora Coddou, quien contribuyó en la narración de algunas de las historias que se contienen en esta obra, y a Javier Simonetti y Gabriela Burdiles, quienes obraron como revisores, haciendo un trabajo lleno de cariño y profesionalismo.
Todos los errores que contenga esta obra son de mi responsabilidad. Todos los aportes son gracias al esfuerzo colectivo.
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1 La propuesta de SCAC es posible de leer en: https://www.porlaaccionclimatica.cl/wp-content/uploads/2021/02/PROPUESTAS-DE-LA-SOCIEDAD-CIVIL-POR-LA-ACCION-CLIMATICA-PARA-UNA-CONSTITUCION-ECOLOGICA.pdf.
2 La propuesta de ONG FIMA es posible de leer en https://www.fima.cl/wordpress/ wp-content/uploads/2020/11/BASES-PARA-UNA-CONSTITUCIO%CC%81N- ECOLO%CC%81GICA-v.-25.11.20-1.pdf.
3 Disponible en: https://www.youtube.com/playlist?list=PLR9Zz6s4WhfHSRxJL5y6_ObQC4qIq2Hme.
4 Disponible en: https://open.spotify.com/show/3dls2oo9q9j5cYoptp7T4D?si=j1maN24QSieo5uHoi3TsAA&dl_branch=1.
I. Introducción
Mientras escribo estas páginas, nos encontramos en un proceso constituyente que es esencial para los pueblos de Chile, y que puede también ser un hito significativo a nivel global. Es uno de los primeros procesos constituyentes en medio del reconocimiento abierto de la crisis climática y ecológica, la que no solo nos amenaza hacia el futuro, sino que ya nos está dañando en la actualidad.
La reciente pandemia del Covid-19 no hace otra cosa que confirmar lo anterior. El auge de este nuevo virus está asociado a la zoonosis; vale decir, la transmisión de animales a personas. Ese contagio se hace más común en la medida en que se van destruyendo los hábitats en que animales y otras formas de vida se desarrollan.
Mientras tanto, la sequía que se prolonga hace 10 años en la zona central de Chile es, probablemente, la nueva realidad para este sector del país, siendo incluso esperable que empeore si la temperatura promedio a nivel global sigue subiendo por el cambio climático y los glaciares aceleran su derretimiento. Entre los factores de vulnerabilidad de Chile frente a la crisis climática, precisamente, está la manera en que nos proveemos de agua, que junto a otros 6 factores similares nos hacen tener 7 de las 9 condiciones de vulnerabilidad reconocidas internacionalmente.1
Para empeorar la situación, tenemos una economía basada en la extracción de materias primas y con ello contribuimos más a la destrucción de los ecosistemas que necesitamos para soportar el cambio climático y para adaptarnos. Siguiendo este camino, no solo nos haremos más pobres, sino que además los medios que tenemos para enfrentarlo se harán más escasos. Necesitamos cambios radicales en nuestra relación con la naturaleza y en las estructuras que la gobiernan.
Esos cambios están, además, vinculados de manera profunda con los cambios sociales que el país ha demandado. La desigualdad social, en clave ambiental, nos muestra imágenes impresentables, como las verdes laderas de cerros coronando a valles completamente secos y llenos de animales muertos, o los colegios que suspenden sus clases para que los niños no se contaminen al asistir mientras las chimeneas de las industrias circundantes siguen emitiendo los gases que los enferman.
Algo similar sucede en relación con la desigual distribución del riesgo, pues mientras una mayoría de personas en situaciones económicas vulnerables se ven también expuestas a mayores riesgos socioeconómicos y ambientales que son producto de la crisis climática, unos pocos privilegiados tienen las herramientas para sortear ese riesgo sin daños. Quienes tienen esos privilegios, además, han sido en general quienes más han contribuido a crear la crisis.
Pensemos en una persona que trabaja para la agricultura en la región de Valparaíso y que, ganando un poco más del mínimo, mantiene a su familia. Es posible que esa persona habite en una construcción más o menos ligera, en zonas de riesgo como son cerca de la costa o de quebradas que están en riesgo de aludes o de incendios forestales, como sucede anualmente con algunos cerros de Valparaíso. Viviendo allí su vida está en riesgo. Aunque no viva ahí, de todas maneras su trabajo está en riesgo, porque la sequía y la pérdida de tierras cultivables producto de la desaparición de ecosistemas y biodiversidad va a disminuir el trabajo agrícola en la región.
Típicamente, la reconversión laboral es complicada. Esa complejidad se ve aumentada cuando hablamos de trabajadores no calificados, personas que además suelen tener menos ingresos. Si nuestra persona del ejemplo no encuentra trabajo en la agricultura de la región, lo más probable es que tenga que buscarlo en otra región, con todas las complejidades que ello significa. Irá a engrosar la lista de los migrantes climáticos internos, que son las personas que se ven obligadas a migrar de sus territorios producto de los efectos del cambio climático en los mismos.
Seguramente, además, en su acercamiento a otro sector rural o urbano perderá redes, afectos, certezas y bienes. Cambiar de ciudad, como cualquier persona que lo haya hecho sabe, es un proceso caro y emocionalmente complejo. Cambiar a una familia completa puede ser aún más difícil. A falta de políticas públicas que contengan el problema, es muy probable que esta persona y su familia pasen a una situación de pobreza.
Pero no únicamente la falta de políticas públicas habrá jugado en su contra, sino que también la existencia de políticas que mantienen la promoción de la industria extractiva como la clave de desarrollo del país, ya que mientras generan acumulación en una pequeña parte de la población, en desmedro tanto de la mayoría como del colectivo.
Nos lo recuerda Chihuailaf,2 cuando se enfrenta a un viento que ya no trae la vida que él y el pueblo mapuche recuerdan:
Sopla el viento del mar en un país extraño
Pero nosotros no olvidamos
El olor de los canelos y arrayanes
Que llenaban los pulmones
Ese país extraño es el Chile actual, esos bosques son ahora terrenos dedicados a la industria forestal o agrícola; ya no son bosques, ya no traen el olor del bosque, ya no llenan los pulmones aunque permitan respirar.
En el cruce entre problemas ambientales y sociales suelen existir propuestas de solución que, intentando hacerse cargo de una variable, empeoran las condiciones generales. Así, en el ejemplo, la industria agrícola regional puede ofrecer una solución al dilema del menor rendimiento de las tierras, talando los bosques esclerófilos de las laderas de los cerros y plantando en su lugar frutales, cuestión que permite mantener el trabajo de las personas en la zona. El costo de esta práctica es que a corto plazo aumentará la crisis hídrica en el lugar donde se realiza, pues interrumpe de manera aún más grave el ciclo del agua. Además, crece el riesgo de aludes, disminuye la biodiversidad, interrumpe el ciclo de nutrientes del suelo y, finalmente, empeora las condiciones ambientales y sociales del lugar. El problema ya no será entonces que el agricultor deba migrar a falta de trabajo en la industria agrícola en su región, sino que el problema será que contará con menos de 100 litros de agua potable diarios por persona en su hogar, o que en una repentina lluvia un alud destroce parte de su casa.
Ver los impactos que una actividad va a provocar y atender a su distribución constituyen una tarea complicada. Ver los impactos que la suma de actividades que se desarrollan en un lugar, en un escenario de crisis climática y ecológica, es aún más difícil. Quienes tienen la oportunidad de desarrollar actividades reclaman que se les dé mayor certeza a sus negocios y su propiedad, mediante autorizaciones que son cada vez más riesgosas y que van, a su vez, erosionando la certeza de las demás personas que habitan en un territorio.
El agricultor de nuestro ejemplo, el dueño de los cerros de bosque esclerófilo e incluso quien debe tomar una decisión a nivel local tienen incentivos alineados, en el corto plazo, a favor de una mayor intervención al medio ambiente. Para cambiar esos incentivos se requiere un esfuerzo consciente por considerar condiciones de largo plazo, cuestión que no es posible lograr sin la existencia de conocimiento suficiente y de relaciones humanas e institucionales que tiendan hacia las soluciones de largo plazo que beneficien al colectivo, del cual forman parte tanto el agricultor, como su trabajador. Son condiciones que en Chile no hemos construido, e incluso hemos derruido, en las últimas décadas.
No es casual que el discurso de Chile, una vez que le tocó presidir la Conferencia de las Partes número 25 (COP25, por su acrónimo) de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (UNFCCC, por su sigla en inglés), haya estado marcado por intentar arrastrar a los privados a comprometerse en una agenda más ambiciosa, dándoles a ellos un lugar central e incluso eligiendo al primer Champion3 proveniente del mundo privado. No es solo la irremediable fe neoliberal en la acción privada como ordenadora de la sociedad, sino que también la imposibilidad, por parte de Estados como el nuestro, de proveer soluciones efectivas.
Existen barreras considerables para encontrar soluciones de mediano y largo plazo que favorezcan al colectivo y que vayan cambiando la trayectoria de nuestra relación con la naturaleza. Hay barreras económicas, sociales, jurídicas, políticas y culturales, y no podemos negar que abordarlas todas es un trabajo que probablemente tome varias décadas e incluso quizás siglos. El proceso constituyente nos entrega la opción de comenzar, y ¿qué mejor lugar que éste?, ¿qué mejor tiempo que ahora?
Debemos superar la maldición que nos observa Chihuailaf:4
En la ciudad, canarios de verdades últimas
Intentan aprehender nuestros susurros
Mas en sus jaulas, resentidos, solo gritan
Gritan
No es el grito desde una jaula por si solo el que va a cambiar las condiciones, menos aún si el grito es un trino distorsionado que, intentando belleza, se convierte en resentimiento. La conducción de ese canto, el desmantelamiento de la jaula y la captura del susurro que permite la vida, es parte de las funciones de un acuerdo social, es parte de lo que puede capturar una Constitución.
Si la Constitución que Chile se propone redactar y poner en vigencia en los próximos años pretende tener alguna lógica de realidad, es esencial que ella tome como base las condiciones ambientales en las que se desarrollará la comunidad jurídico-política que constituye a nuestros pueblos y nuestra nación. Esas condiciones quizás no son completamente conocidas en su detalle, pero varias de ellas ya están presentes o son previsibles. Al menos, el hecho de que esas condiciones están cambiando es un hecho ampliamente comprobado.
Quizás uno de los factores diferenciadores entre el pensamiento del siglo XX y el del siglo XXI es el aumento de la conciencia en materia ambiental. Sin embargo, esto no se ha convertido aún en sistemas sociales, económicos y jurídicos que den cuenta de los desafíos que se nos imponen. El impulso destructivo de las ideologías dominantes en el siglo XX y sus modos han mantenido la hegemonía en sus diversos espacios, apenas intentando acomodarse a una nueva realidad que los supera.
En el caso del Derecho, es importante entender que, para la disciplina, la relación con el medio ambiente como un sistema interconectado de elementos y procesos es una cuestión del todo novedosa. Apenas en 1972 se comenzaron a sentar algunas bases sobre lo que esto podría significar y, si bien el desarrollo ha sido acelerado desde entonces, ha sido altamente insuficiente.
Mientras una gran cantidad de constituciones en el mundo han garantizado el derecho humano al medio ambiente sano y otras han incorporado los derechos de la naturaleza, para el Derecho, en términos generales, el medio ambiente sigue siendo un espacio desconocido, fraccionado en recursos naturales que son tratados de manera diferenciada, con especial preocupación en su explotación y apropiación. La lógica dualista y el entender el mundo dividido en las categorías de personas y cosas no ha ayudado en este sentido.
El Derecho no ha sabido, hasta ahora, incorporar la dimensión espacial ni el pensamiento sistémico entre sus modos, ni menos hacerse cargo de la protección de los procesos naturales. No es menos cierto que las lógicas de protección de los recursos y de sustentabilidad se han ido colando en las normativas sectoriales, pero ello está lejos de poder contrapesar un impulso normativo e institucional que tiene cientos de años de funcionamiento, con lógicas que han sido pulidas para la explotación, normas creadas para ello, profesores dedicados a enseñarlo, jueces que lo manejan desde esa lógica y manuales de texto que quizás incluyeron en sus últimas ediciones un capítulo sobre la protección del recurso, pero que se dedican de manera sistemática a tratar una rama del Derecho dedicada a la explotación.
Es cuestión de tomar una ley de bosques, de aguas o de pesca en Chile, o en casi cualquier otro país. Hay una historia de cómo se dividen esos recursos, quiénes pueden explotarlos, cuál es el rol del Estado y cómo se solucionan conflictos entre privados, y entre ellos y la autoridad. El bien común puede estar representado en una mayor capacidad regulatoria del Estado, en el mejor de los casos, pero muy pocas veces en una visión colectiva de largo plazo. La protección del recurso por su valor de permanencia puede haberse incorporado en los últimos años (generalmente, bajo la fórmula de la sustentabilidad), pero de seguro no calza por completo con todo el resto de la regulación, volviéndose un problema su aplicación.
Miremos el Código de Aguas de Chile. Esta norma declara el agua como un bien nacional de uso público, pero se les entrega a los privados de manera perpetua y sin condiciones. En su formulación original no tenía ninguna norma expresa sobre protección del medio ambiente, y, aunque podemos interpretar que la mantención del ciclo del agua es una obligación para los tenedores de aguas, no hay una norma que lo explicite y lo haga claramente fiscalizable y sancionable. Recién en 2005 se incorporaron normas pensadas en la protección del ecosistema (y con ello del ciclo del agua), con el llamado “caudal ecológico”. Ese caudal mínimo, sin embargo, se ha aplicado solo a derechos nuevos, que son una ínfima parte de los derechos de aguas otorgados, en un país que se seca y que además ha entregado más derechos de aguas que el agua que efectivamente hay disponible en la cuencas.
¿Por qué sucede algo como lo anterior? Hay varias razones, políticas y jurídicas, pero, para lo que interesa en esta introducción, diré solamente que tiene que ver con la falta de adecuación normativa a la nueva realidad ambiental. No basta con pequeñas adiciones en las leyes o con haber redactado que tenemos “derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación”, sino que se requiere de cambios sistemáticos en varios frentes.
La lucha por el cambio en los sistemas de producción y consumo, en los sistemas sociales y en los sistemas políticos son tan importantes como aquella que aboga por un cambio en el sistema jurídico, que integre valores y visiones propias del nuevo siglo, marcado por un re-conocimiento de nuestra fragilidad y una valoración ética diferente. No tenemos efectivamente control sobre el medio ambiente, sino que necesitamos proteger los ecosistemas para protegernos a nosotros mismos, a quienes nos sucederán y a la naturaleza misma.
Por supuesto que en 50 años de derecho ambiental las cosas han cambiado, tanto en Chile como en el mundo. Mientras en 1972 creíamos que había una gran degradación ambiental, en 2020 sabemos que estamos en medio de la sexta extinción masiva de especies, que la Tierra ya se calentó en más de un grado Celsius y que un porcentaje significativo del agua dulce del planeta está contaminada. Todo lo anterior mientras discutíamos los alcances de un derecho humano a vivir en un medio ambiente sano, que logra tener una interpretación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos recién en 2017.
Los cambios sistémicos son urgentes y estamos en posición de comenzarlos. En la calle se ha dicho que “el neoliberalismo nace y muere en Chile”, y aunque los méritos de realidad de esa frase sean dudosos es un hecho que ella contiene la marcada esperanza de que tenemos por delante la oportunidad de crear lo nuevo, lo que vendrá. Quizás esta vez podamos darle al mundo un primer avance de un nuevo sistema que permita vivir en armonía con la naturaleza y que, por lo tanto, nos dé más esperanzas hacia el futuro.
Este libro explora los detalles del concepto de “Constitución Ecológica”, que resumidamente hace referencia a las normas que se contengan en una Constitución de manera transversal y que, poniendo a la protección ambiental como uno de los ejes centrales de la organización social, persiga armonizar las actividades de la sociedad y la naturaleza.
Partiré explorando las razones que llevan a encontrarnos en la necesidad de plantear la existencia de una Constitución Ecológica como algo urgente, observando la realidad global y nacional, y siendo conscientes del tremendo desafío que significa cambiar formas y culturas jurídicas.
En seguida, abordaré las maneras en que el Estado debiera guiar su actuación para efectos de dar pie a una Constitución Ecológica, así como consideraciones sobre la integración de un concepto de territorio que sea más acorde a la forma en que hoy entendemos la relación entre las personas y los ecosistemas. Para lograrlo, importa también que el poder sea redistribuido entre las distintas esferas que lo tienen hoy, y también entre aquellas que actualmente se encuentran invisibilizadas.
La fuerza de los territorios, como oposición a la centralidad del poder, y de las personas como oposición al Estado y a los capitales resultan claves en la posibilidad de reconcebir nuestra relación con la naturaleza y, por lo tanto, poder efectivamente protegerla. Ello se observará tanto en lo que dice relación con la organización del Estado, como en lo que se refiere a los derechos fundamentales en materia ambiental; un reconocimiento de mínimos que colectivamente podemos hacer valer frente al poder constituido.
Sin embargo, probablemente lo más trascendental sea pensar en la naturaleza y cambiar nuestro modo de vida. En ambas cosas, la Constitución Ecológica constituye un esfuerzo de gran importancia, pero claramente no se agotan en ella las nuevas visiones que requerimos para cuidar nuestro hogar y hacer frente a las injusticias y la crisis climática y ecológica.
La nueva Constitución de Chile no va a cambiarlo todo, ni para nosotros ni para nadie, pero puede constituir una primera piedra fundamental en ese cambio. Este libro es una invitación a soñar con esa posibilidad y a reflexionar sobre las maneras en que la Constitución puede contener un esfuerzo realista, desde el derecho, por llevarnos en esa dirección.
II. ¿Por qué una Constitución Ecológica?
1. Historia de un sacrificio
El día martes 21 de agosto de 2018, a las 11:00, el aire invernal que corría por el Liceo Politécnico de Quintero prácticamente no se podía respirar. Estudiantes, profesores, profesoras y asistentes de la educación percibían un fuerte olor a gas. Pocas horas después, 53 de ellos serían internados de urgencia en el hospital de Quintero, por señales de intoxicación. No era un hecho nuevo para quienes habitan la bahía, pues cada cierto tiempo se produce este tipo de intoxicaciones en las escuelas del lugar.
Pero dos días después y sin respuestas aún de lo ocurrido, ya no se trataba solamente del olor a gas: una nube de polvo amarillo flotaba sobre la bahía, y los vómitos, mareos y pérdida de los reflejos eran parte de los signos que dejaban a otras 133 personas en urgencias, que en ese punto había comenzado a colapsar por falta de capacidad. Ese mismo jueves se tuvieron que levantar distintos hospitales de campaña en el territorio de Quintero, para hacer frente a los síntomas que no parecían acabar, al mismo tiempo que el Ministerio del Medio Ambiente enviaba un equipo de medición para intentar comprender lo que estaba ocurriendo. La problemática solo seguiría creciendo con el pasar de los días.
Entre la confusión e incertidumbre que se propagaban junto al aire tóxico, surgían distintas teorías para intentar explicar el fenómeno. La más llamativa sería la del entonces intendente regional de Valparaíso, Jorge Martínez, quien, bajándole el perfil a la crisis, simplemente señaló que el residuo amarillento en el aire se trataba de polen, y que todo esto era un fenómeno normal para la época del año.
Era 2018 y aún no se coleccionaban las frases de personeros de gobierno en desprecio de la gente, pero sin dudas esta debiera estar junto a otras tan célebres como la invitación de Felipe Larraín, ministro de Hacienda, a comprar flores en lugar de pan dado el alza de este, o la del ministro de Economía Juan Andrés Fontaine, llamando a las personas a levantarse más temprano para no pagar el alza del precio del metro. Son parte del combustible para la revuelta de octubre de 2019.
Por supuesto, la nube de gases no era un fenómeno primaveral cargado de polen, sino que gases tóxicos que aún no han sido determinados con absoluta certeza, pero que, de acuerdo con los análisis preliminares, probablemente contendrían compuestos orgánicos volátiles que se sumaron al anhídrido sulfuroso habitual en la zona. Los elementos, tóxicos para la salud, podrían causar graves daños a niveles hepáticos, hormonales y celulares, según aseveró en ese entonces Andrei Tchernitchin, toxicólogo, presidente del Departamento Ambiental del Colegio Médico. Más adelante, la información sería confirmada y luego desmentida, por las mismas fuentes oficiales: la máquina para medir gases que había sido enviada por el Ministerio de Medio Ambiente no habría sido operada correctamente, pues no había capacidad para usarla.
Lo que todos y todas buscaban era una cosa: respuestas. ¿De dónde provenían las sustancias tóxicas en el aire? ¿Cómo había ocurrido esto? ¿Había vuelta atrás o la contaminación ya era un asunto irreversible? El caso conocido popularmente como “el Chernóbil chileno” comenzaba a tomarse todas las portadas de diarios y noticieros, haciendo visible una situación que se venía gestando desde hace varias décadas y que corresponde al “sacrificio ambiental” de un territorio y sus habitantes.
Habitantes de la bahía, sindicatos de pescadores, organizaciones ambientales, la Defensoría de la Niñez y el Instituto Nacional de Derechos Humanos presentarían acciones judiciales en busca de una solución al asunto, y el resultado llegaría en mayo de 2019, cuando la Corte Suprema reconoció la existencia de una violación a los derechos de las personas que habitan en la bahía, y ordenó a la administración del Estado5 cumplir una serie de medidas para remediarla. A fines de 2020, mientras escribo estas páginas, la situación sigue muy similar y las medidas no han sido tomadas por la autoridad.
La bahía de Quintero fue históricamente un asentamiento pesquero y agrícola, con alta productividad natural en ambos rubros. Hoy, es un asentamiento industrial con poco más de 30 mil habitantes y en cuyo territorio se cuentan 15 industrias altamente contaminantes, incluyendo 4 unidades de generación termoeléctrica en base a carbón, dos terminales petroleros, una planta de regasificación, industrias químicas y cementeras, puertos industriales (para el carbón y el petróleo) y una refinería de cobre, entre otros. Los habitantes de la bahía tienen que soportar anualmente más de 200 días de situación crítica por diversos contaminantes, pero especialmente por MP10, MP2,5, SO2 y NOX. Periódicamente, se registran crisis en que parte de la población cae hospitalizada porque el aire se vuelve irrespirable. En la de 2018, casi 2.000 personas sufrieron intoxicaciones de diversa gravedad por efecto de los contaminantes en el aire.
Es una zona que no solo ha sido puesta en sacrificio, sino que además es generadora de impactos a nivel global, dada su dedicación primordial a los combustibles fósiles, con su consabida emisión de gases de efecto invernadero (GEI).
Esta degradación, que se sigue profundizando hasta hoy, comienza en la década de los 1960 cuando Chile celebraba la industrialización: el modelo de sustitución de importaciones traía oportunidades de trabajo y un sueño latente de progreso para el país y se creaban bajo la ansiedad de generar ingresos y oportunidades de trabajo rápido, maximizando las ganancias y sin ninguna conciencia de las consecuencias ambientales que ello acarrearía.
Esta visión ha sido lamentablemente extendida en el tiempo, a pesar del avance de los conocimientos, permitiendo que hasta hoy haya intereses públicos y privados relacionados con el bienestar material y financiero que se ponen por sobre las posibilidades de vida y la mantención de la salud de miles de personas.
El caso de la bahía de Quintero es una buena muestra de muchos de los problemas de nuestro pacto social, que nos llevan a tener una relación de destrucción con nuestro entorno, comprometiendo la vida y también las posibilidades de las generaciones futuras. La nueva Constitución puede movernos en una dirección diferente, cambiar en parte nuestra trayectoria y hacer más posible que nuestro pacto social considere una armonía con la naturaleza.
2. Las constituciones y el pacto social
Las constituciones, de alguna manera crean a los países. Son un acto formal y, aunque por supuesto no constituyen el único que define cómo será un país, son un eslabón fundamental en el proceso de construcción de un país, porque marcan el espíritu con el que se enfrentará la vida social, señalando caminos más cercanos al individualismo o lo colectivo, que irán siendo seguidos en lo sucesivo por las leyes, los jueces, las políticas públicas y las deliberaciones.
La Constitución es el acto primordial de organización de la comunidad y de distribución del poder en un país. La distribución del poder es sin dudas definitoria de cómo se podrán hacer las cosas en el futuro, pues todo el poder puede (o no) encontrar una fuente de legitimidad en la Constitución. Estas normas fundamentales son determinantes en la acumulación o la dispersión del poder económico, político y social.
Por supuesto, es el poder político el que más se ve afectado de manera directa por la Constitución, porque es ella la que lo moldea en sus formas más básicas: ¿Quién define las leyes? ¿Quiénes pueden influir en crear regulaciones? ¿Cómo y quiénes pueden ser electos representantes? ¿Estarán las regiones o el gobierno central a cargo de otorgar autorizaciones a la industria? ¿Cómo participan las comunidades en las definiciones sobre su territorio?
Pero el poder económico también encuentra en la Constitución sus bases de legitimidad. Si el derecho de propiedad y el derecho de libertad económica son los derechos privilegiados y protegidos, como sucede en la Constitución de 1980, entonces es más probable que el poder económico se tienda a concentrar. Si los derechos sociales son mercantilizados como en el Chile actual, y, por ejemplo, el acceso a la educación se divide de acuerdo a las posibilidades de pago, es más probable que tengamos una sociedad segregada que reproduzca sus privilegios o carencias para ciertos grupos.
Tanto el poder político como el poder económico pueden obrar a favor o en contra de la protección del medio ambiente, y será gracias a los poderes que la Constitución concede y regula que una determinada fuerza tendrá la capacidad de afectar el medio ambiente. Vale decir, esa afectación ambiental se va a dar en buena parte porque la comunidad organizada lo permite.
Este último punto es trascendental para contestar al porqué de una Constitución Ecológica. Las actividades que dañan el medio ambiente, o lo protegen, suceden en su mayoría al amparo de la normativa legal y constitucional, y no en contra de ella. Incluso, varias de ellas son activamente impulsadas por nuestro sistema y sus controladores. Algunas de esas actividades pueden ser socialmente más o menos legítimas, pero en general son permitidas por la ley y por la Constitución.
Son muchos los factores que influyen en lo anterior, pero centrémonos en dos que se relacionan directamente con la Constitución. Primero, la Constitución de 1980, al igual que todas las constituciones anteriores de Chile, son normas que resultaron impuestas al país y no han sido el fruto de una deliberación democrática. Nunca entonces, hemos decidido cómo es que preferiríamos que el medio ambiente sea tratado en la Constitución, ni cómo nos relacionaremos con él. No lo hemos reflexionado a nivel país, no lo hemos discutido y hemos invisibilizado una deliberación que sí se ha llevado a cabo en los territorios, entre las organizaciones ambientalistas y sociales, y en la academia, pero solo a partir de las últimas décadas.
Y el segundo punto, que es crucial, dice relación con que el medio ambiente y sus elementos se dieron por sentados por siglos. Se estimaba que la invariabilidad del clima, por ejemplo, era una condición constante, o que los recursos naturales eran relativamente inacabables. Mientras nuestro himno, canciones, poesías, tradiciones e imaginario transcurren por la diversidad de paisajes de Chile, al mismo tiempo dábamos por hecho que esa definición del país era la que nos acompañaría siempre. Recién ahora nos damos cuenta de que nada de esto es así.
Uno de los puntos centrales de una Constitución Ecológica, entonces, consiste en reflexionar y deliberar sobre el país que queremos construir, y cómo se relacionará nuestra sociedad con el medio ambiente. Proteger los ecosistemas de manera de que Chile siga siendo Chile, y dejar a las generaciones futuras de nuestras hijas/os y nietas/os la posibilidad de habitar un país mejor que el que nos tocó a nosotros. La repartición del poder político y económico ya no puede hacerse sin considerar que su acumulación y sus formas influirán en la relación que tenemos con el medio ambiente, y en el medio ambiente en sí mismo.
3. La crisis climática y ecológica
Las constituciones tienen entre sus funciones, y también en el análisis de su realidad histórica, una misión fundamental de responder a los desafíos de su tiempo, y no podemos obviar, por lo tanto, que el gran desafío de nuestros tiempos –en el que estamos todos, independientemente de nuestras preferencias político-partidistas y de nuestra visión de mundo– es la crisis climática y ecológica.
Nos referimos, en primer lugar, a la manera en que los humanos hemos afectado el clima del planeta, de forma tal que llegamos a estar en camino a volverlo cada vez más inhóspito para nuestra propia existencia y la de las otras especies de seres vivos que nos acompañan. El promedio de temperatura de la Tierra viene aumentando desde la revolución industrial a propósito del aumento en los gases de efecto invernadero, producido por nuestra quema de combustibles fósiles y la deforestación, principalmente.
Además, nos referimos al proceso de extinción masivo de especies, ampliamente documentado y que es provocado, fundamentalmente, por la pérdida de hábitats de las especies, lo que se debe a nuestra intervención en dichos territorios; ya sea talando bosques para vender la madera, quemando selvas para plantar árboles frutales o secando ríos para regar esos árboles En cada una de esas intervenciones supuestamente productivas se pierden hábitats y las funciones ecosistémicas de dichos espacios, entre las que se cuenta, claramente, albergar a la biodiversidad, pero también mantenernos alejados de enfermedades como el Covid-19, que tan bien conocemos en estos momentos. La cura para muchas enfermedades está también en la biodiversidad, quizás en especies que ya perdimos.
El proceso de degradación de la Tierra, producto de la acción humana, fue en su comienzo inadvertido, pero desde que nos dimos cuenta de él hasta ahora han pasado varias décadas sin que seamos capaces de reaccionar con la urgencia necesaria. Afortunadamente, al menos el desafío planetario de la crisis climática parece estar siendo asumido de manera cada vez menos tímida por las naciones del mundo y los organismos internacionales, lo que augura un posible camino de salida de esa variable, referenciado como transición a economías carbono neutrales6 o transición ecológica.
Vamos bastante tarde, pues la trayectoria de emisiones actuales, aunque se cumplan los compromisos del Acuerdo de París, nos pone en un aumento promedio de temperatura de la Tierra por sobre los 2º, que es el máximo al que aspirábamos (a pesar de ser un riesgo para la vida humana) y el máximo del que hemos estudiado las consecuencias. Entre esas consecuencias se cuenta el aumento del nivel del mar en 56 cm al 2100, la pérdida de 80% del Ártico, 35 días más de verano en promedio, severas olas de calor y de frío de manera más frecuente, 200 millones de personas más en el mundo que estarán expuestas a las sequías severas y una pérdida del 13% del PIB global per cápita.7
La crisis climática y ecológica nos expone severamente, con múltiples riesgos para nuestro bienestar individual y colectivo. En Chile, sabemos bien lo que significan los desastres asociados a la naturaleza. Mientras los terremotos no tienen relación con este proceso, otros desastres como la sequía, los grandes incendios forestales y las inundaciones sí son potenciados por el proceso de crisis climática, exponiendo nuestras vidas y nuestras formas de subsistencia.
Todos estos eventos eran gestionados, hasta hace muy poco, como eventos accidentales, aunque cíclicos, en los que la única posibilidad era cierto nivel de prevención y, sobre todo, la reacción. Pero no se veía que estos eventos eran –y son–, en realidad, provocados por nosotros mismos, y por qué entonces debemos también preocuparnos de las consecuencias que tienen muchas actividades que hasta el momento son valoradas por la comunidad, muchas veces no viendo los costos que ellas tienen para nosotros mismos y para nuestras hijas/os y nietas/os.
Las precipitaciones en el centro sur de Chile disminuirán a niveles aún peores de los que estamos hoy. Los glaciares se derretirán, las marejadas aumentarán, las olas de calor cobrarán más muertos. ¿Qué debiéramos hacer?
Muchas personas se preguntan si es pertinente que hagamos algo desde Chile. Algunas dicen que somos un país pequeño en términos de emisiones, algunas creen que somos un país sin influencia y otras creen que somos muy pobres y que debemos crecer económicamente antes de actuar. Me parece que estas visiones no ven el panorama completo.
La mayoría de las actividades que nos han puesto en esta crisis son actividades locales. Pueden estar interconectadas globalmente, pero son locales y producen impactos locales y globales. Las mismas termoeléctricas que contaminan suelo, agua y aire en las “zonas de sacrificio”8 son las que emiten GEI y potencian las crisis. Los mismos bosques nativos que se talan para aumentar la superficie cultivable son los que nos hacen perder capacidad de absorción de gases de efecto invernadero, estabilidad de los ciclos hídricos en las cuencas y refugio para las diversas especies. Los mismos humedales que se secan para construir nuevos balnearios son a la vez los que morigeran la temperatura a nivel local, regulan el ciclo hídrico, previenen inundaciones y sirven de hábitat a miles de especies.
Todas esas actividades de intervención en la naturaleza están permitidas, son valoradas e incluso algunas de ellas son apoyadas activamente por el Estado, mediante subsidios y exenciones de impuestos. La crisis climática y ecológica es global, pero es también la suma de nuestras propias irresponsabilidades locales. Por eso, las soluciones a la crisis y el camino de salida son relativamente nítidos. La cooperación internacional es necesaria por la escala de la crisis, pero lo que Chile puede hacer no tiene que ver exclusivamente con sumar su grano de arena con un esfuerzo local, sino que también tiene que ver con protegerse a sí mismo.
La superación de la crisis climática y ecológica es un dilema de acción colectiva, sin dudas. Por lo tanto, requiere de la acción de todos los países y personas en el mundo, en un esfuerzo consistente. No está en nuestro poder controlar que ello suceda, pero sí está en nuestro poder hacer el máximo esfuerzo posible para aportar con nuestro deber. Nuestro deber ético es hacerlo, aunque existan liderazgos tóxicos a nivel mundial que prefieran convertirse en parásitos del esfuerzo ajeno.
Pero, además, ese esfuerzo tendrá beneficios no solo para el mundo en su conjunto, sino que especialmente para Chile. Conservar un bosque nativo o un humedal, dejar de quemar carbón o leña tiene consecuencias inmediatas y de largo plazo sobre nuestras condiciones de vida; no es únicamente una cuestión de responsabilidad con la humanidad. No solo reduciremos las emisiones de gases de efecto invernadero y aumentaremos la capacidad del bosque nativo de absorberlos, de modo de reducir nuestro aporte a la crisis climática global, sino que también haremos que el aire que respiran los habitantes de zonas de sacrificios vuelva a ser respirable, y que los habitantes de zonas cercanas a bosques nativos no vivan ante el riesgo de aludes e inundaciones, entre otras consecuencias beneficiosas.
Por último, si consideramos la transición ecológica como algo que necesariamente sucederá, pues el otro camino es la destrucción de la civilización, entonces tenemos la oportunidad de liderar esta transición o al menos quedar en buena posición respecto de ella, obteniendo ventajas de ese liderazgo que nos permitan aspirar a un mayor bienestar. Hay ventajas desde el punto de vista político, económico, científico, tecnológico y social.
Si nos centramos en esta última, la gran ventaja a la que debemos aspirar es la de tener una sociedad preparada y coordinada, tal que nos asegure una transición pacífica y centrada en la protección del bienestar de las personas y las comunidades. El Derecho tiene mucho que decir en este sentido.
4. Poder e impotencia del Derecho
El Derecho se presenta a sí mismo como una herramienta social poderosa, que ayuda a moldear de manera definitiva cómo es que se comportan los individuos y se desarrollan las sociedades. Las constituciones son el punto superior de una pirámide de normas que constituyen el ordenamiento jurídico y, por lo mismo, tienen una relevancia superior en esta tarea de guiar el comportamiento, pues definen principios fundamentales que deberán ser seguidos por las leyes, reglamentos, ordenanzas y todo otro tipo de normas jurídicas.
El Derecho por sí mismo, sin embargo, no cambia nada. La confianza en el Derecho es, de alguna forma, la confianza en que la comunidad organizada es capaz de cambiarse a sí misma. Si las normas son expresión de la voluntad del pueblo, entonces confiamos en que esa voluntad que se expresa será capaz de ser respetada por el propio pueblo, llevando a buen puerto sus aspiraciones. La discusión sobre cambiar leyes o cambiar la propia Constitución está muy vinculada a esta confianza, y por eso resultan tan extrañas las objeciones al cambio que usan como argumento la supuesta falta de posibilidades de llevar el Derecho a la realidad.
Un Estado de Derecho supone, precisamente, que será este sistema de normas y principios expresivos de una idea de justicia y de orden el que prevalecerá por sobre otras consideraciones y, en especial, por sobre las opciones que sean preferidas por cada individuo. Por lo mismo, no creer en esa fuerza del Derecho implica suponer que hay poderes más allá de los organizados socialmente, que son capaces de imponerse, cuestión que es de por sí ilegítima.
Pero incluso en cuestiones ambientales no faltan quienes pretenden una impotencia del Derecho frente a los fenómenos de la naturaleza, y usan esa visión para proponer la inacción. No dejan de tener razón en un punto, pues la naturaleza está absolutamente por sobre nuestras capacidades como humanidad –para qué decir como país– para gobernarla. Salvo en sofisticados esquemas de ciencia ficción, la verdad es que la naturaleza siempre nos pasará por encima. ¿Vale la pena entonces regularla? Por supuesto que no, no podemos prohibir los huracanes o regular las sequías. Tampoco se ha escuchado nunca una voz cuerda proponiendo eso.
Lo que el Derecho, partiendo por las constituciones y pasando por tratados internacionales, leyes y todo tipo de normas, sí puede hacer es gobernar la manera en que nosotros nos relacionamos con la naturaleza, de forma que esta relación sea armónica con las otras vidas y con el sistema de interconexión entre elementos del medio ambiente que posibilita esas vidas, incluida la nuestra.
Tanto desde un paradigma antropocéntrico (que ponga a los humanos como lo único que debe protegerse) como desde uno ecocéntrico (que piense en la protección de la naturaleza como un valor en sí mismo) podemos llegar a la misma conclusión básica sobre la necesidad de gobernar nuestras acciones para proteger la vida en general. Pero esa conclusión aún no es recogida por el Derecho.
El Derecho partió desde un punto más cercano a la omnipotencia y, como usualmente pasa, estaba alimentado en la ignorancia. Según esa forma de verlo, el medio ambiente era una colección de recursos que se encontraban dispersos por la Tierra, esperando a que fuéramos a recogerlos y utilizarlos en nuestro beneficio. Era una colección relativamente infinita y por lo tanto no era su mantención lo que debía preocuparnos, sino cuestiones como su repartición, las maneras en que los explotamos y cómo solucionar conflictos entre usuarios.
Nos dimos cuenta de que aquellos elementos que sirven a nuestra vida eran limitados recién cuando empezamos a acelerar definitivamente su destrucción, e incluso a convertir recursos que eran calificados como “renovables” en elementos escasos. Más tarde aún, nos hemos ido dando cuenta de la conexión que existe entre todos esos elementos para crear la intrincada red que permite la vida en la Tierra. Como dice Sara Larraín, “la ecología como ciencia permitió superar la fragmentación y separación de las cosas y reconectar sistémicamente los elementos que componen la naturaleza”9, pasando luego por un proceso lento en que esta idea fue infiltrando la filosofía que se intensifica hacia la segunda mitad del siglo XX.
Para cuando el Derecho empezó a tomar dicha conexión en consideración, los recursos estaban repartidos, y nos encontrábamos convencidos como humanidad de que la forma de mejorar nuestra existencia era mediante su explotación intensiva.
Así las cosas, el Derecho estaba construido desde estos paradigmas. En lo que respecta a la ignorancia, el Derecho sigue ignorando cómo solucionar el problema, pues se mueve en torno a una dicotomía entre sujetos y objetos, y carece de herramientas afinadas para dar cabida a un sistema interconectado como es el medio ambiente. Ha intentado convertirlo en un objeto y también en un sujeto, pero el hecho de que el medio ambiente contenga todos los sujetos y todos los objetos hace especialmente compleja esa intención, pues permanentemente chocan los estatutos jurídicos de uno y otro orden.
Además, una buena parte de los elementos del medio ambiente, a los que hemos calificado de recursos naturales, están regulados como si constituyeran unidades desconectadas de la matriz completa. El agua posee su propia regulación que casi no tiene conexión con la de los bosques, a pesar de que los bosques dependen del agua y los ciclos del agua dependen en parte de los bosques. Los animales salvajes tienen otra y que es distinta de la regulación de la pesca, a pesar de que los peces son animales salvajes, y ambas son diferentes respecto de la caza de mamíferos marinos, aunque esos mamíferos se alimentan de los mismos peces; y los peces requieren de los nutrientes que son arrastrados por los ríos hasta el mar, nutrientes que provienen de los suelos en los cuales hay bosques antiguos, que son a su vez los que capturan los gases del aire, producen el oxígeno y permiten en los suelos la vida de los microorganismos y la existencia de nutrientes, que luego serán arrastrados por la lluvia hacia los ríos para llegar al mar. El problema es que esa lluvia tampoco se producirá si no hay un bosque que concentre la humedad y la evapore.
La regulación de estos recursos naturales tiene un problema basal, entonces, que es haber ignorado esa interconexión y pretender erigirse principalmente sobre la distribución de propiedad y la posibilidad de explotación. Luego de cientos de años de una regulación como esta, recién en los últimos 40 años el derecho occidental ha comenzado a incorporar provisiones que apuntan hacia, al menos, la sustentabilidad. Pero la mayoría de esas provisiones han sido estériles y el ritmo de destrucción de la naturaleza se ha acelerado en este mismo período.
Esto tiene que ver en parte con que el Derecho, al igual que la naturaleza, también es un sistema interconectado, pero es una red de normas e instituciones. Cambiar una norma puede ser muy importante, pero si el sistema no la reconoce como propia, tiende a rechazarla. Es el trabajo de miles de personas, funcionarios, abogados, movimientos, organizaciones, científicos y comunidades el que ha ido empujando al sistema jurídico a intentar comprender la lógica de esos pequeños cambios; intentando hacer ver a jueces y operadores del Derecho la importancia crucial de reformar la relación con el medio ambiente.
Esto, sin embargo, encuentra resistencias fundamentales. Ya sea resistencias ideológicas, basadas en el imaginario de que lo colectivo o el leguaje de derechos es propio de un sector político, ya sea resistencias basadas en intereses personales de corto plazo. El asunto es que todos quienes empujan por la incorporación de lógicas mínimas de protección ambiental se encuentran con resistencias más o menos organizadas, y que muchas veces tienen argumentos jurídicos atendibles. Suelen tener, además, el poder económico y político que les permite amplificar esas visiones, que además están ancladas en paradigmas de desarrollo propios del siglo XX, siendo por ello muy atractivas para un número importante de personas.
El Derecho, como artefacto social, tampoco incorpora la idea de que nuestras sociedades y todos quienes habitamos en este planeta somos a la vez parte de la naturaleza, siendo absolutamente dependientes de ella. Sigue sin hacerlo, y quizás es posible que la pandemia del Covid-19 nos dé un baño de humildad, pero eso está por verse y no se ve que vaya a suceder tan simplemente. El avance de las vacunas, una gran noticia, alimenta además la sensación de que los humanos podemos tener una especie de control sobre lo que sucede.
Tendremos las mismas agotadoras discusiones que han sido necesarias para hacer frente a la crisis climática y ecológica, alimentadas ahora por nuevos argumentos, pero con el mismo rechazo por los poderes económicos y las visiones individualistas que se autoproclaman como nacionalistas.
Pero será esa deliberación pública la que alimente nuestra discusión por transformar al derecho y dotarlo de comprensiones que estén en mayor armonía con el lugar que habitamos y las vidas que nos acompañan. No se trata de que el Derecho reconozca una dimensión espacial, sino que la integre. Una vez que nos damos cuenta de que la interconexión entre todos los elementos de la naturaleza es la que permite la vida, y que nuestra manera de relacionarnos con esos elementos está provocando que esa posibilidad de albergar vida se vea mermada, el único camino razonable es cambiar el Derecho y cambiar, con ello, la forma en que la sociedad y las personas se relacionan con la naturaleza, de manera de proteger la vida.
5. Una Constitución Ecológica
Cuando hablo de una Constitución Ecológica, me refiero a una que ponga a la protección del medio ambiente en el centro de las preocupaciones de la sociedad, tendiendo a una armonización entre las actividades sociales y la naturaleza.
Esto no quiere decir, por supuesto, que la Constitución completa se refiera solamente a la protección del medio ambiente. Lo que quiere decir, en cambio, es que podamos reconocer en el texto y la práctica constitucional la existencia de esta preocupación, de esta centralidad y de un conjunto de normas que se dedican al asunto en las diversas partes de una nueva Constitución, constituyendo un cuerpo con una lógica común.
Debemos aspirar a que en una nueva Constitución quede claro que la continuidad de la comunidad que habita Chile depende de tener un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Es una idea a la que le ha costado ganarse un espacio suficiente, pero que crecientemente es parte de nuestro sentir cotidiano.
Los movimientos sociales de todo el mundo han repetido esta idea hasta el cansancio y su presión hacia las autoridades para que lo reconozcan ha ido en aumento. Un punto importante fue la notable arremetida de la joven activista sueca Greta Thunberg y la aparición de organizaciones globales como Fridays for Future y Extinction Rebellion. Mientras, aunque con lentitud y tibieza, los gobiernos han avanzado con pasos como el Acuerdo de París, en 2015, y los eventos posteriores como el compromiso de carbono neutralidad de China para el 2060 y de la Unión Europea para el 2050. Con la llegada de Joe Biden a la presidencia de EE.UU. es esperable que también dicha potencia avance en esta línea y, de hecho, entre sus primeros actos como Presidente suscribió nuevamente el Acuerdo de París y comprometió una disminución del 50% de los gases de efecto invernadero emitidos por EE.UU. para el año 2030.
En América Latina, además de los compromisos relativos al cambio climático, un punto de gran potencia civilizatoria ha sido la celebración del Acuerdo de Escazú, que mejora las condiciones de la democracia en materia ambiental, aumentando los estándares en acceso a la información, acceso a la justicia y participación en materia ambiental, además de reconocer el rol fundamental que juegan las y los defensores ambientales. Se reconoce así el valor de la comunidad en la toma de decisiones sobre el medio ambiente, democratizándolas.
El fenómeno de crecimiento del movimiento es también una realidad en Chile. Solo durante 2019 hubo decenas de marchas por el clima, en las que jóvenes y familias de todas las regiones del país se manifestaron para exigir políticas climáticas acordes a la gravedad del asunto. Aunque los resultados no han sido de la profundidad esperada, consiguieron que el gobierno de Sebastián Piñera comprometiera la carbono neutralidad para el 2050, además de un plan de cierre de las termoeléctricas a carbón para el 2040 y una serie de medidas que son parte de la Contribución Determinada a Nivel Nacional10, la que a su vez constituye un avance considerable en relación con la contribución anteriormente presentada a la comunidad internacional. Y si bien la cuestión climática es una de las claves para mantener condiciones de vida adecuadas en el país, hay muchas otras condiciones ambientales con características netamente locales, que deben ser abordadas para una adecuada protección ambiental. La más urgente en nuestro caso es la relacionada con la protección del agua, como veremos más adelante.
Pero la aspiración a una Constitución Ecológica no se agota en reconocer nuestra dependencia de las condiciones ambientales, sino que requiere también reconocer un valor a la naturaleza en sí misma, que está más allá del uso que podamos darle como humanos. Un valor por la vida que no se agota en la vida humana, sino que se extiende a otras vidas y sobre todo a las condiciones de posibilidad de todas las vidas, como es un medio ambiente sano y equilibrado.
A veces parece que esta idea es más difícil de consensuar, porque, a pesar de que ese reconocimiento puede tener formas muy diferentes, la tendencia de las instituciones hasta ahora no ha sido la de reconocer ese valor de manera explícita. Pero, sin embargo, es algo que tenemos con nosotros y no solo por la fascinación individual que cualquier persona puede sentir por la belleza, inmensidad y complejidad de la naturaleza.
Existen instituciones que se han basado en este valor intrínseco desde hace mucho tiempo, a pesar de que muchas veces no sea evidente ni siquiera para quienes definen esas instituciones. Es el caso de muchos acuerdos internacionales para la protección de diferentes especies, como las aves, las ballenas y luego todas las que se encuentren en ciertas condiciones de riesgo. Es el caso también de acuerdos como la Convención de Washington, para la protección del paisaje y la belleza escénica en América, tratado al que le debemos la existencia de Parques Nacionales, entre otras áreas protegidas. Últimamente, además, algunos países han reconocido derechos a la naturaleza, ya sea en constituciones, leyes o fallos judiciales.
Pero incluso instituciones religiosas han reconocido este valor, siendo especialmente importante para nuestra cultura occidental judeocristiana lo que el papa Francisco I expresa al respecto en la Encíclica Laudato Si’, de 2015. Entre otras cosas enuncia:
Pero no basta pensar en las distintas especies solo como eventuales “recursos” explotables, olvidando que tienen un valor en sí mismas. Cada año desaparecen miles de especies vegetales y animales que ya no podremos conocer, que nuestros hijos ya no podrán ver, perdidas para siempre. La inmensa mayoría se extingue por razones que tienen que ver con alguna acción humana. Por nuestra causa, miles de especies ya no darán gloria a Dios con su existencia ni podrán comunicarnos su propio mensaje. No tenemos derecho.11
Hacer posible que nuestra sociedad se respete a sí misma en el largo plazo y también respete las demás vidas requiere de modificaciones sustantivas en nuestro modo de vida. Una Constitución Ecológica debería al menos aumentar las probabilidades de que ello ocurra, incorporando instituciones específicas para eso, como sería el reconocimiento de derechos de la naturaleza o la consagración del principio de justicia intergeneracional, entre otras.
A lo largo de los capítulos que vienen detallaré las distintas normas que podrían ser parte de esta Constitución Ecológica, explicando en parte las razones para considerarlas como un elemento importante dentro de la nueva Constitución, y también las maneras en que cada una de esas normas podría operar, mirando las consecuencias que podrían tener.
Hay que considerar, de todas formas, que se requerirá que cada una de las normas sea operativa para el subsistema de la Constitución Ecológica y para el sistema jurídico nacional, por lo que muchas de las propuestas que acá se detallan tienen que ser adecuadas sobre la marcha de la deliberación constitucional. Por lo mismo, no se sugiere un articulado en especial, sino que el contenido fundamental de las diferentes instituciones.
Lo más importante es no perder de vista que la Constitución Ecológica, siendo parte del sistema jurídico, será aquella parte que permita a este sistema comunicarse con la naturaleza y con el gran sistema que ella constituye. Por lo mismo, debe capturar en parte lógicas ecosistémicas y sociales, junto con las propias del Derecho.
III. Un Estado al servicio del medio ambiente
6. El territorio como elemento del Estado
Tradicionalmente, se define que los elementos del Estado son la soberanía, la población y el territorio. Entender qué es un Estado no ha sido una cuestión ni sencilla ni pacífica a lo largo de la historia y, por supuesto, la conceptualización de esta noción ha variado en el tiempo. Más aún respecto de los elementos que integran el Estado. Así, por ejemplo, la soberanía que alguna vez fue reconocida a los reyes por mandato divino, hoy se la reconocemos al pueblo por mandato de la razón. La población también se ha modificado de algunas formas: primero, porque se ha ido reconociendo derechos a más personas dentro de los Estados, aboliéndose la esclavitud y logrando paulatinamente las mujeres su emancipación, y, segundo, porque la globalización ha llevado a cambios poblacionales importantes en los Estados, desafiando ciertos conceptos de ciudadanía, que se superponen con los de población.
En lo que respecta al territorio, el concepto sigue estando anclado en una visión principalmente militar y limítrofe. El territorio es visto, a este respecto, como un espacio geográfico en el que los Estados ejercen soberanía, pero no se ha integrado en ello los elementos naturales y humanos que se encuentran dentro de dicho espacio, y que son los que en realidad posibilitan la vida y continuidad de las comunidades jurídico-políticas que constituyen los Estados.
El territorio, como lo entendemos hoy, y gracias al aporte principalmente de los geógrafos, es también un intrincado sistema de elementos y conexiones, de relaciones entre la naturaleza y la sociedad. Es sobre estos sistemas que se construyen los Estados, sobre todo si entendemos el Estado como una entidad que las personas creamos para servirnos de manera individual y colectiva; una reunión de poder que realizamos con la idea de que ese poder colectivo nos permita sortear conjuntamente las dificultades de la vida, aumente nuestras posibilidades de bienestar, nos permita la creación conjunta, resguarde nuestra seguridad y se preocupe de la existencia de un orden y de paz.
Ninguno de los fines que se expresan anteriormente son posibles sin la existencia de un medio ambiente funcionando adecuadamente. Nuestro bienestar, seguridad, orden y paz dependen del medio ambiente, tanto como nuestras propias vidas. Es fácil entender que no podemos vivir sin un medio ambiente funcional, pero a veces no lo es comprender lo que eso significa y sus consecuencias en nuestro sistema de vida. Esto, porque tampoco es tan sencillo ver los matices que se producen en diversos puntos de degradación del medio ambiente. Los procesos naturales que hemos alterado son las base de nuestra alimentación, de nuestra salud y también del orden social, que se ve fuertemente alterado cuando las condiciones ambientales en las que viven las sociedades se ven, a su vez, alteradas.
Jared Diamond, en su libro “Colapso”, revisa la caída de antiguas sociedades para mostrar cómo es que las principales causas por las que estas desaparecieron están asociadas a la degradación del medio ambiente que habitaban. Bastante documentado está el hecho de que la deforestación, la destrucción de hábitat, los problemas de suelo, de gestión de agua, la excesiva caza y pesca, la introducción de especies y el crecimiento de la población fueron las causas del colapso de esas sociedades. Todos estos procesos de degradación ambiental fueron acompañados además de eventos que imposibilitaron la paz social, precisamente porque, sin el adecuado devenir de las funciones que sostienen la vida, las estructuras sociales también comienzan a fallar, y ya no solo nos enfrentamos al riesgo de la muerte por falta de alimentos o agua, sino que también al riesgo de la muerte en manos de otro.12
El propio Diamond reconoce que realiza este ejercicio buscando recomendaciones para la situación actual, y encuentra, finalmente, dos que él cree cruciales: el pensamiento de largo plazo y la revisión de nuestros valores fundamentales. Esto último es precisamente lo que estamos haciendo con el cambio constitucional, y sobre todo al reformular nuestra concepción del elemento territorio, lo que es parte de lo que debemos imprimir en una nueva Constitución Ecológica.
El reconocimiento del territorio de una forma en que se incluya en él a los ecosistemas, las culturas y las variables sociales implica entender que los valores e instituciones que se relacionan con la protección del territorio no tienen una función que es solamente relativa a la protección de las fronteras, sino que también a la conservación de la naturaleza y las personas.
Así, por ejemplo, las relaciones internacionales no pueden estar basadas solamente en mejorar condiciones comerciales de corto plazo a cambio de mantener condiciones que favorecen a un tipo de industria extractiva, que daña considerablemente a las culturas locales y los ecosistemas. Igualmente, las relaciones internacionales debieran tener en alta consideración el que muchas veces el territorio en términos políticos no coincide con los territorios en términos ecosistémicos y culturales, cuestión que demanda cierto tratamiento especial a, por ejemplo, el intercambio que se produce entre los pueblos altoandinos que se encuentran en diferentes países.
De la misma manera, las fuerzas armadas tienen un rol en la protección del patrimonio ambiental, que pueden ejercer desde la investigación y la protección de zonas extremas y de frontera, pero que también deberían ejercer desde la reacción frente a eventos climáticos extremos, un área donde Chile no tiene un cuerpo efectivamente preparado ni suficientemente organizado ni financiado. Es decir, mientras por la práctica se ha venido solicitando el apoyo a las fuerzas armadas cada vez que existe un estado de catástrofe o emergencia provocado por eventos climáticos extremos, parecería más razonable establecer un cuerpo permanente para ello, cuyo entrenamiento no esté enfocado en la guerra, sino que en el rescate y la contención de estos fenómenos, y que para ello tenga una pequeña parte del presupuesto y equipamiento del que disponen las fuerzas armadas.
La comprensión del territorio como una realidad que abarca a los ecosistemas, los sistemas sociales y las personas necesita de una mirada con la que esa integración supere la perspectiva de recursos naturales que tan solo ve en el medio ambiente una colección de elementos que pueden ser extraídos para, supuestamente, generar riqueza.
Cómo esa visión va erosionando las bases mismas de la existencia en conjunto es graficado por el poeta popular Ismael Sánchez Duarte, en estos versos de su poema “Oda a la patria”:13
Patria, que tanto te nombran
por ti yo siento respeto
pero me dejan perplejo
si los mismos te hacen sombra;
es acaso una maniobra
para seguir disfrutando
no ven que te están robando
lo que tienes de valor
y nos deja en estupor
qué pobre te vas quedando
Hay una muestra patente del contrasentido de quienes a la vez dicen tener una inclinación por la defensa de la patria y, sin embargo, también defienden las actividades que van empobreciéndola, como son la destrucción de los ecosistemas. El robo de lo que la patria tiene de valor hace referencia a cómo los bienes naturales, convertidos en recursos, son extraídos sin contemplación ante el empobrecimiento del territorio.
En los versos siguientes, Sánchez Duarte lo hace aún más evidente al poner de ejemplo al agua: “Patria que no te han dejado/libre aprovechar tus aguas/que bajan de las montañas/te las han acaparado”.
Un concepto integrado de territorio permitiría mirar con mayor claridad lo que significan las alteraciones en el mismo y valorarlas no solo a la luz del aumento de la riqueza inmediata, sino que también del empobrecimiento de mediano y largo plazo, que va incluso más allá de lo material.
7. La protección del medio ambiente como principio fundamental
Es una práctica constitucional establecer, en los primeros capítulos, cuáles son los principios fundamentales que ellas, los Estados que crean y las sociedades que regulan, perseguirán. En la Constitución de 1980, por ejemplo, se estableció que el Estado está el servicio de la persona humana, que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad, que el bien común es el de todos y de cada uno, y otra serie de cuestiones fundamentales. Todas ellas, por valiosas que parezcan, son fruto de la voluntad de quienes redactaron ese documento y no de una deliberación democrática.
Obviamente la familia es importante, pero ¿es el núcleo esencial de la sociedad? Podría ser la persona el núcleo, o no tener núcleo y considerar que la sociedad es una asociación de personas mucho mayor que cualquier otra, en la que las familias son parte de la manera en que las personas se organizan. O quizás, el Estado no debe estar al servicio de la persona, puede que creamos lo contrario: la persona está al servicio del Estado; o puede que creamos que el Estado está al servicio del bien común, pero no de la persona individualmente considerada. Por último, podríamos considerar que tanto la familia como las personas son parte de la naturaleza y que el Estado está en realidad al servicio de la protección de ella, en tanto base de la vida en sus múltiples formas. Lo que quiero decir, en síntesis, es que esta parte de la Constitución es una que hemos discutido muy poco, y respecto de lo cual un aparente sentido común esconde muchas cosas.
Lo que debiéramos contestar en esta parte de la Constitución es cuáles son las razones por las que la redactamos, cuáles son las razones por las que nos organizamos y cuál el sentido que le damos al Estado. Por supuesto, nos organizamos para lograr el interés general, el bien común. Para superar todas las barreras que la vida nos pone individualmente, pero que de forma colectiva podemos superar. Para protegernos de la muerte y la violencia. Para aumentar nuestro bienestar y disminuir nuestro sufrimiento.
Si todo lo anterior es correcto, entonces parecería que la incorporación de la protección del medio ambiente como una de las cuestiones esenciales de un Estado se hace imprescindible. Necesitamos un medio ambiente funcional para vivir, pero además reconocer que es la fuente de la mayor parte de nuestro bienestar, que es el que nos permite vivir de manera armónica y que su protección es una cuestión imposible de lograr de manera meramente individual. Es claro que cada persona puede propender hacia esto y preferir productos menos contaminantes, usar menos agua, plantar árboles nativos, proteger un pedazo de tierra, donar a organizaciones ambientalistas, participar de ellas, y otra serie de actividades muy loables. Pero la suma de todos esos esfuerzos siempre será insuficiente cuando las estructuras sociales no sean las que se destinan a la protección ambiental. Esto no quiere decir que no haya que hacer esfuerzos individuales, ya sea por cumplimiento de un deber ético o por sumar un esfuerzo, pero sí quiere decir que, además de ellos, se requiere una modificación de las estructuras sociales, como el ordenamiento jurídico y la estructura económica. En el mejor de los casos, los cambios individuales empujarán al cambio social en un círculo virtuoso.
Un Estado al servicio de la protección del medio ambiente pondría como eje de acción del mismo esta obligación, y, por lo tanto, se movería a tomar las decisiones que fueran más convenientes desde ese punto de vista. Un Estado al servicio de la protección del medio ambiente se pone en la obligación de considerar esta variable como una esencial al tomar decisiones, se pone en la obligación de pensar en acciones positivas y específicas para lograr esa protección. Se hace funcional, de manera completa, a la mantención de un medio ambiente adecuado, sano y ecológicamente equilibrado, para las generaciones actuales y futuras.
Esta discusión ni siquiera existió en momentos anteriores, pues la urgencia por la protección ambiental no estaba tan presente. No se vislumbraba siquiera la necesidad de que nos organizáramos especialmente en protección de nuestro entorno. Se daba por sentado que la poderosa naturaleza que nos rodeaba mantendría los atributos esenciales que permiten nuestra vida y la de otros seres, independientemente de lo que nosotros hiciéramos. Hoy sabemos que no es así, y que organizarse para evitarnos el sufrimiento que la degradación ambiental implica –parecería– un mínimo razonable de organización social.
Sin embargo, hemos visto cómo la discusión se ha venido instalando en la esfera pública en los últimos años. Recordemos, por ejemplo, lo sucedido en 2017, cuando el Estado tuvo la intención de comenzar un proceso constituyente que de alguna forma se anticipaba al estallido social que se produciría luego. Ese proceso falló por un sinnúmero de razones, pero nos dejó cosas muy interesantes que analizar y discutir. Nos dejó, en efecto, una deliberación de más de 200 mil personas en Chile, sobre el país que queremos tener. Nunca antes se había generado una participación deliberativa de esa naturaleza, en ninguna parte, ni menos en Chile. A pesar del fallido proceso, hoy tenemos una buena base para conversar sobre lo que queremos.
Lo que nos interesa relevar ahora es que ese proceso arrojó una preocupación por el medio ambiente que los poderes constituidos no habían notado antes y que no se refleja en la regulación existente. En efecto, uno de los temas en que el medio ambiente apareció con fuerza fue en la definición de valores y principios para una nueva Constitución. La pregunta que se realizó en el proceso participativo fue: “¿Cuáles son los valores y principios más importantes que deben inspirar y dar sustento a la Constitución?”, siendo una de las 37 opciones de respuesta la siguiente: “El respeto y conservación de la naturaleza y medio ambiente”. Esta opción fue la cuarta más votada en las consultas individuales, la tercera en los encuentros locales autoconvocados y la quinta en los cabildos regionales, dando cuenta del amplio consenso en torno a la protección del medio ambiente como valor fundamental de la sociedad chilena. Además, de la lectura de las razones que se dan para poner al medio ambiente como un principio fundamental, resaltan cuestiones evidentes: el medio ambiente es el sustento de la vida, la base de nuestro posible desarrollo y algo que hay que cuidar para las generaciones futuras.14 y 15
¿Qué significaría poner la protección del medio ambiente como principio de una nueva Constitución? Además de ser una potente señal sobre lo que la sociedad chilena pretende para su futuro, esta incorporación significaría, de partida, que la administración del Estado tendría que incorporarlo dentro de sus lógicas como una cuestión esencial, el Congreso tendría que observar ese principio al hacer leyes y, del mismo modo, los jueces deberían seguir dicho principio al juzgar cuestiones relacionadas. También que los privados deberían observar este principio, especialmente aquellos que se desenvuelven en áreas reguladas (como energía, sanitaria y obras públicas) o se relacionan con bienes comunes. En el fondo, es una manera de acotar el poder de decisión que tienen las personas que se encuentran dotadas de ese poder, y también de guiar esa decisión hacia ciertos fines que, en este caso, son los de protección ambiental. Y, asimismo, las decisiones que se opongan abiertamente a este principio podrían ser anuladas por los organismos correspondientes. No sabemos cuáles serán en el futuro, pero hoy significaría que la Contraloría, el Tribunal Constitucional y la Corte Suprema, según sea el caso, podrían anular decisiones de autoridades políticas que se opongan al principio de protección del medio ambiente.
El contenido específico del principio es una cuestión que seguramente suscitará un interesante debate que debe darse. El punto de partida podría estar en que la protección del medio ambiente importa la mantención de los atributos básicos, la funcionalidad y la perdurabilidad natural de los ecosistemas. De alguna manera, esto equivaldría a establecer una regla general contra el ecocidio, pero es notablemente diferente la prohibición que se puede producir en relación con las personas naturales y jurídicas que respecto de un mandato de optimización para el Estado. Establecer un principio es lo segundo, y sin dudas tiene un poder normativo mayor que lo primero, sin perjuicio de que la creación de delitos ambientales como el ecocidio debieran estar también en la agenda legislativa de corto plazo.
Hay una paradoja en todo esto. Las decisiones públicas actuales parecen tomarse, desde el discurso público, con un enfoque principal en el crecimiento económico y la eficiencia, como mandatos muy visibles pero inexistentes en la Constitución o alguna otra norma. Esto se debe, en parte, a una extendida visión ideológica que vincula e iguala el crecimiento económico con todas las variables del bienestar humano, y que, por lo tanto, pretende que mediante la obtención de mayor crecimiento económico es posible servir a todos los demás propósitos particulares y del Estado.
En lo normativo, sin embargo, esto no es tan así. Lo que en las decisiones sobre el enfoque de la política pública es expresado con objetivos de crecimiento se encuentra muchas veces jurídicamente justificado de otra manera. Sin perjuicio de que el crecimiento económico sea una variable posible de tener presente para la administración del Estado al momento de decidir, ello no podría sobrepasar derechos fundamentales, valores y principios de la Constitución.
Supongamos, por ejemplo, que quisiera reinstaurarse el trabajo infantil, habida consideración de que ello generaría un atractivo a la inversión y permitiría mayor crecimiento. Partiendo de bases esenciales del Estado, como la supremacía de la persona y el valor de la familia, y pasando por derechos como la libertad y la integridad física y psíquica, se podría argumentar de manera relativamente evidente que ello no es posible en el Chile de hoy. La dignidad que les reconocemos a estas personas menores de edad está por sobre un posible crecimiento económico.
¿Qué pasa con la destrucción de un río para explotar la tierra mediante la plantación de árboles frutales? No es tan sencillo hacer una argumentación sobre cómo, normativamente, esto puede ser permisible en el país que habitamos. Sin embargo, es lo que en realidad pasa y con ello la dignidad mínima de una serie de personas también se ve afectada. La destrucción del río en sí mismo pareciera ser una preocupación de segundo o tercer orden, respecto de lo cual el Estado sencillamente se omite de la realidad, para considerar cuestiones desconectadas que sí le parecen justificables: las frutas son importantes, la agricultura da trabajo, el agua puede ser usada por su dueño.
Son este tipo de realidades las que un principio como el de la protección del medio ambiente debería ayudar a evitar. Con un Estado especialmente concebido para la mantención de los ecosistemas, las herramientas para, al menos, poder ver esta realidad y tomar cartas en el asunto tendrían un sustento normativo esencial y deberían ser entregadas por la ley por mandato constitucional.
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