Читать книгу: «Diálogos VIII. Leyes (Libros I-VI)»
BIBLIOTECA CLÁSICA GREDOS, 265

Asesor para la sección latina: CARLOS GARCÍA GUAL .
Según las normas de la B. C. G., la traducción de este volumen ha sido revisada por ALFONSO SILVÁN RODRÍGUEZ .
© EDITORIAL GREDOS, S. A.
Sánchez Pacheco, 85, Madrid, 1999.</ br> www.editorialgredos.com
REF. GEBO354
ISBN 9788424932831.
INTRODUCCIÓN
Las Leyes 1 son una de las obras más complejas y difíciles del Corpus Platonicum . Su extensión y la diversidad de sus temas, así como el estilo en que están tratados —con numerosas y extensas digresiones que aparentemente no conducen a ninguna parte— han hecho que algunos intérpretes consideraran que su exposición ordenada constituía de por sí un tema digno de publicación 2 . En efecto, no sólo es el diálogo más extenso de Platón, ya que supera en dos libros a su otro proyecto político, la República 3 , sino el que supone, además, los más exhaustivos estudios: historia, teoría política, educación, códigos penales, sistemas constitucionales, teología, física, medicina, etc. Es el intento más antiguo que ha llegado hasta nosotros de organizar el sistema jurídico de acuerdo con principios racionales 4 . En una palabra, se trata, sin lugar a dudas, de su obra más inmediatamente relacionada con su época y con la realidad social en la que fue escrita. 5 No obstante, a pesar de ser quizás el escrito más significativo del filósofo ateniense 6 , la atención que ha merecido por parte de la investigación no es sino menor 7 . Se la considera una obra inconclusa, contradictoria, de un estilo imperfecto, algo que sostienen incluso aquellos que defienden el valor del diálogo 8 . Es más, existen aún hoy quienes ponen en duda su autenticidad.
I. AUTENTICIDAD, FECHA DE COMPOSICIÓN Y EDICIÓN
En los últimos dos siglos, hay tres problemas que gobiernan la discusión acerca de la naturaleza de la que hoy se considera la última obra de Platón. Para diversos investigadores, las Leyes manifiestan un espíritu tan distinto del platónico que no pueden constituir una obra genuina del pensador griego. Otros consideran que, aunque auténticas, Platón fue sorprendido por la muerte antes de concluirlas y que representan un último estadio de su pensamiento muy diverso del de su madurez. Por último, algunos sostienen, sobre la base de testimonios antiguos, que la obra fue editada de manera póstuma por un discípulo que modificó sustancialmente el texto.
1. Autenticidad
Cuando F. Ast publica su obra sobre Platón, en la que pone en duda la autenticidad de las Leyes 9 , abre un debate que, con diferente intensidad, dura hasta la actualidad 10 . E. Zeller, que en un primer trabajo, siguiendo la línea de Ast, había sostenido que el diálogo no era obra de Platón 11 , acepta su autenticidad en su historia de la filosofía griega 12 , aunque no cambia la valoración de la obra que lo había llevado anteriormente a proponer su eliminación del corpus , sólo que ahora la incorpora a una hipótesis evolutiva, según la cual Platón habría modificado de manera decisiva su filosofía al final de su vida 13 . Al igual que ese cambio de dirección filosófica registrado en las versiones aristotélicas de la filosofía tardía de Platón, las Leyes revelan «la edad avanzada del filósofo, el dogmatismo, la disminución de fuerza y agilidad dialéctica, el acercamiento al pitagorismo, la predilección por el simbolismo matemático» 14 . La adopción de la interpretación evolucionista llevó a que el problema se fuera centrando no en la autenticidad de la obra 15 , sino en la intervención del supuesto editor, Filipo de Opunte. Al finalizar la segunda década del presente siglo, la interpretación evolucionista se había ya impuesto y también se rechazaba una intervención significativa de Filipo en el texto editado 16 . De todas maneras, la polémica acerca de la autenticidad y la posterior interpretación biográfica de los escritos platónicos tuvieron como consecuencia que se considerase que el diálogo no era representativo de la filosofía de Platón 17 . No obstante, existían estudiosos que sostenían la unidad del pensamiento platónico y trataban de explicar las aparentes contradicciones con la República y el Político 18 . Para estos intérpretes, las Leyes no son sino una traducción a la realidad de los principios teóricos expuestos en esos diálogos. Se trataría, simplemente, de una obra con una perspectiva diversa. De ahí surge la imagen del diálogo como una obra popular, con fines parenéticos y dirigida al gran público, que ha de imponerse en un sector importante de la crítica 19 . Sin embargo, a principios de la década de los cincuenta, el trabajo de G. Müller 20 vuelve a analizar críticamente el texto para llegar a la conclusión de que se trata de una obra radicalmente opuesta a la República tanto desde el punto de vista ético y político como del lógico metafísico. Sólo la existencia del temprano testimonio aristotélico logra evitar que declare espuria una obra que para Müller permanece como un enigma, ya que el Platón anciano habría trivializado en ella las ideas de su época de esplendor intelectual 21 . En los años sesenta, W. Bröcker decide no incluir las Leyes entre los diálogos platónicos 22 . A pesar de que últimamente ha aparecido otro crítico que la considera espuria 23 , hoy se acepta en general su autenticidad, aunque existe una tendencia a sostener la presencia de incongruencias, lagunas e imperfecciones estructurales que indicarían el estado inacabado en el que quedó el diálogo a la muerte de Platón 24 . La mayoría de estos argumentos están basados en una comprensión de lo que debe ser la unidad de la obra que no parte de los datos objetivos existentes y, por tanto, exige requisitos exteriores. Ya C. Ritter llamó la atención sobre el hecho de que las Leyes no difieren de los restantes diálogos en cuanto a las supuestas «imperfecciones» 25 .
2. Fecha de composición
No hay ningún testimonio decisivo del momento de composición. Las evidencias que se han creído encontrar para tratar de formular una hipótesis aproximada son las siguientes:
1) Unos pocos testimonios externos mencionan aspectos relacionados con la época de composición. Una noticia de Aristóteles, según la cual las Leyes son posteriores a la República 26 , podría permitir una datación relativa. Otras tres referencias tardías 27 , de las que la de Diógenes Laercio (III 37) es la más fiable, parecerían afirmar que el diálogo se editó de manera póstuma. Los más claros en ese sentido son dos pasajes del pseudo Olimpiodoro (Prolegómenos a la filosofía platónica 10, 24, 10-15 y 25, 4-7 Westerink): el primero está construido sobre una noticia de Proclo, a la que hace referencia el segundo 28 y según la cual Platón no habría corregido las Leyes . Sólo en el segundo testimonio (25, 4-7 Westerink) se construye una supuesta actividad editora de Filipo de Opunte que habría organizado y corregido el texto, que a la muerte de Platón se habría encontrado en estado caótico. Probablemente, Proclo esté o bien utilizando e interpretando directamente a Diógenes 29 o a la misma fuente que él.
Difícilmente pueda extraerse de estos testimonios alguna conclusión que vaya más allá del hecho de que Platón no editó las Leyes . Existiendo un diálogo inacabado como el Critias , no parece ser sólida filología suponer que las Leyes estaban inconclusas en el momento de la muerte de Platón ni que fueron la última obra en ser escrita. Tampoco puede utilizarse para abonar esta tesis el pasaje frecuentemente citado de Isócrates del discurso de la Antídosis (Sobre el cambio de las fortunas XV 79-83), ya que se refiere en primer lugar a los políticos 30 y no a los teóricos, tal como pretende L. Post 31 . De todas maneras, si las Leyes se publicaron después de la muerte de Platón, es muy improbable que Isócrates pudiera conocer ya en el 353 la versión de una obra que se encontraba todavía en «tablillas de cera» ya sea interpretada esta expresión de Diógenes Laercio (III 37) de manera literal o metafórica 32 .
2) Existen algunos pasajes del diálogo que han sido tomados como referencias a acontecimientos contemporáneos y que podrían indicar un terminus post quem para la escritura de, por lo menos, algunas partes de la obra. Dos son los de mayor fundamento textual. En el primer libro (638b) hay una referencia a la victoria de los siracusanos sobre los locrenses que ha sido interpretada como la toma de la ciudad por Dionisio II en el 352 a. C. 33 . En el duodécimo libro (944a8-b1) se ha visto una alusión al destino de los prisioneros de guerra locrenses después de la batalla junto a los peñascos Fedriadas (354/353 a. C.) 34 o al de los cautivos focios después de la batalla en la llanura de Crocos (353/352 a. C.) 35 en la, así llamada, Guerra Santa 36 . La interpretación del primer pasaje, que se remonta a principios del siglo XIX 37 , choca con la dificultad de que Platón difícilmente atribuiría esa victoria de Dionisio II a los siracusanos y, mucho menos, al hecho de que Siracusa fuera más poderosa que Lócrida, dado que en ese momento Dionisio II ya había sido expulsado del poder en la ciudad siciliana y en Siracusa todavía no había fracasado definitivamente el intento de la Academia de instaurar un gobierno según los principios filosóficos 38 . En el segundo caso, la referencia es demasiado ambigua como para ver en ella una alusión a un hecho concreto.
3) La estilometría no revela diferencias significativas en cuanto a la época de composición de la obra. Las Leyes se encuentran en el grupo de obras tardías y parecerían haber sido sucedidas por la Epínomis , el Timeo y el Critias con seguridad. Los datos estrictamente estilométricos apuntan a la secuencia: Leyes, Político, Epínomis, Carta VIII, Timeo y Critias 39 .
4) Hay quienes quieren ver un indicio del estado inacabado de la obra en ciertas contradicciones e incongruencias que se creen detectar en el texto 40 . Tal como ha sido señalado más arriba, ésta es una petición de principio que no puede basarse en la evidencia del resto del corpus ni parece una forma de sana filología especular acerca de lo que hubiera hecho el autor en caso de haber terminado una obra que no sabemos si ha terminado. Mucho menos aún pueden extraerse de estos hechos conclusiones acerca de la datación.
5) Sobre la base de la carta III (316a), L. A. Post 41 avanza la hipótesis de que los primeros libros de las Leyes se comenzaron a escribir en el 367 a. C. y que los cuatro primeros libros estaban ya en manos de Dionisio II en el 360 a. C. 42 . Aunque la autenticidad del testimonio de la carta tercera es como mínimo dudosa, muestra al menos que la cuestión de la datación de la obra no tiene una respuesta unívoca y que, por lo tanto, hay que ser muy cauto en el momento de pronunciar una hipótesis acerca de la fecha de composición del diálogo.
De estas evidencias puede concluirse con cierta certeza que las Leyes adquirieron su forma definitiva durante la última etapa de la vida de Platón, sin que se pueda determinar a ciencia cierta si son realmente su última obra o no. No obstante, dada la ingente cantidad de material elaborado, que no incluye únicamente reflexiones de tipo filosófico y educativo como pueden encontrarse en la República , sino que presupone también una acumulación de datos de la realidad jurídica, histórica y cultural no sólo del mundo griego, es difícil concebir una redacción de la obra de una vez. La simple organización y formulación de los pensamientos y principios filosóficos en un código legal racionalmente organizado —algo de lo que la obra es el primer testimonio que poseemos— implica un esfuerzo y una reflexión que deben de haberse extendido a lo largo de los años. La forma en que surge el texto, por tanto, fue con seguridad muy distinta de la de la República —la obra que más se aproxima en extensión—. En estas circunstancias, la cuestión de la redacción final adquiere un valor totalmente diferente. Probablemente, Platón comenzaría con la recolección de los datos en una etapa muy temprana de su vida antes de su primer viaje a Siracusa (389 a. C.), puesto que, como expresa en la carta séptima (326a-c), ya en esa época llegó a la ciudad con la finalidad de aplicar sus doctrinas políticas 43 . La acumulación de materiales y su plasmación en un diálogo debe de haber ocupado la mayor parte de la vida intelectual de Platón, es decir que la composición de la obra tiene que haber sido simultánea a los trabajos realizados en otros ámbitos y la concepción general tiene que haber quedado plasmada relativamente temprano. La Carta III (316a), si es auténtica, muestra que ya en el momento del segundo viaje a Sicilia (366/365 a. C.), Platón había concebido innovaciones revolucionarias como la de los preámbulos de las leyes. No es improbable que muchos de los preámbulos y de las leyes que haya escrito en ese momento se encuentren ahora en el texto que poseemos 44 . Si se tienen en cuenta las dimensiones del diálogo, podría proponerse hipotéticamente como momento en que comienza la segunda fase de la composición 45 , es decir la ordenación del material y la escritura de la versión provisional, la vuelta de Platón de su segundo viaje a Siracusa (ca . 365/364 a. C.). Por último, la redacción definitiva tiene que haberse realizado en distintas etapas y haber incluido nuevos materiales, nuevas formulaciones, etc. Sin lugar a duda, las Leyes eran consideradas por su autor su obra más importante y, por ello, su realización acompañó casi toda su vida intelectual 46 .
3. Edición
Tal como se ha indicado más arriba, una vez aceptada durante el siglo pasado la autenticidad de las Leyes , una parte de la crítica supuso que la muerte de Platón había dejado el texto sin terminar y que su secretario Filipo de Opunte lo había editado introduciendo interpolaciones relativamente amplias para finalizarlo o bien combinando dos escritos inacabados en una sola obra 47 . La cuestión de la unidad del diálogo y de su significación para el análisis del pensamiento platónico está muy unida a la de la supuesta edición ya que esta última implica determinar si Platón había puesto o no un punto final a su obra. Independientemente del grado de intervención que se asigne a Filipo de Opunte, hay un acuerdo generalizado acerca de su actividad editora y, por tanto, correctora de una obra no acabada. A los tres testimonios mencionados más arriba (cf. supra pág. 14 s.) debe añadirse la noticia de la Suda (S . V . philósophos) que sostiene que Filipo dividió la obra en doce libros y que agregó el decimotercero (la Epínomis) . La noticia no hace sino interpretar en sentido literal lo que dice Diógenes Laercio III 37 quien afirma: «Algunos dicen que Filipo de Opunte transcribió 48 sus [de Platón] Leyes que se encontraban en tablillas de cera. También dicen que la Epínomis es de Filipo». Según la noticia de la Suda, la actividad de Filipo habría consistido precisamente en pasar a rollos de papiros (de ahí la división en libros) el contenido de las tablillas de cera que Platón habría dejado a su muerte 49 . Esa única versión del escrito quedó a disposición de la Academia a la muerte del maestro y no variaba, probablemente, de las que se encontraban anteriormente en tablillas de cera, sino en aquello que solían variar todas las copias realizadas por un copista 50 . En ningún lugar se afirma que Filipo haya realizado una edición 51 ni que la obra se hubiera terminado. Lo único que se afirma es que Filipo hizo una copia en otro soporte, probablemente papiro. Es más, existen testimonios de que la publicación de los diálogos platónicos, e. d. su puesta a disposición del gran público se realizó mucho más tarde, bajo la dirección de Polemón, poco antes del 313 a. C. (Diógenes Laercio III 66) 52 .
Además, Diógenes dice sólo que «algunos» sostienen esa versión, no la da en absoluto por algo cierto. En caso de aceptarla, es evidente, a partir de lo que antecede, que Filipo no editó ni corrigió la obra, ya que no se trataba sino de una copia hecha para conservar mejor el texto. Incluso tras la intervención de Filipo el escrito (sýngramma) seguía siendo inédito (anékdoton) 53 , de la misma manera que lo eran aún todos los diálogos en el momento que Zenón quiso consultarlos después de 313 a. C., según el testimonio de Diógenes antes citado, ya que lo único que podía hacer era leerlos en la Academia pagando un precio por la consulta 54 . Si las Leyes se encontraban aún en tablillas de cera a la muerte de Platón, era con toda seguridad para evitar sucesos como los de Hermodoro, en los que un alumno realizaba copias que luego vendía (Cenobio V 6 = CPG I 116). En otras palabras, lo único que puede deducirse de la noticia de Diógenes es que la importancia que Platón daba a su proyecto político concreto era tal que había decidido no permitir el acceso irrestricto ni siquiera a los alumnos de la Academia 55 . Esta interpretación echa por tierra también el supuesto carácter ‘popular’ de la obra que nos ocupa.
II. CARACTERÍSTICAS DRAMÁTICAS Y ESTRUCTURA 56
Se ha convertido en un lugar común considerar la forma dialógica de las Leyes encuadrándola dentro de un supuesto estilo platónico tardío 57 . No obstante, la estructura dramática y las características del diálogo son peculiares y se diferencian claramente de las otras obras de esa época, no sólo por la extensión, sino también por la forma. En primer lugar, la relación entre el personaje principal y los restantes interlocutores, la situación dialógica, es completamente distinta: no se trata de una conversación entre individuos iniciados en la filosofía, como sucede en cualquiera de los otros diálogos de ese período, ni son exclusivamente filosóficos los problemas que se consideran. Tampoco se trata de una escena que se desarrolle en un sitio específico (una palestra, una casa, etc.) sino que el lugar en el que sucede es un camino que es recorrido. Los interlocutores se encuentran en un movimiento constante que parte de la Cnosos real y se desarrolla hasta la gruta de Zeus, donde Minos recibió las enseñanzas y las leyes de su padre y donde quedará definitivamente acabada la pintura normativa de la futura Magnesia. La obra mezcla, a su vez, pasajes que se aproximan a los escritos del primer Platón —como sucede a lo largo del primer libro— 58 con otros que recuerdan claramente los diálogos tardíos— gran parte del libro décimo y la segunda parte del duodécimo—. Combina, además, largos pasajes expositivos —como sucede sólo en el Timeo y el Critias — con investigaciones en las que el interlocutor principal guía a sus compañeros de una manera que podría ser similar a la de la República o el Político . Por otro lado, la tarea de proyectar el estado se hace con una precisión y un conocimiento del detalle concreto que se encuentra en pocas obras platónicas —excepción hecha quizá del Timeo . El diálogo se acerca, además, a una de las características que asumirá el género después de Platón. El interlocutor principal expone su teoría a lo largo de amplios pasajes y toma posición casi explícita respecto de otras teorías y escritos de sus contemporáneos (cf. por ejemplo los análisis del sistema político persa en el libro tercero, donde se distancia de las interpretaciones de Jenofonte o de Heródoto, o la crítica a las concepciones físicas de los materialistas en el libro décimo). En las Leyes , en definitiva, el diálogo se despliega en todas sus facetas como en ningún otro escrito de filósofo. El mismo Platón se encarga se señalar la peculiaridad que asignaba a su obra. En primer lugar, al mediodía, la hora en que el dios suele revelarse a los poetas y filósofos, el personaje principal anuncia un nuevo tipo de ley, la compuesta de preámbulo y ley propiamente dicha (IV 722c) un género destinado a suplantar en la ciudad las obras dramáticas de los poetas (VII 811c) 59 y en la que desemboca el diálogo platónico.
1. Situación dialógica
El marco tiene —como sucede en todas las obras de Platón— un profundo simbolismo. Para un lector moderno, la situación es a primera vista clara. Se trata de una conversación que tiene lugar en Creta el día del solsticio de verano (III 683c), es decir a mediados de junio, entre tres ancianos 60 , un ateniense que va camino de la gruta de Zeus 61 , acompañado del cretense Clinias de Cnosos y el lacedemonio Meglio 62 . El ateniense está en posesión de un conocimiento que supone, a grandes rasgos, el curriculum filosófico de la Academia 63 y es más joven que Megilo y Clinias (X 892d) 64 . El espartano es el más anciano de los tres (IV 712c). Clinias, tal como se entera el lector inesperadamente a través de un pasaje (III 702b-d), ha recibido el encargo de su ciudad de fundar una colonia en Magnesia.
Todo sucede de improviso, el diálogo comienza en medio de una conversación, con una pregunta aparentemente aleatoria y se va desarrollando de manera casual. Es casual que nunca se pronuncie el nombre del extranjero, tan sólo su lugar de origen, es casual que la peregrinación sea hacia la gruta de Zeus, el mismo camino que emprendía Minos, lo que da pie a que la conversación se enzarce en problemas teóricos de las leyes y la legislación, es casual también que al grupo pertenezca alguien que tiene por misión fundar una colonia y darle leyes, lo que da lugar a que se presente un programa completo —completo en aquello que es fundamental, una base sólida sobre la que levantar el edificio de la legislación de Magnesia. Es casual, por último, que la primera palabra del diálogo sea ‘dios’ y termine con el tratamiento del órgano encargado de acceder al conocimiento divino, la junta nocturna.
Mas detrás de esa apariencia se encuentra la necesidad que comienza a desplegarse desde la primera palabra. El ateniense sin nombre que representa el conocimiento filosófico absoluto trae la buena nueva de una nueva forma de comprender la política. La legislación que ofrece es la filosófica y el programa, el de la Academia. La situación dramática muestra el carácter de revelación que tiene la obra, porque, como Minos, los dos dorios van acompañados de un conocimiento divino que está encarnado en el extranjero, al que, por ello, es necesario atrapar y retener con todo tipo de ataduras y medios (XII 969c), una clara alusión a la magia y divinidad de su conocimiento.
El diálogo comienza con un supuesto dios y un conocimiento tradicional y termina con el filósofo y el conocimiento filosófico como fundamento de la legislación 65 . Es que en la filosofía platónica lo que era casualidad (týchē) se convierte en ciencia y sabiduría. Platón asume en su última obra el programa político-filosófico que había planteado en el Menón (99e-100b) y que lo acompañó a lo largo de toda su vida. La casualidad que planea a lo largo del diálogo no es otra que la que debe acompañar la instauración de un orden político correcto, la fortuna divina (theía týchē; Carta VII 336e, cf. 336e-337b; Leyes VIII 875 a-d; IV 710c-d).
2. Estructura
Las ediciones actuales de las Leyes las dividen en doce libros, una división que, con toda probabilidad, no es originaria de Platón 66 , aunque podría estar de acuerdo con su propia visión de la obra. El diálogo tiene diferentes referencias que indican a grandes rasgos cuál era la estructura que el propio Platón concibió 67 . No obstante, no debe hablarse en las Leyes de estructura, sino de estructuras, dado que el autor intencionadamente indica la existencia de diferentes perspectivas, que varían según la profundidad del análisis y de la lectura. En primer lugar, lo que podría denominarse la estructura dramática es clara tanto en el plano de la relación de los distintos libros entre sí como en el plan de cada libro. La unidad de tiempo de la obra es una jornada, como sucede en la tragedia, desde la mañana hasta el atardecer. La conversación transcurre en el camino que va de Cnosos a la gruta de Zeus y se divide según las indicaciones internas en tres grandes partes 68 . Primero, desde el comienzo cuando se ponen en camino hasta el libro IV cuando llegan al mediodía a un lugar de reposo que se había anunciado al inicio (722c-d). La conversación de la mañana que incluye los primeros cuatro libros está dedicada a una larga introducción. El diálogo prosigue a la sombra de los árboles durante las horas de mayor calor 69 . Aunque no hay ninguna indicación de cuándo se ponen de nuevo en camino, ese momento puede colocarse en la parte final del libro VIII (842 b), cuando las dos terceras partes de la obra han sido cumplidas y la educación del ciudadano común se ha regulado ya en todos sus aspectos. La segunda parte incluye la vida del ciudadano desde su nacimiento hasta su madurez (V-VIII). La tercera (IX-XII) ordena los aspectos legislativos relacionados con la obtención de la virtud y la curación de los habitantes a través del convencimiento (preámbulos de las leyes) y el castigo (leyes), e. d. se regulan las relaciones de propiedad, las creencias y las relaciones de los residentes entre sí y de la ciudad con otras ciudades. El libro XII finaliza al caer la tarde, cuando llegan a la caverna de Zeus.
Dentro de la introducción, los tres primeros libros constituyen la conversación introductoria propiamente dicha y el IV sirve de transición. El primer libro tiene como tema la finalidad de las leyes, el segundo la educación coral y el tercero un panorama histórico que explica el origen de la legislación y las causas de los errores y aciertos de los mejores sistemas legislativos: Lacedemonia, Persia y Atenas. En el primer libro, el ateniense muestra que la salud del estado no puede fundarse en la valentía, que es la virtud inferior, sino en el cuidado y fomento de las cuatro virtudes cardinales: sabiduría, justicia, temperancia y valentía. Además, sostiene que la legislación debe preparar a la ciudad no para la guerra, sino para la paz y propone el tratamiento detallado de la relación existente entre la legislación y las diferentes virtudes (I 632d). Sin embargo, el diálogo deriva en una conversación sobre una correcta institución de la bebida en común, que a través de la unión del juego y la seriedad pueda servir para entrenar el dominio de sí mismo y fortalecer el pudor.
El primer libro se encuentra dividido en dos partes que se corresponden con los dos tipos de índoles que constituyen la base de toda acción política y sus virtudes específicas 70 : la valentía (625c-635e) y la templanza (635e-650b) 71 . La primera es tratada en la crítica a la legislación cretense y espartana que la tiene como virtud central (625b-631b). Al educar al ciudadano sólo para la guerra, la legislación no promueve la paz y la amistad en la ciudad, que debe ser el punto de mira principal (627c-628e). En realidad, la legislación debe instaurar una escala de valores que ponga los bienes materiales por debajo de los corporales (belleza, fuerza y agilidad, salud) y a éstos por debajo de los espirituales (valentía, justicia, templanza y sabiduría [631b-d]). A continuación, el ateniense distingue dos tipos de valentía: una frente al enemigo externo y otra que consiste en vencerse a sí mismo y que no es otra que la templanza (632c-635e). La segunda parte se construye a partir de la comprobación de que las constituciones dorias carecen de instituciones que ayuden a desarrollar el segundo tipo de valentía. El ateniense propone analizar una institución con fines educativos que sirva a ese propósito: la embriaguez (636a-650b).
Este aspecto lleva a una amplia discusión de la gimnasia y la música (libro II). El ateniense propone una educación continuada en tres coros, según las edades de los ciudadanos. El tercer coro está constituido por los hombres maduros de los 30 a los 60 años, a los que el vino deberá ayudar a superar la timidez natural en tales intervenciones.
La discusión acerca de la educación comienza con una definición. Una verdadera educación, tal como había sido establecido en el primer libro (643d-645c) consiste en la formación del ciudadano en el placer y el dolor para que pueda alcanzar la virtud establecida por la norma social (II 654a-c). El libro se inicia analizando la función educativa de la música (653a-664b), que se basa en la aceptación de la virtud como criterio de verdad para juzgar la belleza musical (654b-655b), ya que quienes se acostumbran a encontrar placer en la música que no refleja el carácter virtuoso se desvían de la virtud (655b-656a). Por ello, hay que evitar las innovaciones en las composiciones musicales que deberán ser juzgadas según el criterio del placer que producen a los mejores y mejor formados (656a-659c). Los poetas deberán adecuarse especialmente a esos preceptos (659c-664a). El ateniense prosigue con el análisis de los tres coros que deben existir en la ciudad, en especial el coro de ancianos (664b-672b). La discusión de la gimnasia es dejada de lado (672e-673c), para considerar la institución de los coros dionisíacos y el buen uso del vino en sus reuniones (673e-674c).
La cuestión del surgimiento del estado que se analiza en el tercer libro tiene por finalidad fundamental dilucidar si el género humano ha progresado hacia una moralidad mayor o, por el contrario, lo que se ha dado es un aumento de la maldad y el vicio. El ateniense analiza aquí detalladamente la cuestión de las catástrofes cíclicas, un asunto que aparece también en el Político (268d-274e), el Timeo (21a-25d) y el Critias (108d-121c), y las diferentes formas de estado que surgieron desde la última, centrándose en Esparta, ejemplo de constitución mixta, Persia, representación de la monarquía, y Atenas, paradigma de democracia. Al final del libro, Clinias comunica a sus interlocutores que le ha sido encomendada la tarea de fundar una colonia y que junto con otros nueve ciudadanos debe preparar sus leyes. Propone entonces fundar un estado con el pensamiento y construirlo desde los cimientos (702b-d).
La civilización está sometida a destrucciones periódicas por el agua o el fuego, a las que sobrevive sólo un reducido número de hombres que, carentes de educación, vuelven al estado originario de la cultura, aunque conservan una oscura huella de la sabiduría de sus antepasados (676a-677b). Estos núcleos deben realizar nuevamente todo el proceso de adquisición de la civilización. La cultura se desarrolla, por tanto, en un eterno ciclo. Empieza con el estadio de la cultura pastoril, los pastores descienden de los picos y laderas a la llanura y comienza la agricultura, finalmente llegan a la orilla del mar, comercian y fundan ciudades con sus formas de organización política y sus leyes (677b-683c). A partir del surgimiento del estado, el ateniense analiza qué estados han tenido éxito en su forma de vida política y se han conservado hasta el presente. De los tres estados dorios (Argos, Mesene, Esparta), sólo Esparta perduró porque tenía una correcta distribución del poder, puesto que su constitución mezcla principios democráticos y monárquicos (683a-693c). El sistema político persa, contrariamente, evolucionó de una forma intermedia entre monarquía y democracia a una monarquía despótica, en la que predominaba el principio monárquico en exceso (694a-698a). Atenas representa el caso contrario; de un primer estadio con una democracia mesurada, el principio de la libertad fue adquiriendo un excesivo predominio por un falso tratamiento de la música. La mejor forma de orden político es, por tanto, aquella que se encuentra en un justo medio entre los excesos del despotismo y la anarquía (698a-701c).
El final del libro tercero había establecido cuáles eran las condiciones básicas del nuevo proyecto de colonia. El cuarto analiza por un lado las condiciones materiales de su realización: situación geográfica, origen de los futuros habitantes, así como el tipo de gobierno necesario, que ha de ser definido como el imperio de la ley (704a-718a), para finalizar proponiendo un nuevo tipo de ley consistente en dos elementos: un preámbulo y la ley propiamente dicha (718a-724b).
Las condiciones geográficas en las que se encuentra la futura colonia no son precisamente las óptimas, pero pueden considerarse aceptables: No será una ciudad marítima, mas se encuentra en las proximidades de la costa y tendrá un buen puerto. Su suelo produce todo tipo de productos, pero no en una abundancia tal que incite a la ciudad al comercio, que llevaría a la corrupción de sus costumbres, leyes e instituciones (704a-707d). Los colonos serán habitantes de toda Creta, de modo que no existirán lazos especiales entre familias o por pertenencia a clanes, lo que facilitará la instauración de una nueva constitución (707e-708d). Además de condiciones favorables y de su arte, el legislador necesita del apoyo de la divinidad (708d-709d). Para la instauración de la mejor constitución, lo más apropiado es la presencia de un joven tirano con capacidad filosófica. Esto, sin embargo, es muy difícil de lograr, dado que en nuestra generación es imposible encontrar un tirano que sea suficientemente prudente por naturaleza y, en caso de serlo, que no se corrompa rápidamente con el uso del poder (709d-712b). Por ello, para los inteligentes, sólo la ley debe detentar el poder sobre los hombres (712 b-713a). La ley es el imperio de la razón y reflejo actual del gobierno divino existente en la época de Cronos, que había puesto espíritus que gobernaban directamente las manadas humanas (713a-714a). Por tanto, ninguna parte de la sociedad debe imponerse al resto por medio de la fuerza (714a-715e). En el estado, la ley no puede estar sometida al poder del gobernante, sino que debe ser ella el ama de las autoridades, mientras que éstas deben ser esclavas de la ley (715d). El ateniense finge un discurso a los ciudadanos en el que insiste en que el gobierno de dios es identificable con el gobierno de la ley. El ciudadano debe repetar la medida impuesta por la ley, para asemejarse a la divinidad y, así, ser amado por ella. El pío debe honrar en primer lugar a los dioses, a los hombres divinos y a sus padres. Además, cada individuo debe cumplir con sus deberes que la ley prescribe hacia su familia, sus conciudadanos y los extranjeros (715e-718a). El libro IV termina sosteniendo la necesidad de anteponer a las leyes preámbulos que expliquen las causas y la conveniencia de la prescripción con la finalidad de convencer a los habitantes para que se comporten según la norma y aplicar la pena sólo cuando la labor de persuasión no haya tenido éxito (718a-724b).
La segunda parte incluye las leyes básicas del orden político: número de ciudadanos y sistema de posesión de la tierra, división en clases, magistraturas, leyes sobre el casamiento, educación y funcionamiento del estado y su economía. En esta sección la ley se manifiesta en su aspecto formativo. El libro quinto comienza con el preámbulo general al código legal en la forma de un discurso a los ciudadanos que deben formar el nuevo estado (726a-734e) y en su segunda parte sienta los fundamentos del sistema (734e-747e).
En el preámbulo general se proclama la escala de valores sobre la que estará fundamentada la legislación (dioses, espíritus [daímones ], héroes, antepasados, padres, alma, cuerpo y bienes exteriores) y que deberá servir de guía para la vida de todos los ciudadanos (726a-729a). También se señalan los deberes con relación al prójimo: niños y jóvenes, parientes y amigos, el estado y los conciudadanos, los extranjeros y los suplicantes (729b-730a). El preámbulo describe a continuación las cualidades personales para alcanzar una vida feliz (730b-732d), para terminar subrayando la identidad entre la vida más placentera y la más virtuosa (732d-734e). A continuación comienza la exposición de la legislación que ha de extenderse hasta casi el final de la obra (XII 960b). Antes de comenzar con la legislación propiamente dicha, se procede a la selección de los ciudadanos y la determinación de su número (5040), para dividir la región en otras tantas parcelas de tierra iguales (734e-741e) en cuanto a su productividad. Una vez clarificado el tipo de propiedad del suelo, se procede a determinar la distribución de la riqueza y los límites de pobreza y de riqueza que se permitirán, así como la situación de la ciudad y la división de su territorio (741e-745e). El libro termina con excursos sobre la función del legislador (745e-746d), la importancia de la aplicación de las matemáticas (746d-747d) y de la geografía (747d-e).
El libro VI considera en su primera parte (751a-768e) la elección y funcionamiento de las diferentes magistraturas. En la segunda (769a-785b), comienza con la exposición de la legalidad que ha de plasmar la vida de los ciudadanos desde su concepción hasta su muerte.
La elección de las personas adecuadas para ocupar las magistraturas exige no sólo su capacidad, sino la experiencia del electorado, lo que es imposible en el caso de un estado recién fundado (751a-752d). Tras esta reflexión, el ateniense procede a detallar la elección y el funcionamiento de las magistraturas: guardianes de la ley (752d-755b), autoridades militares (755b-756b), consejo (756b-759c), autoridades religiosas (759c-760a), la guardia rural (760b-763b), guardia urbana (763b-e), la encargada del orden en el ágora (763e-764c), las autoridades educativas (764c-766c), para terminar con los tribunales (766d-768e). La segunda parte del libro está dedicada a las leyes relacionadas con el casamiento (772d-775e) y las propiedades que han de tener los recién casados, así como las costumbres que han de plasmar la vida en común (775e-783d). El libro culmina considerando la procreación de los hijos (783d-785b) y abriendo así paso al tema de la educación que será el objeto del séptimo libro.
El tema de la educación, que había sido ya tratado en el libro II, vuelve a aparecer en el séptimo. El libro se divide en dos partes. Una recorre el proceso educativo desde la perspectiva de la evolución psicofísica del niño desde el momento de la concepción hasta la edad adulta (788a-808c), la otra considera detalladamente las materias que deberán abordar los niños a partir del sexto año (808c-822d).
Aunque las normas en este ámbito tienen una importancia decisiva para la ciudad, son tan numerosas que es imposible darles el rango de ley a todas las recomendaciones que haría un legislador o castigar su infracción (788a-c). En primer lugar, se trata la educación del niño desde el momento de su concepción hasta los tres años de edad, controlando sus movimientos y promoviendo desde la más tierna infancia un carácter que no busque sistemáticamente el placer y rehúya el dolor (788a-793d). Entre los tres y los seis años transcurre la edad del juego, en la que hay que evitar una complacencia excesiva con el pequeño. Los niños inventarán sus propios juegos bajo la supervisión de las nodrizas, controladas por las autoridades educativas (793d-794c). A partir de los 6 años se separan los niños y las niñas. Los niños serán entrenados en la lectoescritura y en todos los ejercicios que fomenten sus capacidades guerreras (794c-796e). El estado debe evitar las innovaciones tanto en los juegos como en las costumbres. Por ello, es importante que los niños aprendan a sentir placer con la mejor música y danza. Como en Egipto hay que darle un carácter sagrado a la buena música y danza y excluir toda otra clase de las funciones públicas (796e-800a). Para ello, el ateniense ofrece algunos ejemplos de cómo debe regularse la música (800a-802e). La ciudad ha de tener tres escuelas, cada una con su gimnasio. No hay que escatimar dinero para contratar los mejores maestros de otras ciudades. La asistencia a la escuela ha de ser obligatoria (804c-d). La educación para los varones y la mujer debe ser la misma (804d-806d). Los ciudadanos tanto hombres como mujeres deben estar inmersos en un proceso educativo constante para obtener los mejores resultados posibles de su cuerpo y de su mente (806d-808c). A continuación, el ateniense se interna en el análisis de la escuela y sus materias de enseñanza: lectoescritura (809e-812b), música (812b-813b), danza y gimnasia (813b-817e, con un excurso sobre el valor de la tragedia y la comedia (816d-817e), y las disciplinas matemáticas (aritmética, geometría y estereometría, astronomía, 817e-822d). El libro finaliza con la regulación de la caza (822d-824a).
El libro VIII se divide en tres partes. Empieza con la legislación relacionada con las fiestas en honor a las divinidades, lo que continúa en parte las tareas de educación de los ciudadanos, puesto que tanto en los coros como en las danzas y en las competencias con este motivo se han de alabar las virtudes correspondientes y ejercitar el cuerpo para la defensa de la ciudad. Sobre estos dos pilares se ha de conservar el estado (828a-835b). Tras una digresión sobre la necesidad de reprimir la costumbre del amor homosexual entre los hombres (835d-842a), el ateniense pasa a considerar la organización económica del estado (842b-850d).
El paso siguiente consiste en fijar el calendario de festividades para los doce dioses patronos de las doce tribus. En esa ocasión se celebrarán certámenes corales y gimnásticos (828a-831b). Los ciudadanos deben contar con el tiempo necesario para llevar a cabo esas festividades y certámenes, dedicándose exclusivamente al cultivo de la virtud y de las habilidades guerreras. En el nuevo estado, no ocuparán su tiempo en la búsqueda de riquezas. Las competencias deberán servir para que estén preparados para defender su patria en el campo de batalla (831b-835b). Los encuentros de jóvenes que se producen con ocasión de los festivales hacen necesario considerar las reglas que habrán de aplicarse al comercio sexual. En primer lugar, habrá que reprimir por todos los medios la homosexualidad entre los hombres y, en general, tratar de que las únicas relaciones sexuales existentes sean las legítimas entre marido y mujer. Para ello, los ciudadanos de Magnesia contarán con la ayuda del ejercicio físico duro que modere el apetito sexual de los jóvenes y con el sentimiento de vergüenza en relación con la conducta sexualmente indulgente. Para ese fin, el legislador ha de confiar en tres frenos del deseo: temor de dios, temor ante los hombres y admiración por la belleza espiritual (835b-842a). La realización de las comidas en común y la celebración de los festivales lleva a considerar la producción de alimentación y la organización económica del estado en general (842c-e). Para ello, el ateniense procede a regular las relaciones de propiedad entre los agricultores, la inviolabilidad de las lindes, leyes de regadío, almacenamiento de alimentos y las cortes que tratan las disputas (842e-846d). Asimismo, se toman medidas sobre los artesanos y el comercio exterior (846d-847d), para la distribución del producción agrícola (847e-848c) y el asentamiento de los artesanos (848c-849a). El libro finaliza con las reglas que han de imperar en el comercio que se llevará a cabo en el mercado de la ciudad y las disposiciones acerca de los metecos (849a-850d).
En la tercera parte de la obra, lo que podría denominarse el código penal se extiende hasta el comienzo del libro XI (910d). Aquí la ley aparece en su carácter más bien curativo, e. d. como remedio de aquellas almas que hayan enfermado a causa del vicio. El código penal está dividido en dos secciones: crímenes contra los dioses y el estado (IX 853d-857b) y crímenes contra el individuo (IX 857b-XI 910c).
La necesidad del código penal procede de la naturaleza humana actual y de la presencia de extranjeros en la ciudad que no han sido educados por ésta. Los primeros crímenes considerados son el robo de los templos y el sacrilegio en general (853d-856a), para pasar luego a legislar los intentos de sedición (856b-856e), la alta traición y el robo (856e-857b). A continuación hay una larga digresión sobre la función del legislador y una fina distinción entre los crímenes intencionales y no intencionales, así como en los primeros aquellos cometidos movidos por la cólera y los llevados a cabo con premeditación (857c-864c). El libro finaliza con la legislación relacionada con los distintos tipos de delito que afectan al cuerpo: asesinato (865a-874d), lesiones (874d-879b) y malos tratos (879b-882c).
El décimo libro continúa el código penal y, tras un breve análisis de los delitos contra la propiedad privada (884a-885b), desemboca en la legislación destinada a impedir los crímenes que se encuentran en el fundamento de toda actividad delictiva, los delitos de impiedad. Por esa causa, el libro se encuentra centrado en el tratamiento de problemas ontológicos y metafísicos que lo destacan respecto del resto del tratado. En él, el ateniense despliega una teología que constituye el fundamento de la legislación y el orden político de la futura ciudad.
Tras los delitos relacionados con los malos tratos, el legislador ha de impedir los abusos contra la propiedad privada ajena (884a-885b). El fundamento del orden social se encuentra en la piedad, porque quien crea en los dioses según la ley no ha de cometer ningún delito. El ateniense realiza un análisis de la impiedad como fenómeno, sus causas, su naturaleza y sus orígenes sociales (884a-888d), para pasar a una refutación teológica de las distintas creencias erróneas acerca de los dioses: que no existen (888d-899d), que no se ocupan de los asuntos humanos (899d-903a), que son sobornables (905d-907d). En el medio de estas refutaciones hay una importante exposición del orden providencial que existe en el mundo y que sirve de base teológica a la confutación (903a-905d). A continuación se formula la ley contra los diferentes tipos de impiedad (907e-909d). El libro finaliza con una norma que prohíbe los templos privados (909d-910d).
El libro XI incluye una serie de disposiciones que pertenecen tanto al derecho penal como al civil. La propiedad, el comercio y el derecho familiar son el objeto de la primera parte (907d-932d). En la segunda comienza una enumeración de leyes que abarcan diversos asuntos (932e-938c) y que se extiende hasta el siguiente libro.
Abre con una definición legal del derecho de propiedad y sus limitaciones (913a-915d), a lo que siguen las disposiciones acerca del comercio (915d-922a): regulaciones de la compra y la venta (915d-918a), restricciones al comercio minorista, entre ellas la prohibición de que los ciudadanos se dediquen al comercio (918a-920c) y las leyes sobre el incumplimiento de contratos (920d-922a). Prosiguen las normas sobre el derecho familiar (922a-932d). La capacidad de testar, que se regula en primer lugar, está relacionada con la propiedad privada (922a-926d). También enuncian leyes acerca del cuidado de los huérfanos (926d-928d). Siguen las prescripciones sobre repudio de los hijos (928d-929d) e inhabilitación legal de padres disminuidos (929d-e). Un corto apartado trata de las disputas entre el marido y la mujer y las causas de divorcio (929e-930d). A continuación viene un pasaje sobre la exclusión de la familia de los niños que tengan un padre esclavo, aunque el otro fuera una persona libre (930d-e). El respeto y cuidado de los padres y las personas mayores (930e-932d) cierra este apartado sobre el derecho familiar. La segunda parte incluye leyes contra lesiones por medio de drogas, encantamientos o filtros mágicos (932d-933e), robos y actos de violencia (933e-934c), el trato con locos y violentos (934c-d), leyes contra ofensas de palabra (934d-936b), prohibición de la mendicidad (936b-c) responsabilidad civil de los amos por los actos de los esclavos (936c-e), testimonios en las cortes (936e-937d) y prohibición de la abogacía profesional (937d-938c).
El último libro se divide en dos partes. La primera contiene disposiciones que complementan el código que se ha ido esbozando a lo largo de la obra (941a-960b). La segunda trata de la creación de un órgano supremo para la conservación de las leyes, la junta nocturna (960b-969d).
La miscelánea normativa de la primera parte incluye: honestidad de los embajadores (941a-b), pena capital para los robos de propiedad pública (941b-942a), infracciones al servicio militar (942a-945b), la institución de los auditores (945b-948b), prohibición de jurar en los procesos (948b-949c), relaciones con el exterior y su regulación (949c-953e), garantías (953e-954a), allanamientos en búsqueda de bienes robados (954a-c), caducidad del derecho de reclamación de una propiedad (954c-e) obstrucción de procesos y de competencias atléticas (954e-955b), aceptación de bienes robados y de esclavos huidos y tratos con enemigos del estado (955b-c), corrupción (955c-d), impuestos (955d-e), regulación de los ornamentos y características de los templos (955e-956b). Finalmente, se hace una revisión de las distintas cortes de justicia y los procedimientos de apelación (956b-958a) y se regulan los funerales y las tumbas (958c-960b). De esta manera, termina la tarea legislativa que cubre desde el nacimiento hasta la muerte la vida del ciudadano. Una última institución, la junta nocturna, encargada de vigilar la conservación las leyes y su respeto (960b-969d), cierra la obra. La principal tarea de esa institución ha de ser el conocimiento de la finalidad de la legislación, es decir el conocimiento de la virtud en su unidad y multiplicidad (961e-965a). Sus miembros tendrán una formación especial en dialéctica y teología (965b-968b).
Ya se ha indicado que la obra tiene una estructura dramática que ha sido intencionalmente buscada por el autor 72 . La unidad de tiempo es la misma que se adopta en el género trágico y el escrito se propone, a su vez, como su sustituto (VII 811c-812a, 817a-e). En el mismo diálogo se produce un súbito cambio de fortuna, semejante al que sucede en las tragedias, cuando Clinias anuncia que le ha sido encomendado fundar una nueva ciudad (III 702b-c; cf. katà týchēn tiná) . Pero aquí, los dioses son aliados de los hombres y no actúan de manera arbitraria, sino para su bien. Este drama que es antagonista del drama trágico revela el conocimiento y no el desconocimiento, la íntima alianza entre la sabiduría divina y la revelación filosófica 73 .
Las Leyes pueden leerse también siguiendo el programa propuesto en el primer libro (631d-632c) para un ordenamiento racional de un código legal: la vida del ciudadano. El código en sí la plasma desde el casamiento de sus padres hasta su muerte (VI 769a-XII 960b), pero también toda la obra está estructurada de manera tal que los primeros tres libros determinan y ponen el claro cuál debe ser la finalidad de la legislación; la felicidad del estado y sus miembros a través de la práctica de la virtud. El proyecto político diagramado en los libros IV-XII muestra la organización legal y política que mejor alcanza esa finalidad y se adecua hasta en el detalle de la junta nocturna al ideal de programa político expresado en el pasaje del primer libro (cf. I 636c). El intelecto aparece así como el elemento que une y da fundamento a toda la legislación 74 .
Otra perspectiva importante que organiza la obra es la de la dicotomía persuasión-coacción que es propia de la nueva ley platónica y se expresa en el preámbulo de la ley, destinado a persuadir al ciudadano, y en la ley propiamente dicha, que obliga, so pena de castigo, a un tipo de conducta determinado, si el ciudadano no se deja convencer (IV 718b) 75 . Al final, del cuarto libro el ateniense afirma que todo lo que se ha dicho hasta ese momento es sólo un preámbulo de la ley y que sólo ahora ha de comenzar la ley propiamente dicha (722d). Toda la conversación de la mañana, ha sido un proemio que tenía por finalidad convencer a los dos interlocutores, sentar las bases filosóficas de la legislación que ha de venir 76 . Esta división de la obra tiene también una referencia externa, es una indicación al mismo lector de que las Leyes son una ley, e. d. que, más allá de la ficción, la obra contiene un código de conducta que puede servir al individuo para alcanzar la vida feliz (cf. VII 817a-e).
La relación del hombre con dios y la contraposición entre el ser humano y la divinidad es otra de las perspectivas desde las que debe recorrerse el diálogo y a la que se alude una y otra vez. La lectura debe llevar a comprender que el hombre sólo llega a ser realmente tal cuando asume la tarea de asemejarse a dios, e. d., cuando pone en práctica los principios filosóficos correctos. Dios y ser humano son las primeras palabras del diálogo (I 624a), el hombre es sólo una marioneta en las manos de los dioses y debe favorecer el imperio del elemento divino en él, el intelecto, adecuándose a los principios de la ley (I 644e-645c). Su vida debe dirigirse a honrar y servir a los dioses (VII 803c-804c). La ley es divina y es dios, es la realización de la voluntad divina en la tierra 77 . Su finalidad fundamental es promover lo que el hombre tiene en común con la divinidad, el intelecto, lo realmente divino. Con el órgano encargado de preservar el cumplimiento de ese fin, la junta nocturna, termina el diálogo (XII 960b-969d).
Otra posible perspectiva, es la que da la virtud (aretḗ) . El diálogo comienza y termina con el tratamiento de la virtud como finalidad de la legislación, libro primero y segundo y última parte del duodécimo. Luego se analizan los estados y las causas que impidieron la realización de la unidad y la virtud en el nivel político (III) y se opone la mejor organización social posible, la que se dio en época de Cronos, al mejor gobierno humano y a las formas de gobierno actuales, a las que, a su vez, se distingue del sistema que se va a proponer (IV). El V libro diferencia las relaciones de propiedad y la organización social de esta constitución de la del mejor estado. El VI determina la organización político administrativa del estado y abre el código legal, que se divide en dos partes según la concepción platónica de la función de la ley: una que está referida al conjunto de leyes que han de promover la virtud —en esto semejantes a las del mejor estado— (VI 772d-VIII 850d) y otra, propia de los hombres de esta época, donde las leyes muestran su aspecto punitivo para los que se desvían del camino de la aretḗ (IX 853a-XII 960b).
III. LAS LEYES COMO PROPUESTA POLÍTICA
Como obra literaria, las Leyes participan, por un lado, del género del diálogo y, por otro, de la tradición de proyectos políticos que se remonta a pensadores anteriores 78 . Se acepte o no el testimonio de Isócrates (Filipo V 12) como una referencia concreta a la obra aquí tratada 79 , de él puede concluirse al menos la existencia bastante generalizada de un género que podría denominarse el proyecto de ordenación política 80 . Del testimonio, también puede deducirse el carácter teórico de esta clase de obras, entendiendo por esto el no estar referidas a ninguna aplicación inmediata. El mismo Platón había presentado análisis y propuestas de estados en la República , el Menéxeno , el Timeo y el Critias . No obstante, esas descripciones no tienen todas el mismo valor que las Leyes . Mientras que la República presenta un modelo normativo y se asemeja por ello a aquéllas, los otros diálogos hacen un relato supuestamente histórico, independientemente del valor más o menos ejemplar que pueda tener, tal como sucede con las exposiciones, en cierto sentido similares, de sistemas políticos existentes, como la Constitución de los Lacedemonios del Pseudo Jenofonte, por ejemplo. Aunque en muchas ocasiones el carácter propagandístico de estos escritos implicara un cierto valor normativo de esos estados, no se presentaban a sí mismos como una proposición de cambio. Pocos son los proyectos de reforma de los que han llegado noticias más o menos concretas hasta nosotros. No obstante, es posible afirmar a partir de esos escasos testimonios, que Platón insertó conscientemente su obra dentro de un género conocido.
1. Antecedentes históricos
Al menos dos teóricos anteriores a Platón habían escrito obras similares: Hipódamo de Mileto (V a. C.) 81 y Fáleas de Calcedonia (fines del siglo V o principios del IV a. C.). Hipódamo fue importante no sólo como teórico político, sino que también se destacó como urbanista y arquitecto (Aristóteles, Política II 8, 1267b22-23.). Se sabe con certeza que dirigió antes del 446/445 (la paz de los treinta años) la construcción del Pireo. También se afirma que fue el planificador y constructor de Turios y Rodas 82 . Parece haber aplicado una estricta geometría a los diseños de sus ciudades, dividiendo los distintos barrios de manera regular con una estructura en damero. Esta forma de distribuir las edificaciones de la ciudad se diferenciaba claramente de la distribución irregular de las urbes anteriores (Aristóteles, Política VII 11, 1330 b 21-31) 83 . También se le atribuye la creación de un tipo de casas tipificadas que han descubierto las recientes excavaciones realizadas en el Pireo. Su proyecto limitaba el número de habitantes de la ciudad a 10.000, diferenciados en tres clases, artesanos, campesinos y guerreros. Espacialmente, la ciudad estaba dividida en tres partes, una consagrada a los dioses, otra pública (dedicada al mantenimiento de los guerreros) y una tercera considerada privada, explotada por los campesinos. Intentó, además, un ordenamiento tripartito del código penal 84 y propuso una reforma en el sistema de justicia, instaurando un tribunal supremo al que se elevarían los recursos de las causas decididas en primera instancia 85 . Los magistrados eran elegibles por las tres partes de la ciudad y debían ocuparse de los asuntos comunes, las relaciones exteriores y de los huérfanos 86 . La relación que establece Hipódamo entre la teoría política y la urbanística es un claro antecedente de las Leyes 87 . Lo mismo puede afirmarse de la mezcla de elementos aristocráticos y democráticos que caracteriza su proyecto político 88 . No es improbable que hubiera considerado también una limitación y regulación de la propiedad privada como la que plantea Platón en las Leyes , aunque este particular no es mencionado por Aristóteles. Su ideal de polis estaba basado en la concepción de isonomía . La división de la tierra y la propiedad en partes iguales que muestran sus realizaciones prácticas según los últimos descubrimientos arqueológicos son una radicalización del ideal de Clístenes 89 .
Sin embargo, según el testimonio de Aristóteles, fue Fáleas de Calcedonia el primero que intenta regular la propiedad privada en el estado (Política II 7, 1266 a39), determinando una igualdad total en la cantidad de propiedad inmueble, sin limitar la propiedad mueble. También proponía la existencia de una organización igualitaria de la educación, para fundar sobre estas dos igualdades la organización del estado (1266b32-33). Otra de sus exigencias era la limitación del número de ciudadanos 90 . G. J. D. Aalders sostiene que, como el Platón de las Leyes , quería restaurar el estado agrario 91 . La importancia que Fáleas concede a la educación es un claro antecedente de uno de los aspectos principales del proyecto político platónico.
En las Asambleístas de Aristófanes (vv. 583-688) se esboza un estado comunista radical que, como ya se ha observado en repetidas oportunidades presenta grandes semejanzas con el estado ideal de la República 92 . Dado que es imposible que Aristófanes hubiera leído el libro de Platón que por lo menos se escribió veinte años más tarde es probable que haya una fuente común de teoría social 93 . Probablemente, no estaría descaminado pensar que se trata de una fuente pitagórica y que Hipódamo de Mileto también habría tenido acceso a ella. Una semejanza central entre ambos proyectos es la búsqueda de un orden social más sencillo, alejado del lujo que se considera en ambos casos de manera negativa 94 . No obstante, el igualitarismo de las Asambleístas es más radical que el de Platón, que reduce el comunismo al estamento de los guardianes 95 . Aristófanes está haciendo en su comedia referencia a teorías políticas que son claros antecedentes de la teoría platónica 96 .
2. La relación con los otros estados descritos por Platón
La relación de este proyecto de estado con los otros estados descritos en el Corpus Platonicum ha sido uno de los puntos más tratados por la exégesis, en particular la relación de las Leyes con la República . La interpretación más común considera que el tratado del viejo Platón refleja el desengaño que le habían producido sus experiencias políticas, en especial los fallidos intentos por ganar para la causa de la filosofía a Dionisio de Siracusa y a su hijo 97 . Las Leyes son, en esta interpretación, una demostración de que el filósofo ha ido abandonando poco a poco su postura radical en el terreno político de la misma manera que lo había hecho en el campo metafísico 98 . No obstante, algunas voces llamaron ya hace tiempo la atención sobre las dificultades con las que tropieza quien sostenga una interpretación semejante 99 Existen especialistas que no ven una diferencia basada en la evolución del pensamiento platónico, sino que consideran que la República no está concebida como un modelo que pueda ponerse en práctica, sino como un paradigma que debe servir de idea reguladora, mientras que las Leyes representarían la propuesta concreta de Platón, el programa político de la Academia, e. d. la mejor concreción posible del ideal expresado en la República 100 . Esta interpretación tropieza con la dificultad de pasajes explícitos de este diálogo que indican que Platón consideraba que el estado allí descrito podía tener una existencia concreta 101 . La República , lejos de ser una simple especulación teórica, es una descripción de la mejor estructura a la que la ciudad estado puede aspirar y que en su realización deberá diferenciarse en uno u otro aspecto de esa pintura ideal (República II 369a, c; 376d; III 403d-e; IX 592a-b). También las Leyes constituyen una propuesta de carácter normativo que deberá sufrir adaptaciones en el momento en que se la lleve a la práctica (III 702d; IV 712b; V745e-746d; VI 770a-771a, 778b; VII 803a-b) 102 . El mismo Platón se encargó de ponerlas en relación con el estado descrito en la República y con los otros sistemas políticos. En un pasaje del libro quinto, el ateniense caracteriza al sistema político allí expuesto como el segundo mejor sobre la base de tres criterios: la unidad que produce en la ciudad 103 , la amistad entre los ciudadanos y el fomento del interés común por encima del privado (V 739a-e). Superior a la organización política propuesta en las Leyes es, según este pasaje, el gobierno de los filósofos desarrollado en la República . En ningún momento sostiene Platón que la diferencia radique en el conocimiento filosófico. Mientras que los filósofos-gobernantes de este diálogo practicaban el comunismo y no conocían la familia, en las Leyes la propiedad privada de la tierra se convierte en el fundamento del estado y la familia es la célula básica de la organización social. Pero por encima del gobierno del arte político se encuentra la organización social de la época de Cronos, cuando los pastores de las manadas humanas no eran hombres, sino dioses (IV 713a-714a). En ese entonces, no existían la propiedad privada ni la familia. Todos nacían de la tierra y la organización política estaba en manos de los dioses, de manera que no eran necesarias las constituciones 104 . Los sistemas políticos humanos son imitaciones de ese gobierno divino 105 . La constitución de la República es la mejor imitación y sirve de modelo a las restantes. La de las Leyes es la segunda mejor imitación del gobierno divino, mientras que, según la conocida tipología del Político , las constituciones habituales, basadas en la experiencia y la mera opinión, se encuentran ordenadas según imiten mejor o peor la constitución en la que los filósofos ejercen directamente el poder (300e-301a). Según respeten o no las leyes, los sistemas políticos aparecen en un orden de valor decreciente: monarquía, aristocracia y democracia, democracia irrespetuosa de la ley, oligarquía y tiranía. El mismo diálogo del Político ofrece un pasaje que aclara cuál es la posición del estado descrito en las Leyes . Se trata de la constitución que el filósofo da por escrito cuando él mismo no ejerce el gobierno (295b-c). El imperio de las leyes ha de mantenerse mientras él no esté presente. A su regreso, si lo considera necesario, podrá cambiarlas (295c-296a). Algo similar sucede con el gobierno de la ley en las Leyes 106 . Regirá durante el tiempo en que los filósofos no hayan sido educados y no puedan ejercer el poder. Una vez que la junta nocturna haya sido organizada y alcanzado el orden que le corresponde para poder ejercer como órgano supremo del estado (XII 968c), podrán sus miembros completar las leyes y cambiar aquellas que sea necesario cambiar. En ese momento, el gobierno del intelecto y de la ciencia se encontrará por encima de la ley 107 . No obstante, dada la naturaleza humana, no es seguro que esto vaya a producirse algún día, pues es necesario que surjan esas naturalezas excepcionales que son tan escasas. Mientras tanto, lo mejor es atenerse completamente al imperio de la ley 108 . La posibilidad de que el gobierno filosófico vuelva a darse como se dio una vez en la Atenas que luchó contra Atlántida para defender la libertad de Europa es algo que queda en las manos de los dioses (IV 708e-709c). Las Leyes son, por tanto, un proyecto político abierto que realiza lo mejor posible la idea del bien en la comunidad y que puede aplicarse ya a la realidad 109 . Lejos de ser una expresión de la resignación del viejo Platón, son un vigoroso proyecto optimista 110 y abierto al futuro 111 .
IV. LA EDUCACIÓN EN MAGNESIA
En la República se dedica especial atención a la formación de los filósofos gobernantes. En las Leyes , la educación es una de las preocupaciones centrales del estado y se extiende a lo largo de toda la vida (cf. VII 806d-807d). Es necesario distinguir la educación como ciudadano 112 , de la específica que reciben algunos de ellos (cf. VII 818a) 113 . En el último caso, se trata, fundamentalmente, de la educación filosófica. La paideia era una de las notas distintivas de la cultura griega. En Atenas, aunque no era una institución asumida por el estado 114 , existían leyes que regulaban el funcionamiento de las escuelas de gramática y de los gimnasios, la cantidad de alumnos y la edad que debían tener los que asistieran, así como las horas de apertura (Esquines I 9-10). Fáleas de Calcedonia había visto en la igualdad de la educación un elemento tan importante como la igualdad de la propiedad para conservar la paz del estado 115 . Probablemente, esta idea fue la que llevó a Platón a darle a su proyecto educativo la relevancia que tiene. La participación de todos los ciudadanos en una educación básica común es un elemento de tanta importancia como la propiedad a la hora de garantizar la unidad y permanencia del estado proyectado. La educación se convierte así en obligatoria y general para los niños y los adultos (VII 804d), entendiendo la vida entera como inmersa en un continuo proceso educativo 116 . Además, el estado controla sus contenidos, que estarán destinados a lograr ciudadanos virtuosos y felices. Por último, la educación es gratuita, e. d., a diferencia de lo que sucedía en la ciudad griega, el estado asume el coste de la enseñanza 117 .
1. La educación de la juventud
Estos principios se reflejan en la forma que asume la organización de la educación. La tarea educativa para ser completa debe incluir tanto el cuerpo como el alma. El proceso comienza ya en el vientre de la madre la que deberá realizar movimientos que favorezcan el crecimiento sano del feto (VII 789b-d). Tras el nacimiento, durante los tres primeros años de vida los niños están sometidos a un sistema semejante. Las madres y las nodrizas deben llevarlos constantemente de un lado a otro. Esos movimientos no son sólo benéficos para el cuerpo, sino también para el alma, dado que ayudan a superar los sentimientos de temor (VII 790e-791c). Entre los tres y los seis años, los niños de cada tribu son reunidos en un grupo en el templo de la aldea y juegan bajo la supervisión de las nodrizas, que a su vez están bajo el control de una de las mujeres encargadas de los matrimonios (VII 794a-b). A partir de los seis años se separan los sexos y comienza la educación básica en las escuelas y gimnasios (794c-d). No obstante, ambos sexos deben recibir una educación semejante, especialmente en lo que concierne a las prácticas guerreras. Por lo demás, la instrucción básica sigue las líneas tradicionales de la griega 118 . Se divide en música y gimnasia. La educación musical incluye la lectura y escritura y nociones elementales de matemáticas 119 y astronomía (VII 817e), así como la literatura. Las matemáticas y la astronomía sirven no sólo para afinar la capacidad de razonamiento de los ciudadanos, sino que también son una introducción en los principios generales de la naturaleza y en la doctrina filosófica que sirve de fundamento al estado. La educación física estará dirigida a preparar buenos soldados. Aprenden, por tanto, a cabalgar, arrojar la jabalina, luchar con armamento pesado, etc. Asimismo, los jóvenes deben aprender a danzar con una finalidad tanto religiosa como guerrera (VII 796c). La formación en la danza tiene también un fin estético y ético: acostumbrar al individuo a las actitudes y acciones dignas y virtuosas (796c-d) 120 . El coro de las Musas mencionado en el segundo libro (664c) es un elemento esencial en la formación de los futuros ciudadanos. El entrenamiento a través de la danza perdura a lo largo de toda la vida. La danza también formaba parte de la instrucción de los niños griegos, con finalidades semejantes a las señaladas por Platón. Una parte de la educación consiste en la participación en los certámenes, tanto en las competencias atléticas como en las musicales. Ambas formas sirven para moldear el cuerpo y el alma.
2. La educación en la edad madura
Durante los años de madurez, los ciudadanos de Magnesia continuarán las prácticas y ejercicios gimnásticos, con la finalidad de mantener siempre preparada la defensa de la ciudad. El servicio en la guardia rural continúa la educación, puesto que enseña el conocimiento de las diferentes partes del estado en las distintas épocas del año y, para los jóvenes, representa la primera práctica en el desempeño de una magistratura, lo que implica adquirir conocimientos relacionados con la construcción y la arquitectura, con la administración de justicia, etc. Es ahora cuando la formación teórica adquirida durante la juventud comienza a tener aplicación práctica. También proseguirá durante este período la participación en los certámenes de la ciudad. Los coros y las competencias sirven para moldear el carácter de los adultos y mantener y reforzar su vida virtuosa (II 653d) 121 . Las mujeres interrumpen esta formación durante los diez años en los que están dedicadas a la gestación (VIII 833c-834a), período durante el cual también dejarán de participar en las acciones guerreras (VI 785b). La posibilidad de que luego vuelvan a retomar el servicio militar (785b), implica que, de una manera u otra, reciben algún tipo de educación militar incluso durante el período de interrupción 122 . También exige una educación especial el aprendizaje de los movimientos que debe realizar durante el embarazo y tras el parto para fomentar el crecimiento sano del niño. En el segundo libro (664c-d), el ateniense menciona dos coros, el de Apolo Peán (hasta los treinta años) y uno que incluye a los ciudadanos entre los treinta y los sesenta años, el coro dionisíaco que Clinias califica como un coro de ancianos (II 665b), probablemente pensando en sus integrantes mayores. Estos coros forman parte también de la educación para la virtud y están presentes en la ciudad de Magnesia. Platón adopta en las Leyes , como lo había hecho en la República , la institución doria de las comidas en común 123 , que, como en Esparta y Creta 124 , ha de servir para educar a los ciudadanos durante toda la edad madura. A diferencia de los estados dorios, Platón prescribe comidas en común también para las mujeres (VII 780d-781d), aunque, a lo largo de la obra, no llega a dar una legislación detallada que regule la institución.
3. La educación en la vejez
La educación ciudadana en la vejez adopta la forma del sympósion y de los coros dionisíacos, que también tienen la función de fortalecer la coincidencia entre la educación recibida respecto del placer y el dolor y la comprensión racional de la corrección de esos sentimientos. Es probable que las reuniones para beber en común se asemejen a la descrita en el Banquete . Un jefe sobrio ha de dirigir las conversaciones de los demás participantes y en él se elevarán también canciones en alabanza de la virtud y los dioses (II 664d-671a). Platón lleva a cabo una mezcla de instituciones espartanas (los tres coros) con la costumbre del sympósion , de gran aceptación en Atenas. Los miembros del coro de Dioniso deben convertirse en cantores de muy buen oído para los ritmos y la estructura de las escalas, para poder diferenciar las buenas y las malas imitaciones y, rechazando las unas y tomando las otras, poder encantar a las almas de los jóvenes (VII 812b-c). A pesar de la importancia que este coro posee y de que lo intengren miembros de la junta nocturna, el coro no se limita a ellos. De hecho, del coro están excluidos los mayores de sesenta años (II 664d), que formarán una parte importante de la junta nocturna 125 . Este coro integra de manera indiscriminada a todos los ciudadanos mayores y, por tanto, no es filosófica la educación que aquí se recibe, sino que debe considerarse dentro de los mismos parámetros de fomento de la virtud que tiene toda educación en la edad adulta. El texto de las Leyes es ambiguo respecto de sus integrantes. En el segundo libro se dan tres edades diferentes, entre treinta y sesenta años (664d, 665b), más de cuarenta (666b) y más de cincuenta (670b). Por último, en el séptimo se dice que lo constituyen ciudadanos de 60 años (812c).
4. El conocimiento filosófico en las «Leyes»
Las matemáticas y de la astronomía constituyen el fundamento cognoscitivo de la virtud de los ciudadanos (XII 967e), pero también son el primer paso para aquel que vaya a adquirir un conocimiento de los primeros principios (VII 818d). Con ellas, por tanto, se inicia el camino hacia la educación filosófica que han de recorrer hasta el final sólo unos pocos miembros de la comunidad (818a) 126 , la mayoría adquirirá únicamente los conocimientos necesarios para comprender los principios básicos que regulan el universo y sirven de fundamento a la legislación del estado. La educación filosófica es una educación personal que no puede ser establecida en un programa de una vez para siempre. Su plan de estudios no puede, por tanto ser fijado por escrito, puesto que depende de cada individuo, de sus capacidades y del momento específico en el que su maestro considere que puede acceder a ese conocimiento determinado (XII 968d-e) 127 . Es un conocimiento que se alcanza sólo por medio de un estrecho contacto entre el maestro y el alumno (cf. XII 968c; Carta VII 343e, 344b-c). De ahí que, con el consentimiento de los otros, cada anciano miembro de la junta introduzca a un joven, al que dirigirá personalmente (XII 961a-b).
No obstante, el plan educativo queda claro en sus grandes líneas. La formación de los miembros ha de culminar en el conocimiento dialéctico 128 . La instrucción de los miembros de la junta nocturna coincide, por tanto, con el plan de estudios que Sócrates describe en los libros centrales de la República 129 .
V. LAS LEYES Y LA REALIDAD HISTÓRICA GRIEGA
Las Leyes como proyecto político nacen en y se conciben para la realidad griega 130 . Es natural, por tanto, que se enfrenten a problemas semejantes a los que debían solucionar las ciudades estado y que, en muchas ocasiones, den también soluciones semejantes 131 . Tanto en las coincidencias como en las diferencias, dan testimonio de los amplios conocimientos que Platón poseía de la realidad política y jurídica de todas las ciudades estados pertenecientes a la cultura griega, así como de la de algunos pueblos cercano-orientales no griegos, como los persas 132 . Los estudios de la relación entre el estado platónico y la legislación positiva comenzaron hace más de un siglo y medio con los dos opúsculos de C. F. Hermann 133 que fueron continuados casi sesenta años más tarde por R. Dareste 134 . En este siglo sobresalen, entre otras, las contribuciones de W. G. Becker 135 , G. R. Morrow 136 , L. Gernet 137 , E. Klingenberg 138 , M. Piérart 139 y T. J. Saunders 140 .
Desde la Antigüedad han llegado noticias de que Teofrasto coleccionó las leyes de los estados griegos en veinticuatro libros y el mismo Aristóteles en la Constitución de los Atenienses organizó una exposición detallada de la situación política de la ciudad que implica un conocimiento de primera mano y un estudio sistemático de la documentación. No es ilógico suponer que también en la Academia existieran estas colecciones de material legislativo de los diferentes estados y, en especial, del estado ateniense 141 . Es probable que estuvieran destinadas al estudio de la realidad política y a la promoción de eventuales reformas. De hecho, el material elaborado por Platón muestra que tenía un acceso directo no sólo a las fuentes atenienses, sino a las de algunos otros estados griegos 142 . Platón puede haber extraído el conocimiento de la realidad histórica y constitucional de Atenas de las mismas fuentes que los atidógrafos y el Aristóteles de la Constitución de los atenienses 143 .
Sin embargo, la constitución que Platón esboza en las Leyes presenta claras e intencionales diferencias con los sistemas políticos imperantes. Con acierto se ha llamado la atención sobre el hecho de que las Leyes ofrecen en realidad una gran cantidad de material legislativo e institucional proveniente, principalmente de Atenas, Esparta y Creta, al que Platón a menudo ha reformado de manera sutil 144 . Los largos análisis que preceden la estructura legislativa y los diversos excursos a lo largo de la obra muestran las ideas centrales que han guiado la construcción del estado platónico: por un lado, someter el desorden anárquico, al que tiende la democracia radical que caracteriza a la parte inferior del estamento social, al dominio de una clase de magistrados que han de asegurar el imperio de la ley y, en última instancia, garantizarán por medio de su conocimiento la corrección de las normas imperantes; por otro, templar el poder de la magistratura a través de rigurosos mecanismos de control y haciéndola responsable de sus actos ante la ley y el pueblo. Como en la República (cf., por ejemplo, VI 499a-502c), conocimiento y consenso 145 serán, pues, los dos pilares básicos de la estructura del estado. Esta idea es la que ha dado lugar a lo que se conoció en la Antigüedad con el nombre de la constitución mixta 146 . Las consecuencias concretas de este principio se traducen en la alta profesionalidad del estado. Platón crea un entramado de magistraturas, algunas de ellas temporales y otras permanentes, unidas a requisitos estrictos para poder ser desempeñadas, y en las que concentra muchas de las funciones que en Atenas estaban asignadas a cuerpos no profesionales. Asimismo, no sólo convierte las decisiones de los magistrados en determinaciones colectivas del cuerpo, sino que las somete al control de los tribunales, a los que puede acudir el habitante penalizado, y otorga mayores poderes a la institución de la auditoría, creando un órgano que ha de controlar y examinar anualmente las actuaciones de los distintos cuerpos y magistrados concretos, haciendo públicos sus resultados. Las decisiones de ese órgano también están sometidas al control de los tribunales.
Además, mientras incorporaba las instituciones características de la polis griega como las tribus, las fratrías, las circunscripciones (dêmoi) y los clanes (génea) , tomaba una serie de medidas que, como ha señalado correctamente Jones 147 , tendían a debilitar su capacidad de decisión y su posibilidad de intervenir en los asuntos de estado representando facciones. La ciudad platónica es una ciudad altamente centralizada, cuya finalidad primera es mantener la unidad y la invariabilidad de la organización social.
El término nómos , que en su forma plural da el título al tratado, tiene en griego un campo semántico que supera en mucho a nuestra palabra ‘ley’. Originariamente significa ‘división’, ‘distribución’ y su uso se encuentra atestiguado a partir de Hesíodo (Los trabajos y los días , v. 276). Abarca significados tan diversos como ‘hábito’, ‘costumbre’, ‘ley’ y ‘aire musical’, ‘norma de conducta’, ‘regla para la acción’, etc. Todas estas significaciones están presentes en el uso de esta palabra en la obra de Platón y todas están entrelazadas entre sí para formar un conjunto coherente que estructura la obra de un extremo al otro. La noción de nómos adquiere una dimensión trascendente, religiosa, que hay que tener en cuenta en el momento de analizar su proyecto político.
1. Dimensión y organización espacial del estado
Las Leyes describen una ciudad de 5.040 ciudadanos (V 737e) 148 , cuyo diseño urbanístico está minuciosamente planificado tanto en lo que concierne al plan general como a los detalles relacionados con la construcción de edificios públicos, templos, muralla y casas privadas. Si se tiene en cuenta que cada ciudadano es un cabeza de familia con su mujer, hijos y esclavos y que en la ciudad se asentarán también extranjeros encargados del comercio y la artesanía, el número de habitantes oscilaría entre los 60 y 70.000 149 . Para valorar el tamaño de la ciudad de Magnesia hay que recordar que Atenas, la mayor ciudad de todo el mundo griego, llegó a tener alrededor 250.000 habitantes a mediados del siglo V y en la segunda mitad del IV a. C. 150 . El asentamiento del Pireo que proyectó y llevó a cabo Hipódamo de Mileto 151 en la primera mitad del siglo V era para 20.000 habitantes. En Esparta, existían entre 6.500 y 7.000 lotes (klâroi) 152 , en una estructura semejante a la planteada por Platón en las Leyes . No obstante, la situación en Atenas y Esparta era peculiar respecto del resto de las ciudades griegas. No hay que olvidar que de las casi 700 ciudades griegas existentes, la mayoría tenía entre 45 y 1.250 ciudadanos con capacidad económica suficiente como para adquirir el armamento necesario. El 54,7% de las póleis no llegaba a los 400 ciudadanos 153 . De todas maneras, las especulaciones teóricas parecen haberse realizado teniendo en cuenta ciudades de un tamaño mayor que el de la media. Entre 5.000 y 10.000 habitantes se consideraba el tamaño ideal de una ciudad 154 . Este número equivale a 500 y 600 casas, lo que muestra la magnitud del proyecto platónico, que decuplica esa cantidad. Una de las colonias más grandes fundada a finales del siglo VII , Agrigento, muestra, según los últimos datos arqueológicos, 4.000 casas dentro del perímetro de la ciudad 155 .
Platón no expresa claramente si la forma que ha de tener la ciudad ha de ser circular o de cuadrilátero 156 , tal como era la propuesta de Hipódamo 157 . Mientras algunos estudiosos han supuesto que la forma de la ciudad era circular 158 , otros han cuestionado esa interpretación 159 . En el centro de la región se encuentra la acrópolis circular amurallada con el templo de Hestia, Zeus y Atenea. A partir del centro se divide el espacio en doce regiones, cuyo tamaño estará determinado por la calidad de la tierra, con la finalidad de lograr una igualdad en cuanto al valor. En cada región habrá 420 hogares reunidos en una tribu, que ocuparán sus respectivos lotes, divididos en dos parcelas, una en la ciudad y otra en las afueras. La distribución del terreno se realizará de manera tal que la parcela más cercana al centro de la ciudad se encuentre unida a la más lejana en el campo y a la inversa 160 . Lo mismo que en el caso de las regiones, los lotes asignados serán de tamaño inversamente proporcional a la fertilidad del suelo (V 745b-d). En el centro de cada una de las doce regiones se encontrará un villorrio o aldea, con sus correspondientes plazas y templos (VIII 845c-d). El espacio central de la colonia está ocupado por la ciudadela con los templos y la plaza, a la que rodean dos zonas con diferente densidad en cuanto a la construcción y a la población: una, la de la ciudad y otra, la correspondiente a la campiña con sus aldeas. Desde el centro parten, como los rayos de una rueda, las doce subdivisiones de las regiones que incluirán, por tanto una parte del espacio urbano y otra del rural. La dimensión de las doce regiones y de las distintas parcelas no será semejante, porque estará determinada por la fertilidad del suelo.
Es evidente que en el proyecto platónico las tribus (phylaí) han de tener un carácter eminentemente regional. De la misma manera las aldeas (llamadas indistintamente kômai y dêmoi) muestran que la tribu sigue siendo la división fundamental, mientras que el dêmos , de una importancia capital en el orden político ateniense, queda convertido en una sección rural que en realidad ha de recibir a los miembros de la tribu y, hasta cierto punto, es equiparable a ella. La tribu será también la unidad fundamental en la formación de los diferentes contingentes militares. Es necesario subrayar que sus miembros se conocerán personalmente, lo que dará un grado importante de unidad al cuerpo de ciudadanos. Las tribus y las aldeas tendrán un dios común y un mismo centro cultual y sus miembros celebrarán comidas en común y servirán al estado en las funciones de defensa y de gobierno conjuntamente. Esto muestra que la unidad de la ciudad —un elemento fundamental dentro de la concepción política platónica— ha de depender sobre todo de estas instituciones, que desarrollarán por su propia dinámica una cohesión y una solidaridad muy estrechas. A pesar de algunas características novedosas (como puede ser la exigencia de que las mujeres celebren banquetes en común), estas instituciones son fundamentalmente griegas 161 . No obstante, es claro que, en la remodelación, Platón combina los criterios estrictamente regionales que habían predominado en Atenas a partir de la reforma de Clístenes con las costumbres más aristocráticas y espartanas basadas en la consanguinidad. Además, la tribu adquiere una preponderancia que en Atenas había perdido en favor de las circunscripciones, mientras que éstas últimas se convierten en un mero reflejo de la organización tribal. También se asemeja a la estructura de las tribus áticas después de la reforma de Clístenes (510 a. C.) por tener un número mucho mayor que las tres o cuatro tribus en las que se dividían tradicionalmente los estados griegos 162 .
Mientras que la división de la tierra en partes iguales y del lote asignado a cada ciudadano en dos, una parcela en la ciudad y otra para la producción agrícola, parece haber sido una costumbre común entre los griegos en la fundación de colonias 163 , hay otros aspectos claramente espartanos en este diseño de las Leyes . Como en el estado platónico, en Esparta los ciudadanos también eran poseedores de parcelas de tierra indivisibles e inalienables, tal como señalan Aristóteles (Política II 6, 1270 a19-21) y Plutarco (Vidas paralelas, Agis 5) 164 . Como era típico de toda constitución oligárquica, también existía una cantidad mínima de propiedad necesaria para ser ciudadano. También puede tener origen espartano la idea de suplantar la muralla de la ciudad por una muralla simbólica de casas (VI 778d-779b). Estrictamente platónica es la estrecha relación establecida entre ciudadanía y posesión de la tierra, de manera tal que no pueda alterarse nunca el número de ciudadanos 165 . La ciudadanía es un derecho de la familia. El padre, como su representante supremo, tiene el poder de determinar quién lo sucederá en el uso de los derechos de ciudadano. No existe un derecho de primogenitura, sino que es el cabeza de familia quien designa su sucesor según los méritos de los hijos (V 740b-c, XI 923c). Cuando no exista el hijo varón, el cabeza de familia tiene derecho a designar a su sucesor por medio de la adopción (XI 924a-b) o del casamiento (V 740c, XI 923e). La preocupación por mantener constante el número de ciudadanos hace no sólo que se prevean medidas como la fundación de colonias cuando el número de aquellos hijos de ciudadanos que no pueden acceder a la ciudadanía crece demasiado (V 740e), sino incluso la importación de nuevos habitantes, si llegara a decrecer su número (V 741a).
El sistema de propiedad de la tierra no implica, de esta manera, una propiedad privada estricta en sentido moderno. El ciudadano no puede disponer a voluntad de su parcela, no puede enajenarla a quien quisiere ni fragmentarla para disminuirla ni acrecentarla adquiriendo otros lotes o apropiándose de ellos por medio del matrimonio o de la herencia. Tampoco el estado puede apropiarse de la tierra de los ciudadanos, de manera tal que, cuando alguien es expulsado de la ciudad o muere sin dejar herederos su tierra tiene, que volver a asignarse a otra familia por medios en los que el estado sólo interviene a través de sus magistrados como una parte más que controla las decisiones o aplica lo que ha dictaminado el sorteo con la ayuda del oráculo de Delfos (IX 856d-e, 877c-d). Más aún, la confiscación por parte del estado se encuentra expresamente prohibida (IX 855a) 166 . Aunque se ha sostenido que el sistema de tenencia de la tierra descrito en las Leyes puede haber tenido sus antecedentes más cercanos en la Atenas de Solón 167 , los testimonios históricos más claros lo acercan a la situación imperante entre los dorios. La disposición platónica parece seguir más de cerca el sistema de posesión de la tierra de Esparta que el de Creta. El antiguo sistema espartano distinguía entre la tierra perteneciente a los ciudadanos y la de los periecos. El suelo de los ciudadanos se encontraba dividido en parcelas teóricamente iguales según su productividad que no podían ser vendidas ni enajenadas y estaban sometidas a un sistema de transmisión por herencia semejante al establecido por Platón para la colonia de Magnesia. No obstante, este sistema había prácticamente desaparecido en la época en la que se escriben las Leyes 168 . La tenencia de la tierra en Creta se diferenciaba del uso espartano en algunos aspectos de no poca importancia. En primer lugar, a diferencia de lo que solía suceder en la pólis griega, existía una cantidad considerable de tierra pública perteneciente a la comunidad y de una gran importancia para la economía del estado 169 . Por otro lado, a diferencia de lo que sucedía en Lacedemonia, el resto de la tierra estaba dividido primariamente entre las diferentes tribus, que, a su vez, asignaban parcelas de tierra a los jefes de familia. En el caso de Magnesia, aunque la tribu tiene un claro carácter regional, no tiene ninguna importancia en cuanto a la asignación de la tierra ni a la propiedad. El propietario primero es el ciudadano, mejor dicho la familia que está representada por el ciudadano.
2. Organización social
La población de la colonia se divide, como sucedía en el caso de todos los estados griegos, en habitantes libres y esclavos. Estos últimos pueden ser propiedad del estado o de los particulares. Los esclavos de los particulares tienen prohibidas y permitidas las mismas actividades que sus amos. En el caso de los esclavos de los ciudadanos, pueden ser utilizados por el estado para realizar obras públicas cuando sus dueños no los necesiten 170 .
Hay dos tipos residentes libres: por un lado, los nativos organizados en núcleos familiares bajo la tutela de un ciudadano y dedicados a la explotación de la tierra (V 743d, VIII 842c, XII 949e) 171 y, por otro, los extranjeros, metecos, a los que se les había reconocido el derecho a permanecer durante un largo período de tiempo (un máximo de veinte años, VIII 850a-b) 172 y que habitan en la ciudad ejerciendo una serie de profesiones importantes para su mantenimiento, pero que están prohibidas a los naturales: comercio y artesanado (VIII 846d, XI 919d-920a). Esas medidas tenían por finalidad impedir la acumulación excesiva de riquezas y hacer que el ciudadano se dedicara principalmente a participar activamente de la vida política. Es probable que haya aquí una inspiración de la constitución espartana, que también vetaba el ejercicio de tales profesiones 173 , aunque existía una tendencia general en las ciudades aristocráticas a tomar medidas semejantes, si bien no tan restrictivas. El comercio exterior se encuentra bajo un estricto control y están prohibidos el préstamo de dinero y la posesión de oro y plata 174 por parte de personas privadas 175 . Los artesanos se han de dividir en trece grupos, doce para las distintas aldeas y uno para la ciudad. Este último, a su vez, se divide en doce, uno probablemente para cada distrito urbano concedido a una tribu (VIII 848e).
Las limitaciones de todo tipo impuestas al comercio y a la adquisición de riquezas tienen por finalidad impedir la discordia, pero también facilitar una estructura social que fomente la unidad a través de la educación y de la participación social de la ciudadanía 176 . Para ello, Platón mantiene las estructuras tradicionales de la sociedad griega, pero debilitando fuertemente su capacidad disgregadora. Por un lado, otorga a la familia una función fundamental y fortalece aún más las atribuciones del padre, el ciudadano que ha sido sometido a una educación virtuosa y que se convierte, de esta manera, en la piedra angular de toda la organización social 177 . Por otro, aunque mantiene instituciones como la tribu, la fratría y la circunscripción, asume las reformas de la Atenas posterior a Clístenes, dándoles un carácter claramente regional y limitando aún más sus funciones administrativas, políticas y religiosas 178 . Estas reformas tienden a evitar las facciones y a someter a toda la sociedad de una manera más clara al imperio de la ley.
a) La familia .—La célula básica de la estructura social es la familia, encabezada por el padre que detenta el poder de administración de la propiedad familiar. Platón refuerza la significación de la familia por encima de lo que era habitual en la sociedad ática de su tiempo 179 . Mantiene, por un lado, sus funciones religiosas: la familia rinde culto a sus dioses ancestrales y a los antepasados muertos. El culto, tal como era la práctica común en Grecia, era presidido por el jefe de la familia que se lo transmitía al hijo que había elegido para sucederlo. Las medidas del estado tienden a asegurar la continuidad de la familia y su culto familiar. Además, goza de un fuero específico para juzgar los actos de violencia que suceden en su seno (IX 878d-e), así como las expulsiones de sus miembros deben ser justificadas ante una asamblea de los familiares (XI 929a-b). Asimismo, la ley de homicidio atribuye al pariente más cercano la obligación de llevar ante los tribunales al asesino (XI866a-b, 868a-b, 871a-c). No obstante, Platón es consciente de las dificultades que puede traer una vida familiar no controlada (cf. VI 780a) e intenta regularla en lo posible 180 . Las disposiciones relativas al derecho familiar siguen, por lo general, la práctica común del derecho ático 181 con algunas variaciones menores que ratifican la orientación general de las innovaciones introducidas por Platón: obligación de transmisión integral del lote al hijo elegido como heredero, con todo su equipamiento (XI 923d), acentuación del poder del padre sobre el hijo por medio de anulación del derecho de defensa propia por parte del hijo (IX 879b-d), etc.
El sistema de propiedad da lugar a una división de la sociedad según la cantidad de bienes que posee la familia, o, en el lenguaje platónico, el ciudadano. Esta división está dada no por la distribución de la propiedad agraria, sino por las propiedades que los ciudadanos aportan en el momento de ingresar en la colonia y la acumulación de capital que pudiere darse a lo largo de su permanencia en ella (V 744b, 744e-745a). La intención de esta medida es paliar las diferencias sociales que suelen desgarrar la unidad del estado. La fortuna mínima es el valor de la propiedad del lote otorgado a cada ciudadano con sus aparejos y propiedades y la máxima es cuatro veces ese valor. Todo lo que supere ese límite debe entregarse al estado o a los dioses. La infracción a esta disposición se castiga con la expropiación del excedente y una multa por una cantidad equivalente. El ateniense prevé una cierta movilidad social tanto en sentido ascendente como descendente en las cuatro clases, que han de tener públicamente registradas las propiedades que superen el valor mínimo (745a-b). Las clases tienen importancia para las magistraturas, los impuestos 182 , los honores y las distribuciones 183 . En cuanto a las magistraturas, la división en clases tiene sus consecuencias más significativas y más sutiles en la constitución del consejo en el que los más ricos tienen no sólo una representación proporcional mayor, ya que cada clase aporta el mismo número de miembros (90) de manera independiente del número de integrantes. Además, al hacer obligatoria la participación de los miembros de la primera y segunda clase en la selección de los candidatos y voluntaria la de las dos clases más bajas (VI 756b-e), Platón asegura un predominio de las clases altas en la constitución de un órgano vital para la administración del estado, ya que determina la naturaleza de la pritanía que ejerce en la práctica el poder ejecutivo y la representación del estado. Esta disposición es una innovación respecto de lo que se conoce de la realidad griega. En Atenas, el consejo no se constituía según las clases a las que pertenecían los ciudadanos, sino según las tribus 184 . Una vez asegurado el predominio, la división según la riqueza tiene un papel significativo en funciones como las de tesorero de templo 185 , guardia urbana 186 , guardia del mercado 187 y jueces de los certámenes atléticos 188 .
Distintos intérpretes han señalado la semejanza que guardan estas cuatro clases con las clases de la antigua constitución ateniense de Solón 189 . No obstante, para Platón la riqueza desempeña sólo un papel subordinado a la virtud en el caso de la asignación de las magistraturas. Es determinante únicamente en magistraturas de segundo orden, aunque establece un sutil equilibrio en el que le sería posible a la clase más rica hacer valer una cierta supremacía si sabe respetar el imperio de la ley. Esta es la apreciación que hace Aristóteles en la Política (II 6, 1266a 5-23) 190 .
b) La tribu .—Después de la familia, la institución más importante dentro del esquema es la tribu (phylḗ) , que es la única institución extendida por todas las ciudades estados y, por ello, probablemente la más antigua y la única que con certeza se remonta a una época anterior al asentamiento de los griegos en sus centros históricos 191 . Cada una de las tribus incluye 420 familias, reunidas en una región. La distribución del suelo y de las familias trata de buscar un equilibrio y alcanzar la igualdad en cuanto a la fertilidad de la tierra y a la riqueza mueble que posean las distintas tribus (V 745 b-d). Sus funciones son de tres tipos: administrativo, jurídico y religioso. En el primer caso, tiene importancia en cuanto a la ubicación social del ciudadano, cuyo nombre legal incluirá familia (nombre del padre), tribu y circunscripción (VI 753c) y en la guerra, puesto que cada una provee una compañía, guiada por un comandante (VI 755e). También desempeñan un papel administrativo relevante en la designación de los guardias rurales y sus comandantes (VI 760b-c) y en la de las mujeres encargadas de controlar la educación y el juego de los niños (VII 794 a-b). En el ámbito jurídico, las cortes de segunda instancia se integran también según las tribus, en forma similar a las cortes heliásticas en Atenas. En el plano religioso, cada una está estrechamente unida a una divinidad patrona a la que celebra una vez al año un festival en su distrito (VII 771d-e). El festival tiene por finalidad fomentar el conocimiento y la familiaridad entre los habitantes. En la administración, la organización tribal es la base de la elección de los intérpretes de la ley religiosa que se produce a través de tres grupos de cuatro tribus, de los que salen los nueve candidatos cuyos nombres son enviados a Delfos para la elección de tres, uno por cada grupo de cuatro tribus (VI 759d-e).
La tribu tiene una importancia menor que la que detentaba en la pólis griega. Se ha señalado que la intención de Platón coincidía en parte con la que llevó a Clístenes a reformar las tribus en Atenas: hacer imposible el surgimiento de clanes poderosos por los lazos de sangre que los unían 192 . Así como Clístenes dio a cada tribu un héroe epónimo, Platón pone a cada una bajo la protección de una divinidad patrona. Sus tribus son doce y no diez como las de Clístenes, pero no tienen funciones político administrativas de importancia, a diferencia de lo que sucedía en Atenas. No obstante, es claro que Platón se aparta aquí del esquema tradicional de esta antigua institución que se organizaba según dos modelos: el jónico-ático de cuatro tribus o el dorio de tres 193 .
c) Fatría, circunscripción, aldea .—Hay otras subdivisiones de una importancia fundamental en la estructura social griega como las fratrías y las circunscripciones (dêmoi) que incidentalmente aparecen mencionadas, pero que no tienen una clara definición a lo largo de la obra y cuya función no puede definirse con precisión. Las fratrías eran organizaciones de clanes con finalidades de tipo religioso y de gran importancia en la formación de los ciudadanos 194 . En Magnesia es probable que, siguiendo la práctica común en Grecia, no estuvieran organizadas según el principio territorial 195 . En las Leyes los hijos legítimos, tanto varones como mujeres, deben ser inscritos en la fratría, en un muro blanqueado, durante el primer año de vida y borrados al morir (VI 785a-b). La fratría se convierte así en una organización pública y no privada, como era en Atenas, en la que se registran los ciudadanos y que sirve para llevar el control de su edad y existencia.
La circunscripción tiene una función administrativa, ya que figura en el nombre legal del ciudadano (VI 753c). Morrow ha supuesto que, como sucedía en Atenas, eran subdivisiones de las tribus, presididas por un oficial (démarchos) y con considerable autonomía como en Ática 196 . Los dêmoi tendrían distintas aldeas, pero habría una aldea central de la tribu, mencionada en VIII 848c-d. Contrariamente, Jones identifica la circunscripción con la aldea y ha propuesto el mismo número de dêmoi que supone Morrow, 144 197 . A esta interpretación se opone claramente el pasaje del libro octavo (848c-d) que prevé la existencia de una sola aldea en el centro de la región ocupada por la tribu. No se conoce ningún caso en el que las tribus se hayan dividido en un número uniforme de circunscripciones. Ésta parece haber sido una innovación de Platón 198 .
3. La estructura del estado
En la estructura del estado es necesario diferenciar los cuerpos deliberantes —la asamblea, el consejo y la junta nocturna— de las magistraturas que cumplen las funciones ejecutivas. Platón describe el esquema del estado y no se detiene a especificar todas las posibles magistraturas, sino que deja abierta la posibilidad de completar la administración más tarde. No menciona, por ejemplo, ningún funcionario relacionado con las finanzas, un ámbito que en las ciudades griegas tenía especial importancia 199 . Tampoco especifica detalladamente algunas de las instituciones que nombra, como, por ejemplo, los superintendentes de emigración (XI 929d) 200 . Una de las características de las magistraturas de Magnesia es que los que vayan a ocuparlas deben superar, tras su elección, una prueba de aptitud 201 .
En el núcleo estructural del estado, las Leyes comparten con otras ciudades griegas una serie de instituciones, mientras que incluyen algunas innovaciones de importancia. Se encuentran presentes los tres elementos fundamentales de todo estado helénico: la asamblea, el consejo y las diferentes magistraturas. Estas últimas varían de ciudad a ciudad y en la obra platónica presentan también algunas peculiaridades de relevancia. Existe, además, una institución fundamental, la junta nocturna. El funcionamiento de los diferentes órganos de gobierno está planificado como para posibilitar un equilibrio de poderes, de manera tal que se realice la así denominada constitución mixta.
a) La asamblea .—La asamblea incluye a todos los ciudadanos que formen parte o hayan formado parte del ejército (VI 753b; cf. VI 764a). La exigencia de que los miembros de la asamblea participen o hayan participado en el ejército se diferencia claramente de la práctica ateniense de la época, donde tanto esclavos, como extranjeros y mercenarios habían formado en ocasiones parte del ejército 202 . No se especifica la periodicidad de sus reuniones, pero se puede deducir de algunos pasajes (VI 764a-b) que los magistrados las convocan y determinan también si es o no obligatorio el concurso de todos los ciudadanos 203 . Por lo general, están obligados a acudir los ciudadanos de la primera y segunda clase, a los que se castiga si no lo hacen, mientras que los de tercera y cuarta pueden, pero no deben, participar necesariamente. Esta disposición acerca este proyecto a las constituciones oligárquicas, ya que tiende a limitar la participación de las dos clases más bajas, un recurso que Aristóteles señala que se usaba contra el pueblo (Política II 6, 1266a8-14; cf. IV 13, 1297a125-19) 204 . A través de ella, se asegura una representación mayor de las dos clases más ricas en las magistraturas. Otra característica que acerca el proyecto a los sistemas políticos oligárquicos es la forma en la que la asamblea elige a los magistrados. Sus miembros proponen los nombres de los candidatos. La única excepción a esa regla la constituyen los oficiales del ejército. La elección de los comandantes de la caballería y de los generales se realiza según las propuestas de los guardianes de la ley. Los generales, a su vez proponen los nombres de los comandantes de escuadrones. Las elecciones se pueden realizar por medio de votos escritos (guardianes de la ley, VI 753c) 205 , a mano alzada (oficiales militares, VI 755d-756b, los guardias urbanos, VI 653d-e; los rurales, VI 763e; los directores de los coros y de los certámenes gimnásticos, VI 765b-c). En la mayoría de esos casos, la elección es un paso previo, una selección de los candidatos que en una instancia final serán determinados por un sorteo. El procedimiento muestra una clara intención de combinar los procedimientos democráticos con los oligárquicos, dejando al sorteo la última palabra, pero con una previa selección de aquellos que pueden participar en él 206 .
Además de esa función, la asamblea es la encargada de abrir y cerrar los procesos por crímenes contra el interés público (VI 767e-768a). La instrucción está a cargo de las tres magistraturas más importantes. El procedimiento adoptado en este caso difiere del que se aplicaba en la Atenas del siglo IV , donde esas causas eran tratadas por las cortes populares, aunque la asamblea era la que decidía la apertura del juicio y, en ocasiones, podía incluso juzgar ella misma 207 . Otras funciones que se atribuyen a la asamblea son la aceptación de los cambios en las leyes referidas a los sacrificios y las danzas (VI 772c-d) y la prolongación del permiso de residencia de los metecos que se hubieran distinguido por sus servicios a la ciudad (VIII 850b). Las funciones y poderes de la asamblea se encuentran muy disminuidos respecto de los que tenía en la Atenas clásica 208 . No es función de la asamblea, por ejemplo, la aprobación de las leyes.
b) El consejo .—Como era habitual en las ciudades griegas, aunque la asamblea era el órgano supremo del estado, existe una institución denominada consejo (boulḗ) formada por un número restringido de ciudadanos elegidos por un período de un año. El consejo de Magnesia consta de trescientos sesenta miembros 209 , noventa por cada clase que son elegidos por todos los ciudadanos. La elección se detalla en el libro VI (756b-e). Tiene lugar durante cinco días. El primero se proponen por escrito los nombres de los miembros de la clase más alta. Todos están obligados a participar de esta propuesta. El segundo se procede a la nominación de los candidatos de la segunda clase, de la misma manera que la anterior. La participación es obligatoria para todos los ciudadanos. El tercer día se presentan los candidatos de la tercera clase. La participación es obligatoria para los ciudadanos de las tres primeras clases, no así para los de la más baja. La cuarta jornada está dedicada a los miembros del consejo pertenecientes a la última clase. La participación es obligatoria para los miembros de la primera y segunda clase, no así para los de la tercera y cuarta. El quinto día se produce la elección de 180 nombres por cada clase, de entre los que se sortean los 90 correspondientes. La forma en que se produce la elección garantiza que las dos primeras clases, en especial la primera, tengan siempre asegurada una representación mayor en el consejo de las que le daría la mera representación proporcional. Además, la obligatoriedad de su participación en las candidaturas de las clases más pobres, fomenta la elección de aquellas personas que les sean más adictas, sobre todo si se tiene en cuenta que los candidatos son propuestos a título personal. No obstante, el poder que reciben las clases más ricas se encuentra limitado por la participación obligatoria de todas las clases en la postulación de las candidaturas de los miembros de las dos primeras clases. Es evidente la intención de lograr un equilibrio de intereses en el seno del consejo. Al no establecerse ninguna restricción a la reelección, lo más probable es que ese sistema terminara imponiendo un consejo con los mismos miembros o con pocos cambios en su constitución. Si bien el consejo ideado por Platón se diferencia de manera radical tanto del consejo de los cuatrocientos de Solón como del de los quinientos de la reforma de Clístenes, es evidente que hay rasgos que lo acercan más al consejo ateniense que a los consejos oligárquicos 210 . En especial, puede destacarse la intención de que todos los sectores de la ciudadanía se encuentren en él representados. Ya ha sido señalado más arriba que la constitución del consejo a partir de las clases y no de las tribus muestra la clara intención de Platón de limitar el poder de esas instituciones en el interior del estado 211 . De la misma forma que era habitual en Atenas y en otras ciudades griegas por su influencia, los asuntos cotidianos no eran administrados por el consejo, sino por una parte de él, la pritanía 212 . Éstas son doce y ejercen durante un mes la gestión cotidiana del gobierno (VI 758a-d).
Las prytaneîai convocaban las sesiones tanto del consejo como de la asamblea y se encargaban de las relaciones exteriores y el mantenimiento del orden interior. Es probable que también fuera el órgano encargado de supervisar las elecciones de los magistrados 213 . El consejo se diferencia en algunas funciones del ateniense, tal como lo conocemos. Platón no especifica si ha de determinar el orden del día de las sesiones de la asamblea, tal como sucedía en Atenas. Tampoco asiste a otros magistrados ni los supervisa, no vigila el estado de las fuerzas armadas ni se encarga de los edificios públicos, no investiga a los funcionarios al final de su año de mandato ni tampoco se afirma que lleve a cabo la vista preliminar en los casos de acusaciones por delito contra el interés público. Algunas de estas funciones o bien no eran necesarias en el estado platónico o estaban asignadas a otras instancias. El consejo de Magnesia tiene una posición subordinada frente al consejo de los guardianes de la ley.
c) Guardianes de la ley .— Los guardianes de la ley son el cuerpo supremo de magistrados, que supervisa y está en contacto con toda la administración de la ciudad. Sus 37 miembros tienen edades que oscilan entre los 50 y los 70 años (VI 754d-755b). Su período de funciones no puede superar los veinte años, dependiendo del momento en que hayan sido integrados al cuerpo. La primera elección que los habitantes de Magnesia llevan a cabo 214 se realiza en el templo más importante de la ciudad. En primer lugar se proponen los candidatos, escribiendo cada ciudadano el nombre del que sea a su entender el más apto, junto al nombre del padre, el de la tribu y el de la circunscripción a la que pertenece. El voto debe contener también los mismos datos del proponente. Los nombres de los candidatos quedan expuestos durante treinta días y el que quiera puede presentar objeciones contra quien quiera. Los arcontes exponen públicamente los trescientos candidatos más votados, entre los que se realiza una nueva votación para seleccionar a cien cuyos nombres son nuevamente expuestos públicamente. Una tercera votación sirve para elegir a los 37 definitivos (VI 753b-d). A diferencia de lo que sucede con otras magistraturas, aquí no interviene el sorteo.
Como cuerpo, los guardianes de las leyes tienen tres tipos de competencias, de control y supervisión, legislativas y judiciales. Sin embargo, la importancia fundamental de este cuerpo radica en que sus diez miembros más ancianos forman parte de la junta nocturna (XII 951d-e, 961a-b). Su función principal es asegurar el cumplimiento de las leyes. En ese campo, controlan la aplicación de las normas por parte de los magistrados 215 . También participan de las tareas de control de los guardias rurales, los urbanos y los del mercado (VIII 849e, XI 920a-c). Vigilan que los jefes de los guardias rurales hagan observar la necesaria disciplina a los miembros de los cuerpos (VI 762d). Colaboran con y eligen a las mujeres encargadas de controlar la reproducción en los matrimonios (VI 784b-c; VII 794b; XI 929e-930a, 932a-b). Asimismo, observan el respeto a las leyes por parte de los ciudadanos privados. Supervisan los registros de propiedad para que nadie posea más de lo que la ley permite y de lo que ha declarado (VII 754d-e). Junto con los sacerdotes y las sacerdotisas atienden que no se introduzcan nuevas clases de música y danza (VII 799b, 800a-b). Asistidos por los generales y los comandantes de la caballería regulan las importaciones y exportaciones con fines militares (VIII 847d). Colaboran con los directores de música y de atletismo (VI 772a) y asisten a los sacerdotes (VII 799b). Asesoran al director de la educación en el cumplimiento de sus tareas y comparten las decisiones acerca la música apropiada, actuando como censores (VII 801c-d, VIII 829d-e, 835a) y con él otorgan licencia para componer poemas y cantarlos en público (VIII 829c-d). Es probable que fueran los guardianes de la ley los encargados de llevar a cabo la prueba de los funcionarios electos 216 .
Las funciones legislativas son también de relevancia, puesto que el cuerpo debe hacer las leyes que fueren necesarias o reformar aquellas que no resultaren adecuadas (cf. por ejemplo VI, 770a-771e, 772a-d, 779c; VIII 828b, 834d-835a, 838a, 846b-c, 847d; IX 855d; XI 917e, 918a). En este aspecto es donde Platón se aparta quizá en mayor medida de la práctica habitual de su tiempo, ya que hace de los guardianes de la ley un cuerpo de funcionarios con poderes legislativos permanentes. En las ciudades griegas, estas funciones acostumbraban a ser encargadas o bien a una comisión de legisladores creada con ese fin o a una persona de prestigio aceptada por todos los sectores sociales, a la que se le encomendaba la redacción de una nueva constitución. En la Atenas de la época de Platón, la asamblea votaba anualmente si debían introducirse reformas en alguna ley o en grupos de leyes. En caso de contarse con el voto positivo, se formaba una comisión de legisladores para que elevaran juntamente con el consejo propuestas de reforma a la asamblea. Platón no prevé en ningún caso que la asamblea deba dar su aprobación a las leyes de los guardianes de la ley o que sus leyes deban estar sometidas a algún procedimiento de convalidación antes de entrar en vigencia 217 .
Existe una corte de justicia constituida por los guardianes de la ley que interviene en las causas de obstrucción a la justicia (XII 958a-b). También tienen competencias judiciales en el caso de las personas que posean más de lo declarado (VI 744e-745b, 754e-755a) y en los procesos que implican la pena capital (IX 855c). Actúan como corte de apelación cuando los ciudadanos no estén de acuerdo con las sentencias de los magistrados (VI 767e) y forman parte de los tribunales que eventualmente juzgan las infracciones de los auditores (XII 948a). Multan a los que se exceden en el boato de sus bodas (VI 775a-b) y a los que nos respetan las disposiciones concernientes a los funerales (XII 960a). Intervienen en algunos casos de matrimonios sin hijos y castigan con deshonra a los que no siguen las recomendaciones de las autoridades (VI 784b-c). Penan a los que se resisten a entregar al estado sus objeto privados de culto (X 910b-c). Son ellos los que deciden si determinadas infracciones religiosas deben ser castigadas con la muerte y actúan como magistrados instructores al formular la acusación (X 910c-d). Asisten al hijo en los casos de alienación mental del padre (XI 929d-e) y los tres guardianes de la ley más ancianos, junto con tres de las mujeres encargadas de controlar los matrimonios, castigan a los hombres menores de treinta y a las mujeres menores de cuarenta años que no cuidan adecuadamente a sus progenitores (XI 932a-c). Tienen potestad para encarcelar al que regrese del exilio antes de tiempo (IX 864e) y son los encargados de juzgar la aceptación o no de alguien que ha sido condenado al exilio durante un tiempo (IX 867e). Pueden castigar con la muerte al extranjero que retorne después de haber matado involuntariamente a otro (IX 866b-c) y al que se escapa a una pena impuesta por una autoridad (XII 958c).
Los guardianes de las leyes son también los encargados de nombrar a algunos funcionarios y ejercen ciertas competencias especialmente importantes. El director de la educación es un guardián de la ley (VI 766b). Son ellos los que conceden el permiso a los ciudadanos que deseen viajar al extranjero (XII 951a). Nombran a los encargados de los coros (VI 765a). Bajo su jurisdicción caen algunos aspectos centrales para la conservación del estado. Designan a los tutores de los niños cuyos padres hayan muerto sin designarlos (XI 924b) y, en general, caen bajo su jurisdicción todos los asuntos relacionados con las tutorías y el cuidado de los huérfanos (XI 924c, 926e). Junto a los sacerdotes y de acuerdo con la familia asignan el lote de aquel que haya muerto sin dejar herederos (IX 877c-d). Son los que expulsan al extranjero a la madre y a los hijos que una esclava ha tenido con su amo (XI 930d-e).
La institución de los guardianes de la ley o instituciones similares aparecen atestiguadas tanto en los testimonios literarios como en las inscripciones, especialmente en las de época helenística 218 . En los siglos V y IV a. C., parece haber contado con cierto favor en las ciudades más conservadoras, pero no en las democráticas. En Magnesia, los guardianes de la ley tienen competencias que en la ciudad griega solían atribuirse a diferentes magistraturas. Sus funciones en los festivales y certámenes religiosos se aproximan a las que poseía el rey en Atenas. Las relacionadas con el ejército los acerca a los reyes espartanos. Las tareas de supervisión de los guardias rurales son similares a las de los éforos. Sus actuaciones como instructores y fiscales se asemejan a las que poseían los seis legisladores atenienses (tesmothétai) . Otras competencias, como el cuidado de los huérfanos, la asignación de tutores, los asuntos relacionados con la familia y la propiedad, hubieran correspondido en Atenas a los arcontes 219 . No obstante, raras son las ocasiones en que los guardianes de la ley actúan solos, como lo hacían los arcontes. Generalmente, lo hacen como cuerpo o en grupos 220 . Platón puede haberse inspirado tanto en las instituciones espartanas como en el Areópago reformado por Solón, que según Aristóteles tenía la función de guardar las leyes y vigilar el respeto de la constitución (Constitución de los atenienses 8, 4) 221 . De todos modos, Platón plasmó una nueva institución que pasó a ser una de las piedras angulares de su estado.
d) Magistrados relacionados con la familia y la educación .— Existen unos magistrados femeninos encargados de vigilar las relaciones entre los esposos. Cuando se las menciona por primera vez ya aparecen como si se hubiera producido su elección. Su designación la hacen los guardianes de la ley. Su misión principal es cuidar el buen funcionamiento de los matrimonios y, en especial, que no descuiden su deber de procreación (VI 784a-c). También se ocupan doce de ellas, elegidas anualmente, de vigilar los juegos de los niños de tres a seis años y controlar a las nodrizas (VII 795b). Junto con los guardianes de la ley intentan recomponer los matrimonios desavenidos o, en caso de no ser posible, volverlos a casar con parejas más apropiadas (XI 929e).
La educación de los niños y jóvenes está dirigida por el encargado de la educación (VI 765d; XI 936a). Platón sostiene que es la magistratura más importante de todas. La significación que asigna a este funcionario puede observarse en el hecho de que al asumir el cargo pasa a ser miembro de la junta nocturna para el resto de su vida. También decide qué joven entre treinta y cuarenta años debe acompañarlo a las sesiones (XII 951c-952a), con lo cual la representación en el órgano supremo está determinada en gran parte por los magistrados que ocupan u ocuparon este cargo. El magistrado debe ser mayor de cincuenta años y padre de hijos legítimos, en lo posible de hijos e hijas. Tiene que ser el mejor de la ciudad en todo. Pertenece al cuerpo de guardianes de la ley y es elegido por todos los magistrados, excepto los miembros del consejo, en el templo de Apolo por medio de voto secreto. El que obtenga la mayor cantidad de votos se somete a una prueba de idoneidad que le toma el resto de la magistratura, menos los guardianes de la ley. Su período dura cinco años y no hay reelección (VI 765d-766c). Tiene potestad para designar a todos los funcionarios que necesite para desempeñar su cargo (VII 813c-d). Determina los contenidos de la educación (cf. VII 817d-e, 813a-b), junto con los guardianes de la ley y los jueces de los certámenes organiza los certámenes corales (VIII 835a) y tiene competencia de censura en el caso de las composiciones literarias que han de presentarse en público (XI 936a-b). La magistratura que se aproximaba más a la propuesta por Platón es la del supervisor de la educación (paidonómos) en Esparta y en algunos otros estados oligárquicos. En Esparta y Creta, la misión de ese funcionario parece haberse limitado a organizar los grupos de jóvenes y a controlar su conducta. En Creta, además, parece haber habido más de un oficial con ese nombre, de manera que no tendría la misma posición que el propuesto por Platón. En ningún caso, los magistrados correspondientes tenían la significación dentro del aparato del estado que les asigna aquí el filósofo ateniense.
Junto al educador de la ciudad existen otros magistrados relacionados con la educación y que se distinguen en dos tipos: unos están encargados de controlar el orden y estado de las escuelas y gimnasios, así como las cuestiones relacionadas directamente con los contenidos de la educación y la asistencia de los niños a clase. Los otros deben supervisar los certámenes gimnásticos y musicales. Hay un sólo tipo de funcionario para los primeros, mientras que en el caso de los juegos musicales son diferentes los que controlan los de música monódica y los de la música coral (VI 764c-d). Los jueces de los certámenes gimnásticos son elegidos entre los miembros de la segunda y tercera clase en una asamblea a la que tienen obligación de concurrir los miembros de las tres clases más ricas, mientras que los de la cuarta tienen el derecho, pero no la obligación de hacerlo. De entre los veinte más votados, se eligen tres por sorteo (VI 765c-d). La responsabilidad de controlar los distintos certámenes estaba en Atenas en manos de los magistrados encargados del festival correspondiente 222 . También habría que incluir dentro de estas magistraturas a las que ejercen los arcontes, mujeres y hombres, encargados de controlar y organizar las comidas en común de los ciudadanos de Magnesia (VII 806d-807a). Las tareas de la enseñanza básica se confían a maestros extranjeros.
e) Autoridades religiosas 223 .—Dos son los tipos de magistrados religiosos más relevantes: los auditores y los intérpretes. Los primeros también tienen una función política y administrativa de mucha importancia 224 . Los segundos tienen como tarea principal la interpretación de las leyes sagradas provenientes de Delfos (VI 756c) y comparten con las otras magistraturas la tarea de defender y propagar la virtud en la ciudad (XII 964b-c). Su elección es descrita en un pasaje de difícil interpretación (VI 759d-e), pero que, siguiendo el texto de Burnet, entiendo de la siguiente manera 225 : grupos de cuatro tribus proceden a elegir una terna de tres candidatos, cada una por separado. En una segunda votación, vuelven a escoger, separadamente, un candidato. Una tercera vuelta selecciona tres candidatos de los cuatro. Los tres grupos de cuatro tribus han elegido así nueve candidatos. A continuación, los elegidos son sometidos a las pruebas de aptitud y se los envía a Delfos para que el oráculo designe uno por cada terna 226 . Como se trata de un cargo vitalicio, sólo a la muerte de un intérprete, se volverá a repetir el proceso, eligiendo nuevamente el grupo de cuatro tribus al que perteneciera cuatro candidatos, de entre los cuales la asamblea elegirá tres que se enviarán a Delfos para que el oráculo designe uno. En Atenas y Eleusis, existían en el IV a. C. varios magistrados que llevaban el nombre de intérpretes, pero poco es lo que se sabe acerca de sus funciones 227 .
Los templos y los recintos sagrados son propiedad de los dioses, así como la tierra cultivada que les pertenece. La administración de estos bienes, verdaderas unidades económicas, estaba asignada a funcionarios especiales en los estados griegos. En la ciudad platónica, tres tesoreros para los templos mayores y dos para los menores son los funcionarios encargados de administrar tanto el tesoro como la producción de la tierra adscrita al templo. Sólo los ciudadanos de la primera clase pueden ocupar el cargo durante un año. La forma de elección y la prueba de aptitud son las mismas que para los generales (VI 759e-760a) 228 . Cada templo posee un número de sacerdotes y sacerdotisas. Algunos cargos sacerdotales son hereditarios, mientras que otros son anuales y sus ocupantes se eligen por medio de un sorteo (VI 759a-c). Su función es controlar el orden en las áreas de los templos (VI 759a-b), llevar a cabo sacrificios (cf. X 909d-e) y actuar como jueces en los casos en los que los extranjeros se vean envueltos en procesos por haber cometido o sufrido alguna injusticia (XII 953b). Los requisitos para poder ocupar el puesto son no poseer discapacidad física, ser hijo legítimo, estar libre de mancha de asesinato o de poluciones religiosas semejantes y tener un padre y una madre que estén igualmente puros de tales pecados (VI 759c), condiciones similares a las vigentes en las ciudades griegas de la época. Por último, los santuarios contaban con cuidadores, personal subalterno que cumplía diversas tareas de mantenimiento y asistencia en las áreas sagradas, semejantes a los que existían en demás estados helenos.
El texto de las Leyes menciona también otras autoridades religiosas sin dar mayores detalles acerca de su elección y funciones, los adivinos, que establecen el calendario religioso junto con los guardianes, los sacerdotes y los intérpretes (VIII 828b) y, con los intérpretes, determinan los ritos y los dioses a los que deben dirigirse las plegarias en los casos de homicidio (IX 871c-d). El resto de los magistrados también debía cumplir funciones religiosas, ya que diariamente uno de ellos tenía que realizar un sacrificio a un dios o un espíritu (daímon) en nombre de la ciudad, sus habitantes y sus propiedades (VIII 828b). Se trata de una función similar a la que conservaban aún los reyes espartanos y el rey y otros funcionarios en Atenas 229 .
f) Magistrados para el mantenimiento del orden público .—Las doce tribus aportan un contingente de guardias rurales, consistente en cinco comandantes a cuyas órdenes se encuentran sesenta jóvenes entre veintinco y treinta años, divididos en compañías de doce hombres (VI 760b-c). El servicio en la guardia rural dura dos años. A cada uno de esos grupos se le asigna por sorteo una de las doce partes en las que ha sido dividido el campo, la que vigilan durante un mes. Los cuerpos de guardia van rotando a lo largo del año en la dirección de las agujas del reloj. El segundo año cambian la dirección de la rotación con la finalidad de conocer también cada región en diferentes estaciones. La misión principal de esta guardia es cuidar la seguridad de los habitantes de los distritos rurales, impidiendo una invasión exterior. Para ello, construyen fosos y levantan fortificaciones (VI 760e). También asumen tareas de vigilancia y control de las carreteras (761a), procuran un regadío correcto de las zonas cultivadas (761a-b) y se ocupan del buen estado de los gimnasios y baños públicos (761c-d). Además de las funciones de mantenimiento de las zonas rurales, los guardias tienen importantes tareas de control del orden público en sus distritos. En especial, son los encargados de vigilar el respeto a las leyes agrícolas (VIII 842e-845e). También están encargados de recibir las declaraciones de los ciudadanos sobre la magnitud de la cosecha y transmitírsela al gobierno para la fijación de los impuestos (XII 955d). Además, determinan cuántos y qué tipo de artesanos se necesitan en cada región (VIII 848e). Por último, como los otros magistrados encargados del orden público, tienen ciertas facultades administrativas y judiciales para resolver casos que no superen las tres minas de valor (VI 761d-e; VIII 843d; IX 873e). La magnitud de la guardia rural y las características de su servicio, la convierten en un verdadero servicio militar que los ciudadanos jóvenes deben ofrecer a la comunidad. Platón reforma así ciertas instituciones educativas de los espartanos y los cretenses, ya que organiza los grupos de jóvenes ciudadanos y guerreros típicos de las sociedades dorias en escuadrones que cuidan fundamentalmente el buen funcionamiento de la retaguardia de la ciudad. Los espartanos elegían a los mejores jóvenes y los enviaban al campo para que impidieran las rebeliones de las poblaciones sometidas. Platón pone en relación la institución de los guardias rurales con esta policía secreta espartana (krypteía , VI 763b), lo que muestra a las claras que nos encontramos ante una adaptación de una institución doria.
De esta manera, eleva la presteza militar de la ciudad, creando una especie de gendarmería permanente (cf. VI 761d-e). La forma de vida que adoptan y la finalidad explícita de algunos procedimientos puede considerarse también un perfeccionamiento de la educación militar 230 . No hay que olvidar, como ha señalado Morrow, que este período educativo termina a la edad de treinta años 231 .
Los guardias urbanos son tres y se los elige por sorteo de una lista de los seis candidatos más votados. Sólo los miembros de la primera clase pueden ejercer esa magistratura. Su misión es controlar que se respeten las líneas de propiedad, e. d., que las construcciones de los edificios no invadan los espacios públicos, y que los habitantes mantengan en condiciones sus casas. Dentro de esas funciones tienen ciertas competencias judiciales y el cuerpo puede constituirse como corte de justicia. De esta manera, pueden juzgar conjuntamente con los guardias del mercado las infracciones hasta un valor de 200 dracmas (VI 764b-c). En las disputas entre los artesanos y los ciudadanos por las obras realizadas su jurisdicción llega hasta los 50 dracmas (VIII 847b). Cada uno se hace cargo de cuatro de las doce secciones en que está dividida la ciudad (VI 763c, 779c). Tienen una misión semejante a las que tenían en Atenas y otras ciudades griegas 232 , ocupándose también de la limpieza de las calles y de que no se dañen los edificios y fuentes, así como de la reparación de los daños ocurridos y la recolección de agua de lluvia (VI 759a, 764b). A estas funciones se añaden las de mantenimiento del orden público (VI 764c; VIII 879e, 881c; XI 935b, 936c, etc.). También deben vigilar que los artesanos ejerzan sólo un oficio (VIII 847a) y reglar las disputas entre ellos hasta una suma de 50 dracmas (VIII 847b), así como los litigios por una suma mayor en las que estén involucrados extranjeros de paso por la ciudad (XII 953b).
Los guardias del mercado son cinco 233 , elegidos también por sorteo de una lista de diez candidatos pertenecientes a la primera y segunda clase. Su jurisdicción comprende la plaza, sus templos y fuentes. Además de cuidar el orden en el ágora, deben hacerse cargo de poner en vigencia las regulaciones propias del mercado, como asignar los lugares para la venta de la mercancía (VIII 849e), controlar la corrección del comercio que tenga lugar en la plaza (XI 917b-e, 920b-c), y procurar que los ciudadanos lleven al mercado la porción de sus productos que deben vender a los no ciudadanos (VIII 849a). Juntamente con los guardias urbanos son los encargados de controlar a los extranjeros que se encuentren en la ciudad 234 .
g) Organización del ejército .—El ejército de Magnesia consta de tres cuerpos: hoplitas, caballería e infantería ligera (arqueros, etc.). Como en el caso de Atenas, los comandantes supremos son generales, elegidos por la asamblea organizada según el cuerpo al que pertenece cada uno de los ciudadanos y a propuesta de los guardianes de la ley. Los tres candidatos con más votos son declarados generales 235 . Platón no menciona la duración de la magistratura ni existen limitaciones explícitas a su reelección 236 . Sus funciones principales consisten en la supervisión de los asuntos militares (VI 755d), el control —con la asistencia de los prefectos de caballería— de las importaciones y exportaciones relacionadas con materiales bélicos (VIII 847d), la recepción, junto con los prítanes, de los enviados extranjeros (XII 953b). Sus funciones son de menor significación que las que poseían los generales atenienses. En Atenas, el generalato era una de las magistraturas más importante, ya que eran los únicos magistrados que acompañaban al consejo en sus deliberaciones y se elegían no por sorteo, sino por votación.
Los generales proponen doce jefes de compañía de los hoplitas, uno por cada tribu. La elección la hacen los hoplitas. También los dos prefectos de caballería son elegidos por el arma a propuesta suya. A sus órdenes estarán los comandantes de los escuadrones, probablemente uno por cada tribu 237 . Los oficiales de los arqueros y el resto de la infantería ligera son designados por los generales. Salvo en el último caso, en el que los oficiales no eran elegidos por la asamblea, sino nombrados por los generales, cualquier ciudadano tenía derecho a proponer un candidato diferente de cualquiera de los candidatos presentados y la asamblea decidía en una votación previa, cuál de las candidaturas se aceptaba. Las elecciones se realizaban a mano alzada 238 .
h) Los tribunales de justicia .—Todos los magistrados tienen competencias judiciales limitadas tales como aplicar multas y castigos hasta una cierta cantidad 239 . De ahí que el ateniense sostenga que el magistrado es juez en algunos aspectos (VI 767a). A diferencia de lo que sucedía en Atenas, en el estado de los magnesios, los jueces son también magistrados (767b). La mayor jurisdicción de los magistrados —en algunos casos, como el de los guardias rurales, hasta diez veces lo habitual en Atenas— muestra la tendencia a recortar las atribuciones de los tribunales de justicia y aumentar el poder de las magistraturas, incluso si, siguiendo una práctica común en Atenas, éstas deben actuar generalmente como cuerpo 240 . En este aspecto, el estado platónico sigue una tendencia claramente oligárquica 241 .
Sin embargo, los tribunales de Magnesia intentan preservar el principio de la participación ciudadana en la administración de justicia que caracterizaba a la polis griega y, en especial, a la democracia ateniense 242 . La reforma se basa, en primer lugar, en la buena educación de la que participarán todos los ciudadanos y en unas rigurosas pruebas de aptitud que deberán superar sus miembros (IX 876c) 243 . En segundo lugar, los tribunales tendrían a su disposición todo el tiempo necesario para revisar los casos sobre los que debían decidir, premisa necesaria para evitar los errores que se daban en el sistema judicial ateniense, donde las cortes heliásticas ejercían de manera tumultuosa, apresurada y caótica 244 . Platón distingue dos tipos de causas, públicas y privadas, que son tratadas por dos tipos de tribunales. Las acusaciones por crímenes contra el interés público siguen un mecanismo similar al ateniense. Estos procesos se iniciaban sobre la base de una denuncia contra alguien por haber dañado al pueblo. La aceptación a trámite y la sentencia queda en manos de la asamblea, mientras que la instrucción la llevan a cabo tres magistrados elegidos por común acuerdo del acusador y el acusado o, en caso de no haber acuerdo entre las partes, por el consejo (VI 767e-768a) 245 . Existe también una serie de crímenes que el derecho griego consideraba públicos y que implicaban la pena de muerte. Para ellos, el ateniense instituye un tribunal especial constituido por los guardianes de la ley y el tribunal de los magistrados del año anterior elegidos por su virtud (VIII 855d-e, cf. infra , págs. 110s.). El modelo de este tribunal podría encontrarse en el Areópago que conservaba en el siglo V aún jurisdicción sobre algunos asuntos religiosos 246 .
En el caso de las causas privadas, las instancias familiares desempeñan un papel que supera al que poseían en Atenas, por ejemplo 247 ; aunque la característica más destacada es el sistema de control de las cortes entre sí, que establece tres instancias: tribunales de circunscripción 248 , tribunales tribales (VI 762b, 768b-c; VIII 846b,847b; XI 915c,920d, 921d; XII 956c) y una corte suprema de jueces electos (VI 767b-e; XII 956d).
Los tribunales de circunscripción o de primera instancia están constituidos por un panel elegido por los dos partidos en litigio de entre sus vecinos y conocidos. Este tribunal actúa en principio como mediador, intentando encontrar una solución que satisfaga a ambos partidos. En esto sigue una práctica común en la ley ateniense, que procedía a designar por sorteo un árbitro que mediara entre ambas partes 249 . Si esto es imposible, se produce un veredicto. La elección de los jueces tendrá que estar guiada por el conocimiento no sólo de los litigantes, sino también de la problemática (VI 766e-767a), tal como lo muestra el caso de la venta de esclavos enfermos, en los que el tribunal deberá estar constituido por médicos (XI 916a-c). Los tribunales de segunda instancia o tribunales tribales son los que más se asemejan a los tribunales heliásticos atenienses 250 . Son los que garantizan la participación de los ciudadanos en la administración de justicia, uno de los requisitos indispensables para que surja un sentimiento de compromiso con el sistema político, según los griegos (VI 768b). Estas cortes tienen jurisdicción sobre toda la ciudad, de ahí que se las denomine «cortes comunes» (VI 762d; VIII 846b, 847b, etc.). Su organización está basada en las tribus, tal como sucedía en los tribunales atenienses 251 . Platón incorpora así una de las instituciones más características de la democracia, aunque limita su poder haciendo sus decisiones apelables. A estas cortes pueden recurrir a su vez aquellos que consideren injusta la sanción de un magistrado.
El tribunal de tercera instancia, o tribunal de jueces electos por votación, es una especie de corte suprema de justicia 252 a la que pueden recurrir todos los ciudadanos que consideren injusta las decisiones de las dos instancias anteriores. A diferencia de éstos, esta corte está constituida permanentemente y se encuentra integrada por magistrados, uno por cada cuerpo —ya sean esas magistraturas anuales o de mayor duración (VI 767c)—. Los magistrados se reúnen el último día del año en un templo y cada cuerpo elige al que sea, a su entender, el más capaz de resolver durante el año que comienza de la manera más justa y pía los litigios de los ciudadanos. Los así seleccionados deben pasar una prueba de aptitud, en caso de que alguno no la supere, se elige a otro de la misma forma. Es evidente la intención de contar con magistrados experimentados en todos los ámbitos, verdaderos funcionarios especializados, como último recurso al que pudieran acudir los litigantes y los condenados. No existe un ejemplo similar en la realidad de las ciudades estado griegas. La renovación anual de sus miembros impide que ningún grupo se consolide en una posición de poder incontrolada 253 . El proceso de selección por votación es una característica no democrática. Aunque esta corte debe ser todo lo incorruptible que sea posible para la naturaleza humana (VI 768b), sus miembros también pueden ser acusados ante los guardianes de la ley, si alguien piensa que el veredicto es injusto (VI 767e).
Existen algunos tribunales que no están formados de la misma manera que los de primera instancia, pero que en principio parecen corresponderse con ellos, aunque no están formados por jueces elegidos por los litigantes ni se menciona la posibilidad de recurso. Su característica principal parecería ser el conocimiento específico que pueden poseer del tipo de falta cometida. A este grupo pertenecen los tribunales que juzgan a los que no se han comportado valientemente en campaña o han desertado. Las denuncias se realizan a los comandantes y el juicio lo lleva a cabo el cuerpo al que pertenece el acusado (XII 943a-b). También existen tribunales familiares que resuelven los casos de desavenencias entre los miembros de la familia (IX 878d-e; XI 928d-929e). Las heridas infligidas por los hijos a los padres y las lesiones involuntarias son juzgadas por un tribunal de ciudadanos mayores de sesenta años (IX 878e, 879b) 254 . Los 101 ciudadanos más ancianos juzgan a los hombres de más de treinta y a las mujeres de más de cuarenta que descuidan a sus padres (XI 932c). Por último, un tribunal de los que se han destacado en la virtud juzga a aquellos ciudadanos que practiquen el comercio (XI 919e).
i) Auditores .—En prácticamente todas las ciudades estado de la Grecia clásica, los magistrados debían someterse a una auditoría al terminar su período. Platón generaliza esa práctica, sometiendo de manera sistemática y pública a todos los funcionarios del estado a una rendición de cuentas 255 , que no ha de limitarse a considerar si han cometido un desfalco, sino que se extenderá a toda posible infracción que hubieren podido cometer en su período de ejercicio. Se trata de un cuerpo con atribuciones estrictamente judiciales. Por otro lado, los auditores adquieren una significación en el aparato del estado que los coloca a la misma altura o por encima de los mismos guardianes de la ley. A diferencia de éstos, el control de la actividad de los magistrados se realizará una vez terminado el ejercicio de sus funciones y no tendrá carácter permanente. Los resultados de sus auditorías hacen públicos y pueden ser recurridos por los magistrados afectados (946d-e). Sus competencias jurisdiccionales llegan hasta la aplicación de la pena de muerte. Ellos mismos se encuentran sometidos a un tribunal compuesto por los guardianes de la ley, los auditores en ejercicio y los ya retirados, así como los jueces electos al que puede acudir el que hubiere observado en alguno de ellos una conducta irregular en el desempeño de sus funciones (XII 947e-948a).
Cada año, la asamblea elige tres ciudadanos entre los cincuenta y los setenta y cinco años, ordenados según el número de votos recibidos, con excepción de la primera elección, en la que se eligen doce miembros del cuerpo. Para llevar a cabo la elección, la asamblea se reúne en el solsticio de verano en el templo de Helios y Apolo y cada uno propone al ciudadano que le parezca reunir los requisitos, excluyéndose a sí mismo. De todos los candidatos que hayan recibido votos se somete a una segunda votación la mitad. Se procede de la misma manera en las sucesivas ocasiones hasta que queden los tres candidatos más votados (XII 945e-946c). Los auditores son considerados los hombres más virtuosos de la ciudad y viven durante el período en que ejercen sus funciones en el precinto de Helios y Apolo. Presiden los festivales, son enviados a las celebraciones panhelénicas y actúan como sacerdotes de Helios y Apolo. También tienen derecho a llevar coronas de laurel y olivo 256 . El año lleva el nombre del auditor que ese año ha obtenido el mayor número de votos y que ejerce como sacerdote supremo de Apolo (947a-b) 257 . Cuando mueren son enterrados con todos los honores y se les rinde culto como a héroes (947b-e). Todas esas prerrogativas muestran que se trata quizás de la magistratura más importante en la ciudad.
j) La junta nocturna .—Al final del diálogo (XII 960c-969d), el ateniense propone confiar la ciudad a una institución (969b), a la que compara con la cabeza, el alma y el intelecto (961d, 964e, 969b) 258 y que también llama ancla del estado (961c). Tal como dejan entrever estas metáforas, tiene por misión fundamental la conservación del estado virtuoso de la ciudad y el control tanto del respeto a las leyes, como de la adecuación de éstas a su función principal, promover la virtud 259 . Este órgano supremo del estado 260 ha de sesionar diariamente al alba, antes del amanecer (XII 951d), de ahí su nombre de junta nocturna 261 . Está integrada por cinco tipos de miembros de pleno derecho:
—los diez guardianes de la ley más ancianos;
—los auditores y, quizás, alguna otra clase de funcionario que haya sido distinguido por la ciudad;
—el educador y los que lo precedieron en esa magistratura;
—los ciudadanos que hayan viajado al exterior y que la junta haya considerado, tras examinarlos a su regreso, dignos de formar parte del organismo;
—otros ciudadanos que se hayan distinguido por su virtud.
Cada uno de estos miembros ha de acudir acompañado de un joven mayor de treinta y menor de cuarenta años que él considere apto y al que deberá haber aprobado la junta. Los jóvenes participarán de las sesiones hasta que lleguen a los cuarenta años, cuando deberán abandonar la junta.
Su función práctica principal es la mejora permanente del cuerpo legal de la ciudad. Para ello analiza las leyes de otros estados sobre la base de los informes que presenten los ciudadanos enviados al extranjero con ese fin (XII 951c-d) 262 . Por otro lado, el cónclave estudia e investiga aquellas ramas del saber que contribuyan a profundizar el conocimiento y mejorar las leyes, e. d. se dedican a cultivar el conocimiento filosófico (963a-968b). De esta manera, la filosofía 263 que practica es el fundamento de la legislación 264 y sirve de garante para completar la legislación esbozada en las Leyes o adaptarla a la realidad cambiante (cf. VII 770a-771a, 772a-d; XII 957a). También tiene como misión importante la formación filosófica de los jóvenes elegidos que serán en el futuro los gobernantes supremos del estado. 265 En las sesiones de la junta, la decisión se encuentra en manos de los ancianos, mientras que los jóvenes sólo participan de las deliberaciones, aprenden y sirven de correa de transmisión con el resto de la ciudad, informando acerca de la situación y vigilando el respeto a las leyes (XII 951e-952b, 964e-965a).
VI. LA FORTUNA DE LAS LEYES
Describir la recepción que ha tenido la obra a lo largo de la historia exigiría por sí solo un estudio especial. Su influencia abarca tanto la filosofía como la educación, la ciencia política, la literatura, sin faltar los intentos de poner en práctica los principios que son el fundamento del proyecto. Hay quien con las Leyes en mente ha sostenido, parafraseando una famosa frase de Whitehead, que la jurisprudencia occidental no es sino una serie de notas a pie de páginas de la obra de Platón 266 . Lo que sigue no es sino una selección limitada y arbitraria de la pervivencia de algunos aspectos.
1. Influencia teórica
La recepción de las Leyes comienza muy temprano en el círculo académico. Aristóteles 267 discute en profundidad las ideas expresadas en el diálogo en el segundo libro de la Política (II 5, 1264b26-6, 1266a30) 268 , que algunos autores consideran contemporáneo de la obra de Platón 269 . La recepción aristotélica no se limita, por cierto, a esa crítica, ya que las referencias y alusiones al diálogo se encuentran a lo largo de todo el tratado y la influencia de la obra es fundamental en toda la Política 270 . De todas maneras, no puede afirmarse con certeza que Aristóteles haya leído todo el tratado y hay quienes, sobre la base de la arbitrariedad e inexactitud de algunas de sus observaciones sostienen que, efectivamente, sólo lo conoció de manera parcial 271 . La imagen que ofrece Aristóteles tuvo una gran importancia en la historia de la recepción en la Edad Media tardía y el Renacimiento a través de los numerosos comentarios a la Política 272 . Mas los rastros de la influencia de las Leyes en el pensamiento aristotélico no se limitan a ese tratado. Tanto la Ética eudemia como la nicomáquea muestran profundas huellas del último Platón, en especial en la concepción de phrónēsis y en la clara división entre la moralidad de la generalidad, basada en la costumbre y la ley y la ética propiamente filosófica fundada en el conocimiento 273 . Una amplia recepción tuvo ya en la Antigüedad la innovación de los preámbulos de las leyes. Se encuentran imitaciones en el neopitagorismo, a través de los preámbulos fraguados a partir del texto platónico de los legisladores míticos Zaleuco y Carandas, y en el estoicismo 274 .
Algo similar sucede con otro pensador influyente en la tradición occidental, Cicerón. Éste afirma explícitamente la inspiración platónica de su diálogo Acerca de las leyes (I 13-15) 275 . La acción transcurre, como en el platónico, durante un día de verano (II 69). El género y la finalidad del escrito también provienen del tratado platónico. Las Leyes son la fuente más utilizada, sobre todo I, IV y XII 276 . A lo largo de la obra, Cicerón intenta guiarse por la idea platónica de justicia, aunque es innegable la influencia estoica 277 , especialmente en su concepto de ley natural 278 . Asimismo, adopta la innovación del preámbulo de las leyes (II 14-15). En el código de leyes religiosas (II 19-22), toma algunos aspectos provenientes de las Leyes como la interdicción de los cultos privados (II 26a), la prohibición de que los que han cometido pecado realicen ofrendas (II 41; cf. Leyes IV 716d-e), el capítulo de las ofrendas a los dioses (II 45; cf. Leyes XII 955e-956b), la regulación de los ritos funerarios (II 67-68; cf. Leyes XII 958d-e), pero en general se trata de aplicar la concepción platónica a la realidad romana, intentando un retorno a la religión tradicional. Lo mismo puede decirse del tercer libro, donde parece haber adoptado la fórmula de una legislación basada en la forma arcaica del estado. También puede observarse un eco en la idea de la influencia de la música en la ética y en que los antiguos griegos habían legislado con severidad contra las innovaciones en música, ya que éstas llevaban a la destrucción del orden político y al cambio de las leyes (II 38-39). Del mismo modo, se ha señalado la influencia del tercer libro de las Leyes en la así llamada «arqueología» de la República ciceroniana (II 2, 4-37, 63) 279 , pero especialmente en un tema fundamental de los dos primeros libros que diferencia al planteamiento de Cicerón del de Polibio. Para Cicerón, como para el ateniense en el tercer libro de las Leyes , no se trata de crear un sistema de equilibrio entre los distintos poderes, sino de lograr una mezcla apropiada de dos pincipios, el de mando y el de libertad 280 .
La influencia del diálogo en la metafísica y la teología posterior a Platón comienza ya en la Academia antigua y en el Perípato. La teoría del intelecto de la obra influye directamente en Filipo de Opunte y Aristóteles 281 . En el platonismo medio, el libro X tiene una amplia recepción en la prueba de la existencia de dios 282 . Se sabe que al final de la Antigüedad existieron comentarios neoplatónicos a toda o a parte de la obra. Siriano lo hizo al libro X (Simplicio, Comentario a los cuatro primeros libros de la Física de Aristóteles 618, 24-27, Diels [CAG IX]; Damascio, De los primeros principios 30, 12 Ruelle). Supuestamente, también Proclo y Damascio escribieron comentarios, el último quizá sólo al libro III 283 . No faltaron las variadas y amplias influencias en los pensadores cristianos, entre las que destacan, entre otras, la concepción de la providencia divina del libro X sobre el De los principios de Orígenes y el libro VII de las Misceláneas (Strōmateîs) de Clemente de Alejandría 284 .
Durante la edad media, el diálogo influyó principalmente de manera indirecta a través de las obras de Cicerón, Agustín y Boecio, pero eso no impidió que la recepción de algunas de sus ideas fuera amplia y profunda. También pueden encontrarse sus huellas en las concepciones políticas de los países islámicos, en especial a través del resumen árabe que realizó el filósofo turco Al-Farabi (ca . 878-ca. 950) 285 . Se ha señalado ya la forma en que la Iglesia adoptó concepciones platónicas que plasmaron más de mil años de historia occidental y cómo la teología que se expone en el libro X, así como la persecución de los heréticos son algunas de las ideas que han influido profundamente en el cristianismo medieval 286 . A finales del imperio bizantino, el intento de restauración del paganismo del círculo de Pletón tuvo una fuente de inspiración tanto práctica como teórica en el diálogo platónico. El programa que recogía el Tratado sobre las leyes de Pletón se conserva sólo fragmentariamente, pero es posible vislumbrar la fuerte impronta de la obra homónima de Platón 287 . Sobre la Utopía de Tomás Moro, que se estructura en parte en polémica con la República 288 , el diálogo influye tanto directamente como a través de la obra de Pletón. Mientras que la posición de Moro respecto de la propiedad es más radical que la del Platón de la República , su versión del comunismo absoluto puede reflejar una interpretación de ciertos pasajes de las Leyes (V 739a-e). Como las Leyes , permite a las mujeres ocupar sólo ciertas magistraturas y acompañar a los hombres a la guerra. Su sugerencia de que los novios deben verse desnudos antes del casamiento es un eco claro de un pasaje platónico (VI 772a). Moro tuvo presente las Leyes más que la República cuando se trató de describir los detalles concretos de su estado 289 . Ambos diálogos tuvieron también una importancia decisiva en el pensamiento de Rousseau. Algunas ideas básicas del Contrato Social , como que el hombre es un animal movido por el apetito y el instinto que necesita del estado y la ley para llegar a ser verdaderamente un hombre (I 8) o la soberanía de la ley, el legislador como consejero, su rechazo al comercio marítimo, etc., son ecos de pasajes de las Leyes 290 .
La recepción del diálogo puede rastrearse no sólo en las imitaciones literarias, reescrituras, citas o polémicas. También ha tenido una larga y prolongada influencia en el terreno de las ideas, de manera directa en ocasiones o, las más, de forma indirecta a través de otros pensadores que influyen, a su vez, en otras épocas. En este aspecto hay tres vías importantes de transmisión de las ideas contenidas en el tratado: el aristotelismo, el estoicismo y el cristianismo.
La interpetación de la ley que aparece en la obra ha tenido una amplia recepción y ha determinado, en gran medida, la noción estoica de ley como orden racional y, en especial, la idea de ley natural que sólo puede surgir a partir de la especulación platónica, tal como se encuentra sistematizada principalmente en las Leyes 291 . A través de los estoicos influye en los pensadores romanos —un ejemplo interesante de doble influencia, directa e indirecta, es el tratado de Cicerón Sobre las leyes antes mencionado 292 — y sobre los pensadores cristianos de la Edad Media y el Renacimiento. La idea de la ley como una medida, un justo medio entre dos extremos, que aparece a lo largo de todo el diálogo (IV 712a-716d; V 728c-e; VII 788d-790a, etc.), se encuentra en la definición de Tomás de Aquino de la ley como «una cierta regla y medida según la cual alguien es inducido a actuar o apartado de la acción» (Suma teológica , I 2, 90, a. 1) y, a través de él, en toda la filosofía escolástica. En España se manifiesta de manera característica en la definición de la ley que ofrece Francisco Suárez como medida del arte y, en especial, como «una cierta medida de los actos morales, de tal manera que si se conforman a ella tienen rectitud moral y si no se adecuan a ella, son depravados» (Sobre las leyes I 1, 5). Lo mismo puede afirmarse de la dependencia que establece Platón de la ley de la razón y de la divinidad y la idea posterior que vuelve a aparecer en la noción cristiana de ley natural como dependiente de la razón divina 293 . Relacionada con esa idea está también la filosofía hegeliana de la ley fundada en la razón 294 .
La idea de que la finalidad de la guerra debe ser alcanzar la paz y que ésta debe ser el fundamento de la legislación 295 , tuvo una amplia fortuna. Recogida por Aristóteles en la Ética Nicomáquea (X 7, 1177b4-6) y Cicerón (Del deber [de offìciis ] I 9, 35), recibe un tratamiento extenso en Agustín de Hipona que parece parafrasear el argumento principal del pasaje platónico (La ciudad de Dios XIX 12, 1) 296 , se incorpora en la problemática de la guerra justa a través de Tomás de Aquino (Suma teológica II 2, 40, art. 1. 4), donde ha de tener una amplia recepción en la edad media, hasta alcanzar su punto culminante durante la conquista de América en los trabajos de la escuela de Salamanca con Francisco de Vitoria, Domingo de Soto y otros eruditos salmantinos. La doctrina de la guerra justa fue profundizada por Suárez y desemboca en el tratado de Hugo Grocio Sobre el derecho de guerra y de paz que es considerado comúnmente el origen de la teoría política moderna 297 . El mismo pensamiento aparece también en la Utopía de Tomás Moro 298 .
La doctrina de la constitución mixta que encuentra su primera formulación clara en las Leyes influye en Polibio y, a través de él, en la Edad Media hasta Montesquieu y los teóricos de la época moderna 299 . Su idea básica, la de un sistema fundado en un equilibrio de poderes, es actualmente uno de los pilares fundamentales del estado de derecho. Para Platón, Esparta era una concreción histórica de ese ideal. Polibio y Cicerón vieron en Roma la encarnación del sistema mixto y en él la clave del éxito de la república romana. La idea contribuyó a cimentar el mito de la república veneciana a comienzo del renacimiento. El humanista Pier Paolo Vergerio en su De republica Veneta , escrito alrededor 1400, sostenía que Venecia era una aristocracia, pero no convencional porque contenía tanto elementos populares como monárquicos, una verdadera constitución mixta 300 . Esta interpretación se hizo popular entre otros humanistas. A comienzos de la década de 1450, el emigrado griego Jorge de Trebizonda remontaba, en su traducción de las Leyes , la idea de la constitución mixta que se aplicaba a Venecia al análisis platónico de Esparta. Para Trebizonda, la república veneciana constituía la realización en la práctica del ideal platónico de la constitución mixta 301 . Una clara influencia de las Leyes puede verse en la obra de Francesco Patrizi da Siena Sobre la república (De institutione reipublicae , 1594), sostiene que la monarquía, aun siendo la mejor forma de gobierno, puede degenerar y la mejor constitución es aquella que está «mezclada de toda clase de hombres (I 4) y en la que no impera el poder arbitrario, sino «sólo la ley gobierna» (I 5). Las influencias de las Leyes también están claramente presentes en su otra obra Acerca del reino y la institución de la monarquía (De regno et regis institutione , 1594) 302 . En la época moderna, la innovación platónica del preámbulo de la ley ha tenido una perdurable influencia en la teoría legal 303 , entre otros en Francis Bacon 304 . Se ha señalado también la impronta de la obra en un aspecto central en la concepción antropológica de la Edad Moderna, el hombre como máquina, en especial en algunas expresiones de esa idea en Descartes y Hobbes 305 . Hay que señalar, empero, que las bases para semejante atribución no parecen ser demasiado sólidas. Es interesante mencionar que el jurista inglés Jeremy Bentham fue ampliamente influido por la obra y sostenía que debían convertirse en libro de texto 306 .
La idea del diálogo que sin dudas ha tenido una repercusión más significativa para el estado democrático moderno es la idea del imperio de la ley 307 . Sobre ella se fundamenta el estado de derecho y es el origen de las nociones modernas de igualdad entre los ciudadanos y de justicia distributiva. En ese sentido, la influencia de las Leyes se encuentra en el fundamento de la democracia moderna en tres conceptos que le son esenciales: democracia representativa, imperio de la ley y equilibrio de poderes. En este campo, su influencia se deja sentir hasta en K. Popper, el teórico moderno que ha tenido una de las posiciones más críticas a la obra de Platón 308 . La idea de impedir los extremos de pobreza y riqueza y de educar y asistir a los sectores más pobres que es uno de los pilares del estado social, se origina en las Leyes .
2. Influencia práctica
Difícilmente comprobable, pero una y otra vez mencionada, es la influencia que ha tenido la obra en la política práctica 309 . No obstante, se ha llegado a sostener que tuvo un peso general importante 310 , aunque no determinado, en las ciudades estado fundadas durante la época helenística 311 , en el derecho romano 312 y, a través de éste, hasta en los códigos modernos 313 . Se ha creído poder comprobar la impronta del diálogo en la constitución que se instaura en Atenas 314 después de la batalla de Queronea como parte de la reorganización del gobierno bajo Licurgo, supuesto alumno de Platón 315 . Allí aparecen por primera vez unos magistrados con el nombre de ‘guardianes de la ley’ con atribuciones que algunos intuyen semejantes a las de los de Magnesia y otros a las del antiguo Areópago. Esos magistrados son restablecidos en la constitución hecha por Demetrio Falereo, un alumno de Aristóteles, una década más tarde 316 .
G. R. Morrow 317 sostiene que la organización de la educación espartana, conocida como agōgḗ 318 es una influencia de Platón sobre la constitución espartana y no a la inversa, ya que el primer testimonio que da este nombre a esa institución proviene del filósofo y luego lo adopta Aristóteles 319 . Asimismo podría verse una influencia del texto platónico en la reorganización de la institución de los intérpretes de la ley sagrada que tuvo lugar en Atenas durante el siglo IV 320 . También se ha señalado la influencia de las Leyes en la educación griega, en especial en la escuela 321 . La institución platónica de los guardias rurales parece tener ciertas similitudes con la efebía ática reformada por Epícrates, un ateniense perteneciente al círculo de Licurgo. La institución ática, por su parte tuvo una influencia fundamental en la escuela helenística 322 , en especial, el régimen de educación pública por maestros elegidos por el estado 323 . En cierto sentido, la idea platónica de la educación integral del individuo desde antes del nacimiento ha sido ampliamente recogida por la escuela moderna, en especial la educación preescolar puede encontrar en las Leyes uno de sus primeros antecedentes 324 .
En cuanto a la supuesta influencia en otros estados helenísticos 325 , se han descubierto, efectivamente, algunos indicios que parecerían apuntar en esa dirección. Inscripciones del siglo III en la Magnesia del Asia Menor atestiguan la existencia de tribus con nombres derivados de los dioses, como en la ciudad platónica. Las opiniones en este caso se dividen entre quienes suponen una influencia de la realidad política sobre el proyecto platónico 326 y lo contrarío 327 . Asimismo, se han señalado posibles influencias del proyecto en los doce nombres de los meses derivados de los dioses que se encuentran atestiguados en Demetria, capital de la Magnesia tesálica fundada por Demetrio Poliorcetes a comienzos del siglo III a. C. (cf. IG IX 2, págs. 320 s.) 328 o en el aumento del número de las tribus en Atenas a doce 329 .
Hay quienes no han dudado en afirmar que a través de las legislaciones concretas de las ciudades helenísticas, las Leyes influyeron ampliamente en el derecho romano, incluso en la formación de esa clase de juristas profesionales que eran los jurisconsultos en la Roma imperial 330 . También se ha señalado ya en numerosas ocasiones que una de las influencias más perdurables del diálogo platónico se da, conjuntamente con la de la República , en la Iglesia como institución y, en especial, durante la Edad Media 331 . En concreto, la innovación de los preámbulos está presente en los documentos papales e imperiales 332 . J. Boisset sostiene que el diálogo ha influido de manera decisiva en la constitución ginebrina bajo Calvino 333 . En la doctrina penal, se ha señalado en repetidas oportunidades la repercusión de la distinción platónica entre los diferentes delitos cometidos con premeditación o bajo la influencia de la ira 334 . La introducción del preámbulo en la ley ha tenido una amplia recepción en los códigos modernos 335 , en especial se ha subrayado la importancia de esta concepción para la práctica legislativa de la España contemporánea 336 . No falta quien haya visto correspondencias entre la ley de aguas (Water Act) promulgada en los EE. UU. en 1945 y las disposiciones platónicas del libro VIII 337 . Por último, no deja de ser interesante se-ñalar que St. Lange 338 creyó haber encontrado paralelos entre el sistema político descrito en las Leyes y la sociedad tasmana, paralelos, por cierto muy vagos y de dudosa validez.
VII. HISTORIA DEL TEXTO
1. Transmisión manuscrita 339
Sólo se conservan tres papiros con fragmentos de las Leyes , el más antiguo del siglo I a. C. 340 . Entre los manuscritos 341 , tres son los códices más importantes 342 . El más antiguo y el principal es el Parisinus Graecus 1807 (A) de finales del siglo noveno 343 . El segundo en importancia, el Vaticanus Graecus 1 (O Burnet, Ω Bekker, olim Vaticanus 796) combina el texto de dos familias 344 . Hasta V 746b7 pertenece a una rama independiente de la tradición, pero desde el comienzo de b8 (mēdèn apoleípein) , coincidiendo con un cambio de tinta, es una copia de A 345 . O tiene actualmente sólo veintitrés cuaterniones de los originales cuarenta y siete. La parte perdida debe de haber pertenecido a la misma recensión que la primera parte actual 346 . El manuscrito fue escrito poco después que A, a fines del siglo noveno o principios del décimo 347 , y hay quienes creen que es el segundo tomo del famoso códice Bodleianus [Clarkianus ] Graecus 39, escrito en el año 895 por Juan Calígrafo para Aretas 348 . Ambos manuscritos han sido corregidos por diferentes manos. A2 y O2 son correcciones de manos anónimas y fueron hechas poco después de la copia. Las correcciones correspondientes a A3 y O3 pertenecen a la misma mano, que algunos investigadores atribuyen al erudito bizantino Aretas de Patras 349 , para quien fue escrito O 350 . En A aparecen otras tres correcciones. La primera pertenece a Constantino, metropolitano de Hierápolis en Frigia, las otras dos son del siglo XV 351 . Por su parte, O presenta otras correcciones: O4 , de una mano del siglo X u XI 352 que tenía acceso a las variantes de un ejemplar proveniente con probabilidad de Focio 353 . Estas variantes coinciden en muchos casos con las de A antes de la corrección realizada por el copista, lo que ha dado lugar a la sospecha de que A o bien es una copia del ejemplar de Focio 354 o que tanto A como el ejemplar de Focio provienen del mismo arquetipo 355 . Los restantes manuscritos existentes dependen de uno de estos dos códices 356 , excepción hecha del Palatinus Graecus 173 (P) que, aunque copiado entre los siglos X y XI de un arquetipo diferente de O, no tiene mucho valor como testimonio 357 . Por último, sólo tiene cierta importancia un manuscrito perteneciente a Besarión, el Marcianus Graecus 1022 (olim 188, K), del siglo XIV y dependiente de O a través del Vaticanus Graecus 1031 (copiado alrededor de 1300), por sus correcciones que representan una tradición independiente que se remonta a la edición de Focio (Kc ) 358 . Dado que la tradición manuscrita proviene fundamentalmente de un arquetipo de manera completa y sólo parcialmente de otra familia, la representada por la primera parte de O, es de especial importancia la tradición indirecta, en la que tiene un lugar preponderante la Preparación evangélica de Eusebio donde se conserva la mayoría de las citas de las Leyes 359 .
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